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La Abogacía Española exige de inmediato el cese de las repatriaciones de menores sin garantías jurídicas

16/08/2021
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La subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española ha exigido "de inmediato" el cese de las repatriaciones de menores sin garantías jurídicas.

MADRID, 14 Ago. (EUROPA PRESS) -

Así lo ha manifestado la Abogacía Española este sábado en un comunicado, difundido a la luz de las devoluciones de inmigrantes marroquíes menores de edad llevadas a cabo en las últimas horas.

En este contexto, ha recordado que el Tribunal Constitucional español, en dos sentencias del 22 de diciembre de 2008, reconocieron a menores marroquíes el derecho a oponerse judicialmente a su repatriación, al tener "capacidad y madurez suficiente" para impugnar ante la Justicia decisiones que perjudiquen sus intereses.

La Administración, según ha explicado la Abogacía del Estado, se fundamenta para la repatriación colectiva de estos menores en un Convenio Bilateral entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre la cooperación en el ámbito de la prevención de la emigración ilegal de menores no acompañados, su protección y su retorno concertado.

En este punto, ha apuntado que la cuestión que se levanta ahora es si un retorno colectivo como el que se plantea "respeta no solo la legislación y los convenios internacionales de los que España es signataria sino también las sentencias del propio Tribunal Constitucional que consagraron el derecho del menor a ser escuchado en todo procedimiento que conlleve su repatriación".

Para la Abogacía Española, el proceso, según la legislación española y los pronunciamientos de nuestro Tribunal Constitucional, "debe ser individualizado y garantizar además que los menores, que en la mayoría de los casos se puedan negar a volver a su país, sean informados de su retorno y de los derechos que les asisten, entre ellos ser escuchados". Tampoco pueden ser devueltos sin que se realice en todo este procedimiento una evaluación del interés superior del menor.

La abogacía también duda sobre el cumplimiento de los propios requisitos impuestos en el Convenio por ambas partes. Entre los requisitos del acuerdo bilateral con Marruecos para ejecutar las repatriaciones se exige primero la reunificación con sus familiares, hecho que tiene que ser constatado fehacientemente en los procesos administrativos individuales y si no fuera posible y tras garantizarse por ambas partes la repatriación a centros de menores, se deben garantizar que ese centro de acogida al que sean derivados cuente con recursos materiales y humanos suficientes o la creación de un comité de seguimiento.

Por último, ha insistido en su preocupación porque se puedan estar repatriando a niños especialmente vulnerables y que no le hayan dado la información o facilitado la posibilidad de solicitar protección internacional.

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