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Modificación del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre

21/05/2021
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Resolución de 12 de mayo de 2021, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se modifica el anexo VII del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo (BOE de 21 de mayo de 2021). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 12 DE MAYO DE 2021, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA MARINA MERCANTE, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO VII DEL REAL DECRETO 875/2014, DE 10 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULAN LAS TITULACIONES NÁUTICAS PARA EL GOBIERNO DE LAS EMBARCACIONES DE RECREO

De acuerdo con la disposición final tercera del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre Vínculo a legislación, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo, se faculta al director general de la Marina Mercante a modificar el anexo VII de dicho Real Decreto.

Teniendo en cuenta la publicación, con posterioridad al citado real decreto, del Real Decreto 238/2019, de 5 de abril, por el que se establecen habilitaciones anejas a las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas, se hace necesario la publicación de esta resolución aclarando la inclusión de las mismas en las tarjetas habilitantes.

Asimismo, se opta por la expedición de las tarjetas haciendo uso de la firma electrónica, lo que permitirá una simplificación en los modelos de tarjeta y la tramitación electrónica de todo el proceso de expedición y renovación de las mismas, salvo en el caso de las licencias de navegación cuya expedición seguirá requiriendo su impresión en soporte físico.

Por lo que, en su virtud, resuelvo:

Actualizar el anexo VII del citado real decreto, quedando como se indica a continuación.

ANEXOS OMITIDOS

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