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TSJA

El TSJA impone a Daorje el mismo trato para fijos y eventuales sobre permisos retribuidos

03/08/2021
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Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha estimado una demanda contra la decisión de la empresa Daorje de descontar a los trabajadores temporales, en sus liquidaciones o finiquitos por fin de contrato, el importe de los días de permiso retribuido recuperable.

OVIEDO, 2 Ago. (EUROPA PRESS) -

De esta forma, el TSJA estima una demanda de conflicto colectivo presentada por UGT y CCOO relativa a la situación de quienes se vieron obligados a permanecer en sus hogares durante el permiso retribuido recuperable que impuso el Gobierno durante el confinamiento.

En la sentencia, el tribunal señala que existió desigualdad de trato entre trabajadores fijos y temporales. "La propia empresa lo reconoce pero alega como justificación que la actitud obstruccionista mantenida por los representantes de los trabajadores durante los periodos de consulta impidió que se pudieran recuperar los días de permiso por los trabajadores fijos por falta material de tiempo", señala.

Sin embargo, la sentencia añade que "ningún sentido tiene, por tanto, achacar a la representación legal de los trabajadores la falta de recuperación del permiso por los trabajadores fijos y la imposibilidad material de llevarla a cabo, por falta de tiempo desde la finalización del periodo de consultas, cuando la empresa pudo hacer efectiva la recuperación mucho antes".

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