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Preservar el Estado; por Miguel Ángel Recuerda, catedrático de Derecho Administrativo

05/07/2021
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El día 4 de julio de 2021 se ha publicado, en el diario La Razón, un artículo de Miguel Ángel Recuerda en el cual el autor opina que debería exigirse respeto a las instituciones del Estado, y al Derecho, pues sin respeto, sin armas y debilitado, el Estado no puede proteger la integridad territorial, ni defender la soberanía nacional, ni asegurar las prestaciones, ni los derechos de los ciudadanos.

PRESERVAR EL ESTADO

Una de las muchas razones que justifican la existencia del Estado constitucional es que esa forma de organización política tiende a garantizar la igualdad de las personas ante la ley. Igualdad que implica que las leyes no pueden tratar de manera distinta a las personas, salvo que exista una justificación proporcionada y razonable para ello. En este sentido, como regla general, las normas deben aplicarse de la misma forma a todos.

Pero existen modelos de organización política en los que se propicia la desigualdad mediante un trato diferenciado e injustificado a cada grupo, territorio o estamento. Son modelos completamente superados desde la caída del Antiguo Régimen, cuya vuelta supondría una involución catastrófica.

La igualdad puede ser reconocida como un derecho. Así lo hace el artículo 14 de la Constitución, que dispone que “los españoles son iguales ante la ley”. Por tanto, la igualdad, entendida como igualdad formal, no es un simple deseo, sino un derecho fundamental que debe ser respetado por todos.

Otra vertiente de la igualdad es la igualdad material que consiste en la equiparación real de los individuos mediante acciones positivas. El artículo 9.2 de la Constitución dispone que “corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas”.

Para que los derechos sean reales y efectivos, y no simplemente nominales, es necesario que existan unas instituciones que los amparen y promuevan. En España contamos con instituciones históricas, algunas desde la Edad Media, que se han ido perfeccionando desde el siglo XV, que se han adaptado a la realidad y a las exigencias de la transición democrática, y que tienen que cumplir permanentemente sus funciones en el marco constitucional. Otras instituciones son más recientes, como el Tribunal Constitucional, y precisan de ajustes para hacerlas más eficaces en el cumplimiento de sus funciones. Ahora bien, ninguna de esas instituciones es omnipotente, ni está al margen de la norma suprema, ni puede desconocer los derechos fundamentales.

Sin embargo, la realidad de los acontecimientos demuestra que el Estado no siempre responde adecuadamente a las razones de su existencia. Esa incomprensible actitud es asumida con asombrosa normalidad por quienes, debiendo hacerlo, no contribuyen

a preservar en el territorio español el orden político y jurídico creado por la Constitución. En ese bando están quienes desprecian la ley y retan al Estado, y quienes usan los instrumentos jurídicos para debilitar las instituciones del Estado.

En un Estado de Derecho es difícilmente justificable el indulto. Primero porque es una potestad aleatoria, cuyo ejercicio conlleva un trato discriminatorio; y, segundo, porque es una figura anacrónica residuo de las Monarquías absolutas, que colisiona con el principio de legalidad y, además, puede contribuir al socavamiento del Estado.

Determinadas actuaciones que están permitidas o no están prohibidas pueden ser inconvenientes para el Estado y para el interés general. Hay muchos ejemplos: la omisión de recursos de inconstitucionalidad contra leyes que infringen la Constitución, la falta de interposición de demandas para el ejercicio de acciones o el desistimiento en procesos que nos interesan a todos. Cuando los resortes del poder se utilizan para neutralizarlaaccióndeunas instituciones independientes, para controlarlas o influir en sus funciones se favorece el debilitamiento del Estado y la desprotección de las personas.

Pero en el ámbito público se pueden realizar también otras acciones prohibidas por las normas. Algunas se producen mediante el fraude de ley, el abuso del derecho, la mala fe o la desviación de poder. Por ejemplo, los actos que persiguen un resultado prohibido por el ordenamiento, aunque se amparen en una norma, como el abuso del decreto-ley o el ejercicio de potestades administrativas para fines distintos de los permitidos, como la sanción disciplinaria que se impone por razones políticas. Esas acciones irregulares son sancionadas por los tribunales cuando se ponen en su conocimiento y se comprueba su invalidez, pero en muchas ocasiones eso sucede, por desgracia, cuando el daño ya está hecho y sus efectos son difíciles de reparar.

Por todo ello, debería exigirse respeto a las instituciones del Estado, y al Derecho, pues sin respeto, sin armas y debilitado, el Estado no puede proteger la integridad territorial, ni defender la soberanía nacional, ni asegurar las prestaciones, ni los derechos de los ciudadanos.

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