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El TS confirma 1 año y 7 meses de cárcel a un militar que falsificó la firma de un coronel en las amenazas a Fernández Díaz

27/10/2021
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a un año y siete meses de cárcel a un militar por falsificar la firma de un coronel --condenado por su implicación en el golpe de Estado-- en varias cartas con amenazas que envió en 2015 al entonces ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz.

MADRID, 26 (EUROPA PRESS)

En concreto, el condenado remitió hasta cuatro misivas intimidatorias también a los diputados de Izquierda Unida Cayo Lara y Alberto Garzón --hoy ministro de Consumo-- en las que expresaba sus recelos acerca del surgimiento de Podemos y de las consecuencias de su llegada al poder.

Ahora, el Alto Tribunal ha desestimado el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que le impuso pena de prisión por un delito continuado de falsificación de documentos privados, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como el pago de una indemnización de 1000 euros al coronel cuya firma falsificó.

En su recurso, JMGR cuestionaba la fiabilidad de las pruebas aportadas en el juicio y ponía el foco en que su obtención había sido ilícita. Además, el condenado negaba la lesión del bien jurídico protegido en la falsedad documental y que se tratara de un delito continuado.

BUSCÓ "DAÑAR LA FAMA Y REPUTACIÓN" DEL SUPLANTADO

En los hechos probados de la sentencia del Supremo se establece que GR, un capitán del Cuerpo Jurídico Militar destinado en la Guardia Civil, elaboró las cartas amenazantes con el objetivo de "dañar la fama y la reputación" del coronel de la Guardia Civil VJCS, por quien se hizo pasar.

Fue entonces, tras prepararlas de manera que pareciera que habían sido redactadas y firmadas por el coronel, cuando envió dos de ellas a Fernández Díaz, al que advirtió de las consecuencias de una victoria electoral de Podemos y al que conminaba a reconducir "manu militari" la dirección del gobierno de España.

GR también envió dos cartas a Cayo Lara y a Alberto Garzón, que en aquel momento eran diputados. En todas las misivas, fechadas el 23-F excepto una, el condenado transpuso la firma del coronel de la Guardia Civil que habría obtenido de un documento que figuraba en la página web de la contratación del Estado.

En su día, estos hechos llevaron a la apertura de una investigación por parte del Instituto Armado para tratar de descubrir la identidad real del firmante. Todo ello después de que Carricondo, condenado por el fallido golpe de Estado del 23-F, denunciase que él no era el responsable de las misivas y que alguien le había suplantado.

CONSECUENCIAS PARA EL VERDADERO REMITENTE

Para la Sala, el envío de estas cartas "dado su contenido ofensivo y amenazante, dirigidas a autoridades, no solo daña la consideración que en ese momento se tuviere del supuesto firmante sino que es susceptible de acarrear responsabilidades, incluso penales, para quien aparece como firmante".

"Tanto más si quien las emite tiene condición militar y son dirigidas a un superior; y asimismo es patente que insertar la firma de tercero, lesiona la seguridad inherente a ese tráfico, pues presenta como autor de las mismas y por ende le ocasiona el desmerecimiento que indica la sentencia y además le hace acreedor de corrección disciplinaria y/o sanción penal a quien no las ha redactado ni enviado, dado su carácter ofensivo y amenazante ("despídete de la vida", por ejemplo) o la conminación de la toma de armas de nuevo por un conjunto de oficiales o la reconducción "manu militar" de la dirección del gobierno", recoge la sentencia.

En esta línea, el fallo señala que "el recurrente puede afirmar y reiterar la falta de fehaciencia del origen de los vestigios digitales; del mismo modo que se puede impugnar, valga la hipérbole, que carece de eficacia probatoria cualquier testimonio sobre manifestaciones vertidas por un tercero porque ningún fedatario se encontraba presente". "Otra cuestión es que tal alegato por ese exclusivo fundamento tenga eficacia enervatoria", apunta.

Por otro lado, la Sala señala que la Subdirección General de Coordinación de la Contratación Electrónica informó que desde siete direcciones IP se había realizado alguna conexión con la dirección URL donde figuraba el documento del que se obtuvo la firma, y que se comprobó pericialmente que una de las ID era utilizada por el condenado desde su puesto de trabajo.

OBTUVO SU FIRMA DE INTERNET

Así las cosas, explican que en la diligencia de entrada y registro practicada en su domicilio se intervino un pen drive en el que aparecía un archivo titulado "CARRICONDO", que pudo ser recuperado pese a que había sido borrado, al que se accedió desde la IP usada por GR.

Ese archivo, según indican, contenía el "pliego de prescripciones técnicas-suministro de combustible para calefacción con destino a instalaciones de la Guardia Civil", de fecha 22 de febrero de 2010, del que se habría obtenido la firma utilizada en las cartas, remitidas desde Madrid.

A este respecto la Sala no aprecia "ninguna ilicitud ni irregularidad en la incorporación de ese acervo a autos". "Y frente a ello, que la tenencia de un recorte periodístico sobre el devenir de los condenados en 23-F, tenga escasa fuerza corroborativa; o que nunca reconociera haber accedido a la URL de la contratación del Estado; en nada cuestionan la conclusión sobre su culpabilidad pronunciada", aduce.

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