Diario del Derecho. Edición de 17/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 31/12/2021
 
 

Audiencia de Granada

Condenado a nueve años y medio de prisión por atracar a punta de navaja dos negocios de Granada

31/12/2021
Compartir: 

La Audiencia de Granada ha condenado a nueve años y medio de prisión a un hombre acusado de robar con violencia e intimidación dos negocios de Granada capital a los que entró con la cara tapada para impedir su identificación y amenazó a las empleadas con un cuchillo para hacerse con la recaudación antes de salir huyendo.

GRANADA, 30 Dic. (EUROPA PRESS) -

El primero de los robos se produjo sobre las 16,00 horas del 2 de noviembre de 2020, cuando el acusado se dirigió a un salón de juegos de la capital con el rostro cubierto por una prenda tipo braga para ocultar su fisonomía y evitar ser identificado. Esgrimiendo un cuchillo de cocina de grandes dimensiones frente a la empleada se apoderó de la recaudación que había en la caja registradora, 135 euros, y le advirtió de que no llamara a nadie: "Si veo a la policía vuelvo a por ti", le advirtió, según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.

Al día siguiente, sobre las 15,10 horas, el ladrón se dirigió a una croisantería con un trapo blanco que le cubría la cabeza y, saltando uno de los mostradores, esgrimió un cuchillo frente a la empleada, al tiempo que le dio un empujón y le decía "o abres la caja o te rajo el cuello, de aquí no sales". De este modo, logró hacerse con 680 euros que había en la caja y salir del establecimiento, mientras volvía a amenazar a la trabajadora: "como me denuncies vuelvo y te rajo la cabeza".

El Juzgado de lo Penal 1 de Granada le condenó como autor de dos delitos de robo con violencia e intimidación en establecimiento abierto al público con uso de armas, concurriendo la agravante de disfraz. El acusado, que fue grabado por las cámaras de seguridad de ambos locales y posteriormente reconocido por varios testigos, recurrió la condena, pero la Audiencia de Granada lo ha desestimado y ha confirmado la resolución en esta nueva sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana