Diario del Derecho. Edición de 17/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 29/11/2021
 
 

XXXVI Premios Andalucía de Periodismo

29/11/2021
Compartir: 

Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Viceconsejería, por la que se convocan los XXXVI Premios Andalucía de Periodismo, correspondiente al año 2021 (BOJA de 26 de noviembre de 2021). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 23 DE NOVIEMBRE DE 2021, DE LA VICECONSEJERÍA, POR LA QUE SE CONVOCAN LOS XXXVI PREMIOS ANDALUCÍA DE PERIODISMO, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2021.

Mediante la Orden de 11 de noviembre de 2021, se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de los Premios Andalucía de Periodismo, y se regula el Premio Andaluz a la Trayectoria Profesional del Periodismo (BOJA núm. 221, de 17 de noviembre de 2021).

La Consejería competente en materia de la Presidencia convoca anualmente los Premios Andalucía de Periodismo a fin de fomentar el tratamiento en los medios de comunicación de temas referidos a Andalucía y contribuir a la difusión de los aspectos sociales, económicos y culturales de la Comunidad Autónoma y el conocimiento de su Estatuto de Autonomía. Hasta ahora, estos premios habían sido regulados por la Orden de 14 de julio de 2014, por la que se aprueba las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de los Premios Andalucía de Periodismo. Bases que quedaron obsoletas tanto en sus trámites y procedimientos administrativos previstos, como por la vertiginosa evolución de las nuevas tecnologías y su aplicación a la información que ha modificado de forma significativa el modelo del negocio y el discurso periodístico.

De esta forma, como novedades en esta nueva convocatoria del año 2021, la modalidad de premio en la categoría de Internet ha sido suprimida, ya que se había convertido en una suerte de “cajón de sastre” en el que podía incluirse cualquier trabajo que, a su vez, pudiera aspirar también a cualquier otra categoría, una anomalía que se corrige en las nuevas bases. Estas suprimen esa barrera entre lo “digital” y lo “analógico”, distinción artificial que no existe en la práctica, ya que un mismo reportaje escrito puede ser apto para ser publicado en un medio de papel impreso o en una página web. Y lo mismo puede decirse de una fotografía o de un trabajo audiovisual o de radio, independientemente de que se emita en una emisora o canal de televisión convencional, en una plataforma digital o se trate de un “podcast”. Las nuevas bases, por tanto, distinguen simplemente entre los mejores trabajos de prensa escrita, de radio, de televisión y de fotografía, con independencia de cuál sea el soporte en el que hayan sido difundidos.

Además, se crean tres nuevas categorías: el premio a la proyección internacional de Andalucía, para distinguir aquellos trabajos periodísticos sobre los valores de Andalucía que sean publicados en medios de comunicación extranjeros; el premio a la mejor infografía, para reconocer la calidad de trabajos periodísticos que, mediante el diseño gráfico, transmiten de manera atractiva y eficaz información de hechos o acontecimientos; y el premio andaluz a la trayectoria profesional del periodismo, para destacar la labor de quienes día a día, con sus trabajos periodísticos, contribuyen a proyectar la imagen real de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

De esta manera, tras la celebración de los Premios en sus XXXV ediciones anteriores, procede en este ejercicio 2021, mediante la presente resolución, convocar la XXXVI edición de los Premios Andalucía del Periodismo, de conformidad con las nuevas modalidades de Premios creadas en las citadas bases reguladoras aprobadas mediante la Orden de 11 de noviembre de 2021, así como conceder la I edición del Premio Andaluz a la Trayectoria Profesional del Periodismo.

El artículo 33 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, establece “Cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos”.

Así, debido al cierre presupuestario y a la necesidad de modificación de las anteriores bases reguladoras del procedimiento obligadas por la obsolescencia de algunos de sus trámites administrativos y a la necesidad de adaptar las modalidades de premios al nuevo panorama periodístico, se ha tenido que tramitar, por seguridad jurídica, una profunda modificación que derogara las anteriores bases reguladoras, aprobándose un texto nuevo que sustituye al anterior, por lo que no se ha podido realizar la convocatoria con anterioridad hasta la aprobación de las mismas. Y quedando constatado, por tanto, que concurren razones de interés público suficientes que aconsejan resolver con la máxima celeridad y eficacia la totalidad de los expedientes administrativos de concesión de los Premios Andalucía de Periodismo, se reducen a la mitad los plazos establecidos en el procedimiento ordinario para la instrucción del mismo.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 11 de noviembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de los Premios Andalucía de Periodismo, y se regula el Premio Andaluz a la Trayectoria Profesional del Periodismo,

RESUELVO

Primero. Convocatoria y modalidades de los Premios Andalucía de Periodismo.

1. Se convoca la XXXVI edición de los Premios Andalucía de Periodismo, correspondientes al año de 2021.

2. De conformidad con lo establecido en el artículo 3.1 de la Orden de 11 de noviembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de los Premios Andalucía de Periodismo, los premios se concederán en las siguientes modalidades:

a) Prensa escrita.

b) Radio.

c) Televisión.

d) Fotoperiodismo.

e) Infografía.

f) Proyección internacional de Andalucía.

Segundo. Régimen jurídico.

La presente convocatoria se regirá por lo establecido en el artículo 2 de la Orden de 11 de noviembre de 2021.

Tercero. Solicitudes. Plazo, forma y lugar de presentación.

1. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del mismo día de la publicación del extracto de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

2. Las personas interesadas en participar en estos Premios deberán dirigir las solicitudes a la Viceconsejería de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior.

3. Las personas físicas referidas en los apartados a) y b) del artículo 4 de la Orden de 11 de noviembre de 2021, podrán optar por la presentación de las solicitudes a través del Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, que será preferente, y en los restantes registros electrónicos del artículo 16.4.a) Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, por los otros lugares y registros a que se refiere el artículo 16.4.

4. Las personas jurídicas referidas en el apartado c) del artículo 4 de la Orden de 11 de noviembre de 2021, deberán presentar las solicitudes a través del Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, que será preferente, o en los restantes registros electrónicos a que se refiere el artículo 16.4.a) Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

5. Las solicitudes se presentarán ajustándose a los formularios que constan como Anexo I de la presente resolución de convocatoria, que además estará disponible en soporte papel y en el portal de la administración la Junta de Andalucía, a través de la página web de la Consejería competente en materia de la Presidencia. En la solicitud deberá constar la identidad de las personas interesadas y se acompañará de la documentación exigible para cada modalidad, de acuerdo con el artículo 6 de la Orden de 11 de noviembre de 2011.

Cuarto. Requisitos de publicación de los trabajos a presentar y documentación a presentar.

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2 de la Orden de 11 de noviembre de 2021, los trabajos que se presenten deberán haber sido difundidos o publicados en los medios de comunicación dentro del periodo comprendido entre el 17 de noviembre de 2020 y el día anterior a la publicación de la presente convocatoria en el BOJA. Debiendo constar expresamente su fecha de publicación.

2. Con carácter general, como requisitos de los trabajos a presentar, se deberán cumplir los establecidos en el artículo 4 de la Orden de 11 de noviembre de 2021.

3. La documentación a presentar será la establecida en el artículo 6 de la Orden de 11 de noviembre de 2021.

Quinto. Premio Andaluz a la Trayectoria Profesional del Periodismo.

1. Sin sujeción al procedimiento de concurrencia competitiva, a propuesta motivada de los miembros del Jurado se podrá proponer la concesión del Premio Andaluz a la Trayectoria Profesional, que deberá ser concedido por acuerdo de la mayoría del jurado.

2. El Premio Andaluz a la Trayectoria Profesional del Periodismo reconocerá en cada edición la labor de una persona profesional del periodismo o la comunicación de reconocido prestigio que haya contribuido a la defensa y proyección de Andalucía a lo largo de su carrera.

Sexto. Cuantía de los premios, imputación presupuestaria y fiscalización previa.

1. Los Premios Andalucía de Periodismo estarán dotados para cada una de las modalidades a que se refiere el apartado primero de la presente resolución, en la cuantía de 10.000 euros; ello sin perjuicio de que se puedan otorgar las menciones especiales que se indican en el artículo 3.4 de la Orden de 11 de noviembre de 2021.

2. El Premio Andaluz a la Trayectoria Profesional del Periodismo estará dotado en la cuantía de 10.000 euros.

3. La dotación económica de los premios asciende para esta convocatoria a 70.000 euros. Los pagos se imputarán a la partida presupuestaria G/11A/480.01/00 del estado de gastos del presupuesto de la Comunidad Autónoma para 2022, o la que corresponda, previa modificación presupuestaria, en función del tipo de persona beneficiaria.

4. El gasto que genere la concesión de los premios está sometido a fiscalización previa. Igualmente, la concesión de los premios estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.

Séptimo. Designación de los miembros del Jurado.

El Jurado para esta convocatoria estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidencia: Antonio Sanz Cabello.

Vocalías:

- Eva Saiz Escolano.

- Francisco Morón Sosa.

- Carmen Torres Palmero.

- Marcelo del Pozo Pérez.

- Rocío Feu de Mier.

- Sebastián Torres Haro.

Secretaría: Jorge Conde López.

Octavo. Instrucción y acuerdo de declaración de la tramitación de urgencia del procedimiento.

1. Los actos de instrucción del procedimiento corresponden a la Viceconsejería de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior.

2. Se acuerda aplicar la tramitación de urgencia al presente procedimiento de concesión de los Premios Andalucía de Periodismo correspondientes al año 2021, de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 33 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Noveno. Resolución de concesión.

La resolución motivada de concesión de los premios corresponderá al Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior, siendo publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Décimo. Formularios.

1. Se aprueban los siguientes formularios del procedimiento:

- Formulario de presentación de solicitudes (Anexo I de esta convocatoria).

- Formulario de alegaciones/aceptación (Anexo II de esta convocatoria).

- Formulario de declaración de los grupos de trabajo (Anexo III de esta convocatoria).

2. Los formularios que se acompañan a la presente convocatoria se podrán obtener en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía.

Undécimo. Efectos.

La presente resolución surtirá efecto el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana