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Curso superior en ciberseguridad

14/09/2021
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La Escuela Gallega de Administración Pública convoca, en colaboración con la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia (Amtega), el Curso superior en ciberseguridad.

BASES

Primera. Objetivos

El curso superior en ciberseguridad se imparte con los siguientes objetivos:

• Concienciar al alumnado de la relevancia e importancia de la ciberseguridad desde una perspectiva jurídica y técnica práctica, dotándolo de buenas prácticas para prevenir y detectar contratiempos en la utilización de sistemas de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC).

• Tratar los aspectos relacionados con las políticas de seguridad en la utilización de medios electrónicos, recogidos en el Esquema nacional de seguridad (ENS).

• Proporcionar al alumnado una visión global de la seguridad de los sistemas de información, sus vulnerabilidades, las amenazas a las que está sometido y los riesgos que comporta su uso.

Segunda. Contenidos

Este curso superior abordará principalmente los siguientes temas:

• La situación actual de las amenazas de ciberseguridad.

• Medidas de prevención y buenas prácticas en ciberseguridad.

• Marco estratégico y normativo de ciberseguridad.

• Seguridad en dispositivos móviles y redes inalámbricas.

• Seguridad en plataformas móviles.

• Seguridad en aplicaciones web.

• Herramienta INES (Informe nacional del estado de la seguridad).

• Herramientas del Centro Criptológico Nacional.

• Ataques al sector público (APT).

• Esquema nacional de seguridad: situación actual y modificaciones propuestas. INES.

• Esquema nacional de seguridad: plan de adecuación y declaración de aplicabilidad.

• Gestión de incidentes (caso de estudio) y gestión de cibercrisis.

• Ecosistema gallego de ciberseguridad.

Tercera. Número de plazas

50

Cuarta. Personas destinatarias

Personal empleado público con perfiles TIC (perteneciente a escalas de sistemas y tecnologías de la información o que realice funciones TIC), en situación de servicio activo o asimilada, de la Administración autonómica y entidades públicas instrumentales y de la Administración local de la Comunidad Autónoma de Galicia, que se encuadre en alguna de las siguientes categorías:

a) Grupo A (subgrupos A1 y A2) del personal funcionario.

b) Grupos I y II del personal laboral.

En el caso de no cubrir la totalidad de las plazas convocadas, a las vacantes que resulten podrá acceder el personal empleado público, en situación de servicio activo o asimilada, del subgrupo C1 del personal funcionario o grupo III del personal laboral que realice funciones TIC.

A los efectos de lo establecido en la Resolución del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) de 26 de octubre de 1994 (BOE núm. 267, de 8 de noviembre y corrección en el BOE núm. 311, de 29 de diciembre), por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de la Administración local en cumplimiento de lo establecido en la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994 y en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero (DOG núm. 52, de 16 de marzo y corrección DOG núm. 77, de 22 de abril), sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, a este curso se le otorgará una puntuación de 1,5 puntos.

Quinta. Desarrollo

1. Duración: 97 horas lectivas, distribuidas de la siguiente forma:

• 3 horas de clases prácticas presenciales.

• 24 horas de telepresencia.

• 69 horas de teleformación.

• 1 hora para el examen final en línea.

2. Modalidad y fechas: el curso se desarrollará desde el 4 de octubre hasta el 14 de diciembre de 2021.

La modalidad de impartición del curso será mixta, con sesiones presenciales, de telepresencia y de teleformación.

La clase práctica presencial tendrá lugar el 4 de octubre, en horario de mañana.

Las clases de telepresencia se desarrollarán los jueves de cada semana, de 16.00 a 19.00 horas, los siguientes días:

• 14, 21 y 28 de octubre.

• 4, 12, 18 y 25 de noviembre.

• 2 de diciembre.

3. Lugar de desarrollo y acceso a las sesiones:

a) Las clases presenciales tendrán lugar en la Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP); calle Madrid, 2-4. Santiago de Compostela. Para el desarrollo de las clases presenciales se garantizará el cumplimiento de las medidas de seguridad e higiene establecidas en la normativa vigente para la prevención de la COVID-19.

b) El acceso a las sesiones de telepresencia se realizará a través del aula virtual de la EGAP (https://egap.xunta.gal/aulavirtual/). El funcionamiento básico de la plataforma de telepresencia requiere que cada alumno/a disponga de los siguientes componentes:

• Ordenador de sobremesa, portátil o smartphone.

• Conexión estable a internet.

• Navegador web Google Chrome o Mozilla Firefox en las últimas versiones.

• Altavoces (si el monitor o equipo no dispone de ellos).

c) El acceso a la teleformación se realizará igualmente a través del aula virtual de la EGAP, en la que se indicará el enlace para la conexión con la plataforma de teleformación del Centro Criptológico Nacional, donde el alumnado visualizará los contenidos del curso y las tareas que deba realizar.

Sexta. Inscripción

1. El plazo para la inscripción permanecerá abierto desde las 8.00 horas del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta las 23.55 horas del día 30 de septiembre de 2021.

2. Las solicitudes de participación en esta actividad formativa solo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección “https://egap.xunta.gal/matricula”. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

3. Antes de formalizar su inscripción en esta actividad todas las personas deben introducir o actualizar los datos de su área de matrícula, de acuerdo con las personas destinatarias y los requisitos de selección establecidos respectivamente en las bases cuarta y octava de esta convocatoria.

4. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de la actividad solicitada y pasarán al final de las listas de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

5. Las personas interesadas deberán seleccionar primero el área en la que está integrada esta actividad (Administración electrónica, protección de datos y calidad administrativa) y después seleccionar en “nombre del curso” el Curso superior en ciberseguridad.

Séptima. Comprobación de datos

1. Para tramitar el procedimiento se consultarán los datos de las personas interesadas necesarios para realizar el proceso de selección de esta actividad formativa.

2. La presentación de la solicitud comportará la autorización de la persona solicitante al órgano gestor para pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios de la EGAP.

3. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán enviar un correo electrónico a [email protected] con la indicación expresa a este respecto y adjuntando los documentos que indiquen su situación administrativa, tipo de personal y antigüedad en la Administración.

4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Octava. Criterios de admisión

El orden de admisión vendrá determinado por la fecha y hora de inscripción, de acuerdo con lo indicado en la base cuarta de esta convocatoria.

Novena. Publicación de la lista de personas seleccionadas y plazo de presentación de alegaciones

En el apartado de este curso de la página web de la EGAP (https://egap.xunta.gal/) se publicará la lista de personas seleccionadas, así como también un número adecuado de reservas en caso de que el número de solicitudes recibidas fuese superior al número de plazas.

Se entenderá que las personas que no figuren en ninguna de las relaciones han sido excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria, ocupan un puesto más alejado en la lista de espera o se encuentran excluidas, de acuerdo con lo dispuesto en el punto 6.º de los criterios generales establecidos en la Resolución de 4 de enero de 2008 por la que se actualizan los criterios de participación en las actividades formativas de la Escuela Gallega de Administración Pública (DOG núm. 7, de 10 de enero).

Décima. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y asistencia. Seguimiento de las actividades formativas

1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. Renuncia:

a) Las personas seleccionadas solo podrán renunciar a la actividad formativa:

• Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

• Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de las personas responsables de los centros directivos.

• Por razones de conciliación familiar.

• Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia debe ser comunicada por correo electrónico, dirigido a [email protected], con una antelación mínima de dos días anteriores al inicio de la actividad formativa, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE de 2 de octubre). En la página web de la Escuela estará disponible un modelo de renuncia.

c) Las personas que incumplan lo previsto en los apartados a) y b) pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

3. La asistencia y la puntualidad:

a) Son obligatorias la asistencia a las sesiones presenciales y telepresenciales de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa se realizarán controles de asistencia y puntualidad.

c) Las faltas de asistencia en las actividades presenciales y telepresenciales:

c.1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas presenciales y telepresenciales. En todo caso, estas faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo especificado anteriormente perderán el derecho al certificado en la actividad formativa.

c.2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

4. Seguimiento de las actividades de teleformación:

Las personas que no completen el 50 % de las actividades y tareas propuestas por la tutoría pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

Undécima. Certificado electrónico de aprovechamiento

Para la obtención del certificado electrónico final del curso el alumnado deberá superar todas las actividades propuestas en la parte de teleformación del curso y el examen final tipo test, englobando la totalidad de los contenidos del curso.

Superadas las actividades de teleformación y el examen final, se expedirá un certificado electrónico de aprovechamiento, descargable desde el área de matrícula (https://egap.xunta.gal/matricula), a aquellas personas inscritas que participasen asiduamente y siempre que su asistencia y seguimiento fuese igual o superior al 90 % de las horas lectivas programadas. Este documento estará firmado electrónicamente por la EGAP e incluirá, de forma expresa, el contenido, la carga lectiva, la fecha y la modalidad de impartición del curso, así como un código de verificación electrónica (CVE) para contrastar su autenticidad.

Duodécima. Facultades de la EGAP y de la Amtega

1. La Amtega y la EGAP se reservan la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de este curso, así como la facultad de cancelarlo si el escaso número de solicitudes no justificase su realización, caso en el que emplearán los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

2. La Amtega y la EGAP garantizarán en la acción derivada de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

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