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Campaña de saneamiento ganadero

01/06/2021
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Orden MED/8/2021, de 18 de mayo, por la que se modifica la Orden MED/2/2020, de 6 de febrero, por la que se regula la campaña de saneamiento ganadero en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOCA de 31 de mayo de 2021). Texto completo.

ORDEN MED/8/2021, DE 18 DE MAYO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN MED/2/2020, DE 6 DE FEBRERO, POR LA QUE SE REGULA LA CAMPAÑA DE SANEAMIENTO GANADERO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA.

La Orden MED/2/2020, de 6 de febrero, por la que se regula la campaña de saneamiento ganadero en la Comunidad Autónoma de Cantabria, publicada en el BOC n.º 35 de 20 de febrero de 2020, regula la campaña de saneamiento ganadero en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Así, en base a la regulación del veterinario habilitado o autorizado y del veterinario de explotación de la Ley 8/2003, de 24 de abril Vínculo a legislación, de Sanidad Animal, así como de las condiciones de reconocimiento del veterinario autorizado en el ámbito de la salud y bienestar animal que establece el Real Decreto 1716/2000, de 13 de octubre Vínculo a legislación, sobre normas sanitarias aplicables al intercambio intracomunitario de animales de las especies bovina y porcina, se ha podido regular la intervención del veterinario de explotación autorizado en la ejecución de la campaña de saneamiento ganadero de Cantabria con la publicación de la MED/2/2020, de 6 de febrero. No obstante, una vez superada la etapa inicial de su puesta en marcha y visto que en determinadas zonas donde se ubica la explotación carecen de veterinario clínico, sumado a que en dichas zonas predomina el ganado en régimen semi extensivo lo que conlleva a discriminar su participación en la ejecución de estos programas sanitarios mediante la figura de veterinario de explotación, resulta conveniente efectuar la modificación que recoge la presente Orden.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 35.f) Vínculo a legislación de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, DISPONGO Artículo Único.- Modificación de la orden MED/2/2020, de 6 de febrero, por la que se regula la campaña de saneamiento ganadero en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Uno.- Se da una nueva redacción al punto G del artículo 21, que queda redactado en los siguientes términos:

"Con carácter excepcional, en aquellos casos en los que por causas no imputables al titular de la explotación no sea posible disponer de veterinario de explotación autorizado conforme a los criterios b), c) y d) del presente artículo, podrán ser autorizados aquellos veterinarios individualmente y no bajo forma societaria, empresa o grupo, que se encuentren autorizados por el procedimiento de veterinario de explotación o acrediten una experiencia mínima en ejecución de campaña de saneamiento de tres años y 50.000 reses. Dicha circunstancia deberá ser acreditada mediante el correspondiente documento de justificación aportado junto al Anexo IV de solicitud".

Dos.- Se sustituye el Anexo IV, modelo de solicitud de autorización de veterinario de explotación para la ejecución de la campaña de saneamiento ganadero, por el modelo que se adjunta a la presente Orden.

Disposición Final Única.- Entrada en vigor La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Anexo

Omitido.

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