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Líneas de subvenciones de concesión directa en el Sector Público

11/11/2021
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Orden HAP/70/2021, de 8 de noviembre, por la que se modifica el anexo de la Orden HAP/64/2021, de 25 de octubre, por la que se aprueban las líneas de subvenciones de concesión directa en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR de 10 de noviembre de 2021) Texto completo.

ORDEN HAP/70/2021, DE 8 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO DE LA ORDEN HAP/64/2021, DE 25 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS LÍNEAS DE SUBVENCIONES DE CONCESIÓN DIRECTA EN EL SECTOR PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

La Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública ha solicitado la inclusión de una nueva línea de ayuda social complementaria para perceptores de pensiones no contributivas para el año 2021 en el anexo de la Orden HAP/64/2021, de 25 de octubre, por la que se aprueban las líneas de subvenciones de concesión directa en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

La Consejería de Desarrollo Autonómico ha solicitado también la inclusión de tres líneas de subvenciones: a entidades locales para la ejecución de planes de sostenibilidad turística en destinos locales y comarcales, y a Proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad, en una modalidad para emprendedores y en otra para colectivos vulnerables.

El Decreto 14/2006, de 16 de febrero Vínculo a legislación, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, establece en su artículo 28.quater.1 que las líneas para la concesión directa de subvenciones deberán estar regulados en una Orden de la Consejería con competencias en materia de Hacienda. En cumplimiento de dicho precepto, se dictó la Orden HAP/64/2021, de 25 de octubre, por la que se aprueban las líneas de subvenciones de concesión directa en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja. La creación de cualquier subvención de concesión directa requiere incluir con carácter previo esa línea de ayudas entre las contempladas en la citada Orden.

Tomando en consideración todo lo anteriormente expuesto, y en virtud del artículo 8.uno.2 del Estatuto de Autonomía de La Rioja, aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio Vínculo a legislación y de conformidad con el Decreto 43/2020, de 3 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, una vez emitidos los informes preceptivos, apruebo la siguiente,

ORDEN

Artículo único. Modificación del anexo de la Orden HAP/64/2021, de 25 de octubre, por la que se aprueban las líneas de subvenciones de concesión directa en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Se modifica el anexo de la Orden HAP/64/2021, de 25 de octubre, por la que se aprueban las líneas de subvenciones de concesión directa en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el que se añaden las líneas de subvenciones enumeradas en el anexo I a esta Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

ANEXO I

Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública

6. Ayuda social complementaria para perceptores de pensiones no contributivas para el año 2021.

Consejería de Desarrollo Autonómico

31. Subvenciones a entidades locales para la ejecución de planes de sostenibilidad turística en destinos locales y comarcales.

32. Subvenciones a 'Proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad para colectivos especialmente vulnerables'.

33. Subvenciones a entidades locales y sin ánimo de lucro, destinadas a financiar 'Proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad mediante la promoción de emprendimiento en economía verde y digital'.

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