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Ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local Leader

21/09/2021
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Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se amplía el plazo máximo de presentación de solicitudes de ayuda, establecido en la Resolución de 16 de julio de 2021, por la que se convocan las ayudas previstas en el Capítulo III de la Orden de 23 de noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local Leader en el marco de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, para solicitantes que son Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía (BOJA de 20 de septiembre de 2021). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 13 DE SEPTIEMBRE DE 2021, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS, INNOVACIÓN Y CADENA AGROALIMENTARIA, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO MÁXIMO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE AYUDA, ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN DE 16 DE JULIO DE 2021, POR LA QUE SE CONVOCAN LAS AYUDAS PREVISTAS EN EL CAPÍTULO III DE LA ORDEN DE 23 DE NOVIEMBRE DE 2017, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS PREVISTAS EN LAS ESTRATEGIAS DE DESARROLLO LOCAL LEADER EN EL MARCO DE LA SUBMEDIDA 19.2 DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE ANDALUCÍA 2014-2020, PARA SOLICITANTES QUE SON GRUPOS DE DESARROLLO RURAL DE ANDALUCÍA.

La Resolución de 16 de julio Vínculo a legislación de 2021, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se convocan las ayudas previstas en el Capítulo III de la Orden de 23 de noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local Leader en el marco de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, para solicitantes que son Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía (BOJA número 140, de 22 de julio de 2021), establece que el plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a contar a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el extracto previsto en el artículo 20.8.a) Vínculo a legislación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

De acuerdo con lo anterior, el plazo de presentación de solicitudes de ayudas previstas en el Capítulo III de la citada orden, finaliza el 22 de septiembre de 2021.

El objeto de estas ayudas es la ejecución de las Estrategias de Desarrollo Local Leader por parte de las asociaciones que han sido reconocidas como Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía, que permitirá la concesión de subvenciones para que se ejecuten las intervenciones contempladas en dichas Estrategias a los solicitantes que son Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía, para el período 2014-2020, reguladas en el Capítulo III de la orden de referencia.

La Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, a fin de facilitar que los Grupos de Desarrollo Rural, potencialmente solicitantes, puedan preparar y formular más adecuadamente sus solicitudes, teniendo en cuenta además la complejidad de algunos proyectos previstos en sus Estrategias, y las actuaciones que se estiman necesarias para formular las solicitudes de manera más completa, considera que concurren circunstancias suficientes que aconsejan ampliar el plazo de presentación de solicitudes de estas ayudas.

El artículo 32.1 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la posibilidad de que la Administración, salvo precepto en contrario, pueda conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.

El Decreto 103/2019, de 12 de febrero Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, establece en su artículo 1 que corresponde a esta Consejería las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia agraria, pesquera, agroalimentaria, de desarrollo rural, medio ambiente, agua y cambio climático. Asimismo, en el artículo 12 de este decreto se procede a redistribuir las competencias de la hasta entonces existente Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, pasando a asumir las relacionadas con la ejecución del programa Leader en Andalucía, la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria.

De conformidad con el artículo 17.3 de la Orden de 23 noviembre de 2017, se encuentra delegada en la persona titular de la entonces Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, actualmente Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, la competencia para convocar las ayudas previstas en dicha orden.

Por todo lo anteriormente expuesto, y en el ejercicio de las competencias que tengo conferidas,

RESUELVO

Primero. Ampliar el plazo de presentación de las solicitudes de ayudas, establecido en el resuelvo tercero de la Resolución de 16 de julio Vínculo a legislación de 2021, por la que se convocan las ayudas previstas en el Capítulo III de la Orden de 23 de noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local Leader en el marco de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, para solicitantes que son Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía, hasta el 22 de octubre de 2021 inclusive.

Segundo. La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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