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Estrategia para una Minería Sostenible en Andalucía 2030

08/06/2021
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Acuerdo de 1 de junio de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Estrategia para una Minería Sostenible en Andalucía 2030 (EMSA 2030) (BOJA de 7 de junio de 2021). Texto completo.

ACUERDO DE 1 DE JUNIO DE 2021, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA LA FORMULACIÓN DE LA ESTRATEGIA PARA UNA MINERÍA SOSTENIBLE EN ANDALUCÍA 2030 (EMSA 2030).

Frente al reto de seguir avanzando hacia una minería responsable, como actividad dinámica y vertebradora, el Gobierno de Andalucía enmarca su nueva política minera en conexión con las nuevas políticas industriales europea y andaluza y dentro de la “revolución verde” que está llevando a cabo, y que se dirige a situar a Andalucía como punto de referencia de la sostenibilidad.

El desarrollo de una minería innovadora y especialmente respetuosa con el medio ambiente en Andalucía la está convirtiendo en un referente nacional e internacional. Como muestra de ello, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico OCDE se ha interesado por la participación de Andalucía en la iniciativa de Ciudades y Regiones Mineras, a través de la que ha identificado la importancia del sector minero andaluz para la recuperación económica de la crisis del COVID-19, como ya lo fue en la crisis financiera y económica de 2008, pero además frente al potencial y realidad de la minería en Andalucía, evidenciando igualmente la necesidad de impulsar un conjunto de acciones que multiplicaría el impacto de las actividades extractivas sobre la cohesión social y territorial.

Ante esto, el Gobierno de Andalucía encuentra la oportunidad de impulsar una política minera ambiciosa en cuanto a objetivos, consecuente con las grandes potencialidades de la región y que, enfocada al desarrollo económico y la creación de empleo, contribuya a una mejor calidad de vida de los andaluces.

La Administración de la Junta de Andalucía es plenamente consciente de que la industria extractiva se ha configurado hoy en día como un aliado estratégico en la lucha contra el cambio climático y la descarbonización de la economía, que se aspira a liderar desde Andalucía. Asimismo, coincide con la visión europea de la oportunidad y necesidad de dar una respuesta interna a la demanda creciente de materias primas, en especial en lo referente a los metales, para asegurar un desarrollo más seguro de la doble transición digital y ecológica que se aborda, como pilares para la recuperación en Europa tras la crisis que se ha derivado de la pandemia COVID-19. Igualmente, coincide en que esa respuesta se debe realizar de manera eficaz y sostenible, promoviendo la mayor eficiencia en el aprovechamiento minero, la recuperación de las materias primas, la simbiosis industrial y la continua digitalización del sector. Es evidente que los metales y las rocas industriales resultan hoy día imprescindibles para sectores como el sanitario, el farmacéutico o el transporte, siendo también esenciales para afrontar los grandes retos de nuestro siglo, como la transición energética, el crecimiento demográfico o la urbanización.

Además de lo anterior, no podemos obviar que los denominados productos de cantera, principalmente áridos, resultan esenciales para la construcción energéticamente sostenible de viviendas, edificaciones e infraestructuras, y que al basarse en una distribución territorial del recurso uniforme y próxima a los centros de consumo contribuyen a la vertebración territorial. Por último, resaltar la importancia del subsector de la roca ornamental, centrado en la comarca almeriense de Macael, como referente mundial de calidad.

De esta manera, la posición que ya está ocupando el sector minero en Andalucía, tanto en términos cuantitativos como cualitativos, no solo tiene la importancia de haberlo convertido en líder nacional en términos de producción, empleo y número de explotaciones, sino que supone una oportunidad para convertirlo en un referente tecnológico mundial. Además, habida cuenta de la capacidad del sector transformador para atraer inversión extranjera y de que se trata de una actividad que genera un gran arrastre económico en las comarcas y regiones en las que se desarrolla, las actividades mineras se constituyen como oportunidades para el desarrollo industrial y el empleo de mayor calidad.

Es por ello por lo que la Administración de la Junta de Andalucía, como competente en la planificación, fomento, promoción, seguimiento y ordenación del sector minero, así como en la gestión del propio dominio público minero, tiene entre sus objetivos que su aprovechamiento contribuya a fijar cada vez un mayor valor en el territorio, incidiendo en el referido crecimiento económico e industrial y en esa mayor cohesión social y territorial. De esta manera, con una perspectiva de futuro, las actividades de investigación y explotación de los recursos minerales en Andalucía se deben sustentar sobre unos principios que miren más allá de los períodos de explotación y complementarse con la diversificación de actividades económicas, el desarrollo de cadenas de valor más resilientes y un desempeño eficiente, sostenible y seguro para las personas y para el territorio. Este desempeño debe contar, además, con una amplia participación social, con el objetivo de disponer de una “licencia social de operación” que contribuya a alcanzar tanto la aceptación de la actividad minera como su intervención en la planificación del desarrollo económico y social de la comarca en la que se desarrolla la actividad. Además, debe estar basado en el desarrollo tecnológico, la innovación y el capital humano, proporcionando un empleo más rico en cantidad, calidad, capacitación, capacidad de adaptación y género.

Asimismo, la estrategia cuya formulación se establece mediante el presente acuerdo renueva el compromiso de la Administración de la Junta de Andalucía de contar con un instrumento de planificación minera que refuerce y de un nuevo impulso a los objetivos de sostenibilidad ambiental, económica y social de la minería andaluza y de su sector transformador. Para ello, la nueva estrategia minera de Andalucía definirá el posicionamiento del sector minero andaluz a medio y largo plazo, en un horizonte temporal que abarcaría hasta el año 2030, con un enfoque de “marco político orientado a la acción”, dirigido al fortalecimiento y extensión del sector minero en toda la cadena de valor, reforzando la competitividad del mismo mediante el apoyo a la internacionalización de las empresas mineras y auxiliares de la minería andaluza, impulsando la investigación de recursos minerales disponibles, fomentando proyectos de investigación, innovación y cooperación empresarial, fomentando asimismo el trabajo seguro en el sector. Esta nueva estrategia debe además definir objetivos, instrumentos y medidas para seguir avanzando en el desarrollo normativo y el establecimiento de procedimientos en el marco de una mayor agilización, simplificación y coordinación administrativa y eliminación de trabas regulatorias que, encontrándose dentro del ámbito competencial de la Comunidad Autónoma, acompañen adecuadamente el desarrollo del sector, establezca un marco de seguridad para todos los actores participantes y favorezca la captación de nuevas inversiones.

Precisamente, este posicionamiento del sector, y las oportunidades ligadas al mismo, debe reforzarse mediante una mejora continua en el entorno institucional que de manera efectiva acompañe a la sostenibilidad de la actividad en el largo plazo, y aliente una orientación hacia la mayor especialización industrial conforme a las áreas de oportunidad que se detecten en la Estrategia de Especialización Inteligente para la Sostenibilidad de Andalucía 2021-2027, S4 Andalucía. Igualmente, la formulación de la nueva estrategia minera de Andalucía debe mantener la debida coherencia con las directrices económicas y sociales europeas, y particularmente estar alineada con la nueva política de cohesión europea para el próximo marco financiero plurianual en el periodo 2021-2027, así como con las estrategias que se definirán en los programas de los fondos ligados a este. Asimismo, desde un punto de vista global, se buscará la alineación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible ODS, incluidos en la Agenda 2030 de las Naciones Unidas que se enmarcan en los pilares de sostenibilidad económica, social y ambiental.

Este punto de vista global se ha evidenciado igualmente a través de la Comunicación de la Comisión Europea, de septiembre de 2020, relativa a la “Resiliencia de las materias primas fundamentales: trazando el camino hacia un mayor grado de seguridad y sostenibilidad”, que señala que la crisis de la COVID-19 ha provocado que muchas regiones del mundo analicen los puntos críticos en la gestión de sus cadenas de suministro, especialmente en los casos en que las fuentes de suministro de materias primas y productos intermedios están fuertemente concentradas y, por lo tanto, presentan un mayor riesgo de interrupción del abastecimiento. La mejora de la resiliencia de las cadenas de suministro fundamentales también es vital para garantizar tanto la transición hacia las energías limpias como a la seguridad energética, y en relación con ello, señala la necesidad, sobre las materias primas fundamentales, de desarrollar cadenas de valor resilientes para los ecosistemas industriales de la Unión, así como de reducir la dependencia de materias primas fundamentales originales a través del uso circular de los recursos, la sostenibilidad de los productos y la innovación, y fortalecer el abastecimiento y la transformación sostenibles y responsables de materias primas a escala interna en la Unión. Asimismo, las directrices de la Unión Europea en torno a la Estrategia de Materias Primas constituyen un punto de partida para la definición del marco estratégico minero andaluz que esté plenamente alineado con las tendencias y buenas prácticas europeas e internacionales.

En el ámbito autonómico, mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 6 de noviembre de 2019 se aprobó la formulación de la Estrategia para la Transformación Económica de Andalucía (ETEA) 2021-2027, la cual servirá de referencia a los agentes públicos y privados implicados en el desarrollo de la Comunidad Autónoma y constituirá el marco estratégico para su desarrollo, por lo que la estrategia minera quedará incardinada en las orientaciones que se deriven de la misma, asegurando su coherencia y consistencia en el tiempo.

El Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre Vínculo a legislación, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, atribuye en su artículo 8 a la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, las competencias en materia de actividades industriales y mineras.

El Decreto 117/2020, de 8 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, atribuye en su artículo 6 a la Secretaría General de Industria y Minas, entre otras funciones, la planificación y ordenación del sector minero, así como la formulación y seguimiento de los objetivos y estrategias de la política minera.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.13 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del titular de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 1 de junio de 2021, se adopta el siguiente.

ACUERDO

Primero. Formulación.

1. Se acuerda la formulación de la Estrategia para una Minería Sostenible en Andalucía 2030 (EMSA 2030), en adelante la Estrategia, cuya elaboración y aprobación se realizará conforme a las determinaciones y disposiciones establecidas en el presente acuerdo.

2. La Estrategia estará sometida al procedimiento establecido en el artículo 36.1 Vínculo a legislación de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, de evaluación ambiental estratégica ordinaria, de planes y programas, y al procedimiento establecido para la evaluación de impacto en salud en los artículos 7 Vínculo a legislación a 9 Vínculo a legislación del Decreto 169/2014, de 9 de diciembre, por el que se establece el procedimiento de la Evaluación del Impacto en la Salud de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Objeto.

El objeto de la Estrategia es constituirse como el instrumento planificador que oriente estratégicamente, hasta el periodo 2030, las actividades de fomento, promoción, seguimiento, ordenación, investigación y explotación de los recursos minerales en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con los intereses sociales y económicos, tanto sectoriales como generales, de forma coordinada y compatible con la planificación económica, industrial, medioambiental y territorial de Andalucía y en el marco de la normativa europea, nacional y autonómica.

Tercero. Principios.

La Estrategia se sustentará en los siguientes principios básicos:

a) Participación y transparencia. En base a estos principios se incorporan mecanismos que garanticen la participación en el proceso de elaboración de la Estrategia de la sociedad civil, de los agentes económicos y sociales, colegios profesionales, así como de las Administraciones Públicas interpeladas por razón de sus competencias, y particularmente a la Administración local.

b) Adaptación y resiliencia. De acuerdo con estos principios, la Estrategia se dotará de una estructura flexible que permitirá adaptar las actuaciones puestas en marcha para lograr el alcance de sus objetivos conforme evolucione el contexto legislativo, económico y social relacionado con el ámbito de la minería.

c) Evaluabilidad. Este principio se incorpora mediante un sistema de seguimiento que permita una evaluación continuada de los resultados obtenidos con objeto de realizar los ajustes necesarios para la consecución de los objetivos previstos.

Cuarto. Contenido.

La Estrategia deberá contener, al menos, los siguientes elementos:

a) Diagnóstico que recoja los datos de partida y describa los problemas, necesidades y retos a abordar en el horizonte temporal establecido.

b) Determinación de los objetivos, cuantificados mediante indicadores de impacto, y líneas estratégicas.

c) Programación de las actuaciones a desarrollar en el seno de la Estrategia con indicación de objetivos específicos, indicadores de realización y de resultado, unidades responsables, ámbito temporal y presupuesto asociado.

d) Establecimiento de un sistema de seguimiento y evaluación de la Estrategia.

Quinto. Proceso de elaboración y aprobación.

1. El modelo de gobernanza de elaboración y aprobación de la Estrategia garantizará la participación real y efectiva de la sociedad civil, de los agentes económicos y sociales, colegios profesionales, así como de las Administraciones Públicas interpeladas por razón de sus competencias. Los principales actores en el modelo de gobernanza serán:

a) La Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, encargada de la elaboración de la Estrategia.

b) Se creará un grupo de trabajo encargado de la elaboración de la Estrategia, que estará presidido por el titular de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades y cuya Vicepresidencia será ejercida por la persona titular de la Secretaría General competente en materia de actividades mineras.

Formarán parte, asimismo, del grupo de trabajo, una persona representante con rango, al menos, de titular de Dirección General de las Consejerías de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible; Hacienda y Financiación Europea; Educación y Deporte; Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación; Cultura y Patrimonio; Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio y Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, por razón de sus competencias.

El grupo de trabajo podrá recabar la asistencia de aquellos órganos de la Administración de la Junta de Andalucía para que le asesoren e informen sobre aspectos técnicos o metodológicos relativos a materias concretas que afecten a su ámbito competencial.

2. Corresponden al grupo de trabajo las siguientes funciones:

a) Una vez recibido el análisis y el diagnóstico de la situación de partida, establecer las prioridades que deberán abordarse a través de la Estrategia.

b) Informar cuantos documentos se sometan a su consideración durante el procedimiento de redacción de la Estrategia.

c) Aprobar la propuesta definitiva de la Estrategia, antes de que se eleve por la persona titular de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades al Consejo de Gobierno.

3. La Secretaría General competente en materia de actividades mineras ejercerá las funciones de gestión documental de la Estrategia, preparación de reuniones de trabajo y recogida e integración de la información, redacción del borrador inicial y su modificación tras los procesos de consulta y participación.

4. Concluida la redacción inicial de la Estrategia, la persona titular de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades la someterá por un plazo de 45 días hábiles a información pública, que comprenderá la fase de consultas previstas en el artículo 38 Vínculo a legislación de la Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y, simultáneamente, dará audiencia a las Administraciones y Entidades Públicas afectadas en razón de su competencia, así como a los distintos agentes económicos y sociales, a fin de que puedan formular las oportunas observaciones.

5. Culminado el procedimiento descrito en el punto anterior, y recabados los informes preceptivos para su tramitación, la persona titular de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades elevará propuesta de Estrategia al Consejo de Gobierno para su aprobación mediante acuerdo.

Sexto. Habilitación.

Se faculta a la persona titular de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades para realizar cuantas actuaciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de este acuerdo.

Séptimo. Eficacia.

Este acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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