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Incentivos de mejora energética del Transporte

17/11/2021
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Resolución de 10 de noviembre de 2021, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se reasignan las partidas del presupuesto para las actuaciones previstas en Resolución de 14 de septiembre de 2020, por la que se convocan para los años 2020 y 2021 los incentivos de mejora energética del Transporte en Andalucía, acogidos al Real Decreto 569/2020, de 16 de junio (BOJA de 16 de noviembre de 2021). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 10 DE NOVIEMBRE DE 2021, DE LA AGENCIA ANDALUZA DE LA ENERGÍA, POR LA QUE SE REASIGNAN LAS PARTIDAS DEL PRESUPUESTO PARA LAS ACTUACIONES PREVISTAS EN RESOLUCIÓN DE 14 DE SEPTIEMBRE DE 2020, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA LOS AÑOS 2020 Y 2021 LOS INCENTIVOS DE MEJORA ENERGÉTICA DEL TRANSPORTE EN ANDALUCÍA, ACOGIDOS AL REAL DECRETO 569/2020, DE 16 DE JUNIO.

Con fecha 14 de septiembre de 2020, se dictó Resolución de la Agencia Andaluza de la Energía por la que se convocaban para los años 2020 y 2021 los incentivos de mejora energética del Transporte en Andalucía, acogidos al Real Decreto 569/2020, de 16 de junio Vínculo a legislación (Programa MOVES II), así como su extracto, publicados ambos en el BOJA núm. 181 de 17 de septiembre. Con posterioridad, mediante Resolución de 27 de octubre de 2020 se aprobaron los formularios correspondientes a la citada convocatoria.

El plazo para la presentación de solicitudes de incentivos acogidos al referido programa finalizó el día 17 de septiembre de 2021, una vez transcurrido un año a partir de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, tal y como se dispone en el artículo 13 Vínculo a legislación del Real Decreto 569/2020 de 16 de junio y en el resuelve quinto de la Resolución de 14 de septiembre de 2020.

El apartado decimosexto de la Resolución de 14 de septiembre de 2020, establecía la siguiente distribución entre actuaciones del presupuesto, por importe total de 17.240.825 euros:

Tabla omitida.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la partida presupuestaria destinada a la Actuación 2 (Implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos) dispone de un presupuesto remanente, mientras que por otra parte, existe lista de reserva provisional de solicitudes para las Actuaciones 1 (Adquisición de vehículos de energías alternativas) y 4 (Implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo), por lo que en aplicación de lo dispuesto en el artículo 12.12 del Real Decreto 569/2020, de 16 de julio, y en el resuelve sexto de la Resolución de 14 de septiembre de 2020, procede reasignar parte del presupuesto remanente de la Actuación 2 a las partidas presupuestarias correspondientes a las Actuaciones 1 y 4, incrementándose dichos presupuestos en las cuantías de 2.193.961 euros y 2.127.098 euros respectivamente.

En su virtud, y al amparo de la normativa antes citada y de las competencias atribuidas en el artículo 3.2.q) Vínculo a legislación de la Ley 4/2003, de 23 de septiembre, de creación de la Agencia Andaluza de la Energía y el artículo 5.1.q) Vínculo a legislación del Decreto 21/2005 de 1 de febrero, por el que se aprueban sus Estatutos, en relación con el artículo 115.1 Vínculo a legislación del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Reasignar crédito de la partida presupuestaria correspondiente a la Actuación 2 (Implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos), por importe de 4.321.059 euros incrementando las partidas presupuestarias correspondientes a las Actuaciones 1 (Adquisición de vehículos de energías alternativas) y 4 (Implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo), que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes cuentan con lista de reserva provisional, quedando la distribución presupuestaria prevista en el resuelve decimosexto de la Resolución de 14 de septiembre de 2020, fijada en los siguientes términos:

Tabla omitida.

Segundo. Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín oficial de la Junta de Andalucía.

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