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El magistrado rechaza el recurso del ex inspector Riaño y le mantiene procesado por la pieza Marbella del caso Villarejo

28/09/2021
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El magistrado de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón ha desestimado el recurso del que fuera jefe de la Sección Operativa en la Comisaría General de Información (CGI) Constancio Riaño que seguirá procesado por la investigación realizada sobre el empresario marbellí Felipe Gómez Zotano.

MADRID, 27 (EUROPA PRESS)

En un auto de este mismo lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 confirma su auto de pase a procedimiento abreviado del pasado 30 de julio en el que proponía juzgar a Riaño por un delito de descubrimiento y revelación de secretos por supuestamente haber facilitado datos reservados del empresario al policía Antonio Bonilla.

En su recurso, Riaño insistía en que no conocía a Gómez Zotano y que no tenía ningún tipo de relación con él. Para el juez, sin embargo, esa afirmación "casa mal con el contenido de las diligencias de investigación y el tono de los mensajes remitidos".

En los mismos, recuerda García-Castellón, se "alude a momentos de esparcimiento y ocio", en concreto una partida de mus. "Semejante negativa resulta, cuanto menos, sorprendente al hilo del tenor literal del mensaje en cuestión", añade.

Así, el magistrado considera probado que Riaño "envió a una persona no autorizada datos reservados a los que no podía tener acceso". A su juicio, "tal conducta puede ser subsumida en el tipo de revelación de secretos" en tanto que "el envío de los datos no se ha negado ni se ha controvertido el contenido de la comunicación, ni las cuentas de origen ni de destino".

RIAÑO "PARTICIPÓ DE MODO VOLUNTARIO" EN EL ENVÍO DE DATOS RESERVADOS

En cuanto a la justificación de Riaño, que aseguraba que cumplía con su deber, García-Castellón explica que eso se encuentra "controvertido por" otro de los procesados, el que fuera jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) Enrique García Castaño.

El propio García Castaño, señala el juez, negó haberle dado la orden en un post-it, por lo que "ha de ser en el momento del juicio en el que se dirima si la orden se dio o no y, en concreto, cual fue su tenor, modo de transmisión y alcance".

Eso sí, el magistrado recuerda que Bonilla "no era un policía en activo" por lo que "el suministro de los precipitados datos constituía un acto ilícito sin que se pueda amparar en la existencia de la orden de un superior para la comisión de un delito".

Asimismo, y partiendo de "que la orden si existió", el juez considera que Riaño "participó de modo voluntario en la transmisión de los datos reservados". "No se trataba de un mensaje enviado a un desconocido, sino que, de la redacción del correo electrónico se desprende una cierta familiaridad o, cuanto menos, trato cordial o amistoso", apunta.

Por último, el magistrado reprende a Riaño por calificar su auto de "precipitado" e insiste en su rechazo a practicar nuevas diligencias de investigación en tanto que no son pertinentes, útiles o necesarias.

EL MAGISTRADO YA RECHAZÓ EL RECURSO DE OTRO DE LOS PROCESADOS

El juez de la Audiencia Nacional decidió el pasado mes de julio poner fin a la pieza separada 8 de la macrocausa 'Tándem', conocida como la pieza 'Marbella', donde investigaba el encargo que Marzena Katarzina habría realizado al comisario jubilado José Manuel Villarejo en 2015 sobre Gómez Zotano con el objetivo de trazar una estrategia legal que le permitiera recuperar un dinero que reclamaba al empresario por una disputa inmobiliaria.

En su auto, el magistrado explicaba que existen indicios para juzgar a Villarejo, a su socio Rafael Redondo y a David Macías González por un delito de cohecho pasivo; a Katarzina, por cohecho activo; y a los mandos policiales García Castaño, Riaño, y Antonio Bonilla --que estaba en situación de segunda actividad en el momento de los hechos-- y Redondo, por descubrimiento y revelación de secretos.

Además, García-Castellón acordó el sobreseimiento provisional de la causa respecto al que fuera director adjunto operativo (DAO) Eugenio Pino, los policías Juan José Díaz Álvarez y José Maria Serrano Ydígoras, así como para Juan Carlos Escribano Cárcel.

El pasado viernes el juez rechazó de igual forma el recurso de García Castaño. En su escrito, el policía sostenía que su condición de investigado se basaba únicamente en las declaraciones de Riaño y lamentaba que no se hubieran realizado todas las diligencias necesarias. Para el juez, sin embargo, la mera declaración de Riaño constituye "un indicio de criminalidad, sin perjuicio de que pueda verse conformado o no, en la fase probatoria, en el juicio".

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