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Bases reguladoras de los Premios para la Economía Social “Premios Andalucía”

02/09/2021
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Resolución de 3 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca la I Edición de los Premios Andalucía ES, regulados por la Orden de 12 de junio de 2021, por la que se crean los Premios para la Economía Social “Premios Andalucía”, y se establecen sus bases reguladoras (BOJA de 1 de septiembre de 2021). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 3 DE AGOSTO DE 2021, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO AUTÓNOMO Y ECONOMÍA SOCIAL, POR LA QUE SE CONVOCA LA I EDICIÓN DE LOS PREMIOS ANDALUCÍA ES, REGULADOS POR LA ORDEN DE 12 DE JUNIO DE 2021, POR LA QUE SE CREAN LOS PREMIOS PARA LA ECONOMÍA SOCIAL “PREMIOS ANDALUCÍA”, Y SE ESTABLECEN SUS BASES REGULADORAS

Por Orden de 12 de junio de 2021 (BOJA núm. 115, de 17 de junio de 2021), se crean los Premios Andalucía ES y se aprueban sus bases reguladoras; premios dirigidos a galardonar proyectos y estudios de investigación que abogan por el desarrollo de la economía organizada de manera asociada y cooperativa en la producción, distribución, circulación y consumo de bienes y servicios.

El artículo 5 de la referida Orden de 12 de junio de 2021 dispone que los premios se convocarán periódicamente mediante resolución de la persona titular del órgano directivo competente en materia de economía social, por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de economía social, resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En virtud de lo anterior,

RESUELVO

Primero. Objeto.

Se convoca la I Edición de los Premios Andalucía ES, en todas sus modalidades, regulados en la Orden de 12 de junio de 2021.

a) Premio al mejor proyecto innovador y/o de esfuerzo empresarial.

b) Premio al mejor proyecto de nueva creación.

c) Premio al mejor proyecto de economía circular.

d) Premio al mejor proyecto de difusión.

e) Premio al mejor proyecto realizado por y para mujeres.

Segundo. Candidaturas.

1. Podrán participar en las modalidades a), b) y c) de los premios convocados, las sociedades cooperativas andaluzas.

2. Podrán participar en la modalidad d) de los premios convocados, las personas físicas o entidades, públicas o privadas andaluzas, relacionadas con el ámbito de la economía social, en los términos del artículo 5.1 Vínculo a legislación de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.

3. Podrán participar en la modalidad e) de los premios convocados, las entidades, públicas o privadas, relacionadas con el ámbito de la economía social, en los términos del artículo 5.1 Vínculo a legislación de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, cuyo órgano de administración o de toma de decisiones esté constituido en su mayoría por mujeres.

4. En todo caso, las candidaturas tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus aspectos por lo establecido en la Orden de 12 de junio de 2021.

Tercero. Presentación de las candidaturas.

1. Las personas y entidades interesadas en participar en estos premios deberán presentar su candidatura según modelo del Anexo I que acompaña a la presente convocatoria, así como la documentación preceptiva, a través de la Oficina Virtual de la Consejería competente en materia de economía social, en la siguiente dirección electrónica

https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/procedimientos/detalle/ 24413/datos-basicos.html

A estos efectos, deberán disponer de un sistema de firma electrónica o certificado electrónico válido de conformidad con lo establecido en el artículo 10.2 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

2. El plazo de presentación de candidaturas será de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3. La candidatura se acompañará de la documentación establecida para cada modalidad de premio de conformidad con el artículo 12 de la Orden de 12 de junio de 2021.

Cuarto. Cuantía de los premios y financiación.

1. La cuantía económica global para los premios asciende para esta convocatoria a un total de 24.000 euros, cantidad que se imputará a la partida presupuestaria 1000018069 G/72C/47103, asignando a cada modalidad de premio una cantidad de 4.800 euros a tanto alzado.

2. En el caso que alguna modalidad de premio se declare desierta, el importe destinado a esa modalidad incrementará la cuantía del resto de las modalidades en igual proporción.

Quinto. Valoración de las candidaturas y selección de los proyectos.

1. Un jurado evaluará las candidaturas y seleccionará los proyectos de acuerdo con los criterios de valoración establecidos para cada modalidad de los premios en el artículo 8 de la Orden de 12 de junio de 2021.

TABLA OMITIDA

Sexto. Aprobación de los formularios.

Se aprueban para la presente convocatoria los formularios que acompañan como anexos y que a continuación se relacionan, a los que deberán ajustarse las candidaturas presentadas, así como la aportación de documentación y la manifestación de aceptación o renuncia al premio.

a) Formulario de solicitud- candidatura (Anexo I).

b) Formulario de subsanación de deficiencias (Anexo II).

c) Formulario de aceptación o renuncia (Anexo III).

Séptimo. Notificación y publicación.

1. El órgano directivo competente en materia de materia de economía social, por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de economía social, dictará la resolución de concesión, que será publicada en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y en la sede electrónica de la Consejería competente en materia de economía social, esto último con fines informativos.

2. Aquellos actos que cursarse de forma individual, se practicarán a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica habilitada para la práctica de notificaciones electrónicas

http://www.andaluciajunta.es/notificaciones

según lo indicado en el formulario de la solicitud-candidatura (Anexo I).

Octavo. Entrega de premios y divulgación.

1. La entrega de premios se llevará a cabo en la fecha, lugar y forma que se indiquen en la resolución de concesión de la presente convocatoria. La Consejería competente en materia de economía social realizará la correspondiente difusión del evento.

2. La Consejería competente en materia de economía social podrá difundir el contenido de los proyectos premiados, sin derecho a contraprestación económica alguna, durante un período máximo de 24 meses desde la resolución de concesión del premio.

3. Las entidades de economía social andaluzas premiadas podrán divulgar sus proyectos, en cuyo caso deberán incorporar de modo visible el logotipo oficial de la Junta de Andalucía, así como el logotipo de los premios, haciendo referencia de forma destacada a la modalidad de premio en la que fueron galardonados, edición y órgano convocante del mismo, en los términos que se establezcan por la Consejería competente en materia de economía social.

Noveno. Efectos.

La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la misma, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) Vínculo a legislación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

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