Diario del Derecho. Edición de 03/12/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 14/05/2021
 
 

TSJEx

El TSJEx da la razón a una guardia civil a la que se le denegó la concreción horaria en su reducción de jornada

14/05/2021
Compartir: 

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha dado la razón a una agente de la Guardia Civil destinada en la provincia de Cáceres, a la que se le denegó la concreción horaria en la reducción de jornada que solicitó.

CÁCERES, 13 (EUROPA PRESS)

En concreto, el TSJEx ha dictado una sentencia en la que desestima el recurso de apelación interpuesto por la Abogacía del Estado contra una sentencia previa del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cáceres que estimaba el recurso interpuesto por la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC) de Cáceres contra una resolución del teniente coronel Jefe de la Comandancia de Cáceres por la que se denegaba la concreción horaria en la solicitud de reducción de jornada de una agente de la Guardia Civil destinada en la Provincia de Cáceres.

De esta forma, la sentencia del Juzgado de Cáceres, que ahora confirma el TSJEx al rechazar el recurso, reconocía el derecho de esta agente "a su reducción de jornada con la concreción horaria solicitada", explica AUGC en nota de prensa.

El caso se inició cuando una agente de la Guardia Civil con dos hijos menores a su cargo, solicitó una reducción de su jornada laboral en un 20 por ciento, una petición que la jefatura de la comandancia de Cáceres le concedió "pero solo a medias, sin la concreción horaria adecuada a su situación", lo cual se justificó por "unas supuestas "razones de servicio, aunque sin acreditar en qué consistían".

Ante esta "incomprensible situación", esta agente, asesorada por los servicios jurídicos de AUGC, recurrió la resolución del general jefe de la Zona de Extremadura en el Juzgado de lo Contencioso administrativo número 1 de Cáceres, que en una sentencia estimatoria de 8 de marzo de 2021, le dio la razón a la recurrente y anulaba la resolución del general jefe de la zona de Extremadura.

A juicio de AUGC, este fallo del Juzgado de Cáceres "ponía cordura y sentido común en la cerrazón en el reconocimiento de los derechos de la mujer en la Guardia Civil", ya que según recogía la sentencia, "la administración no proporcionaba ningún dato objetivo que avalase la incidencia negativa en la prestación del servicio".

Una sentencia que fue recurrida a través de la Abogacía del Estado, recurría en apelación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, algo que AUGC ve "increíble y decepcionante que un Gobierno que se hace llamar feminista" recurra "contra los mínimos derechos que los tribunales de justicia reconocen a las mujeres trabajadoras, en este caso en la Guardia Civil", señala.

Un recurso que el Tribunal Superior de Extremadura, en su sentencia de 5 de mayo de 2021, desestima "abundando en las tesis del juzgado número 1 de Cáceres y en la línea de defensa expuesta" por la letrado de AUGC, Paloma Lobato, en el sentido que "no son válidas meras referencias a supuestos perjuicios".

En ese sentido, la sentencia recoge que "estando afectado el derecho fundamental a la conciliación familiar y laboral a la administración le es exigible una cumplida prueba de las necesidades del servicio que justificaran la afectación, lo que en modo alguno se consigue con fórmulas genéricas o generalistas como las expuestas por la Abogacía del Estado en su recurso de apelación que, por lo expuesto, debe ser rechazado en su integridad."

Por todo ello, AUGC considera que este "nuevo varapalo judicial al gobierno" y estas dos sentencias "ponen en evidencia lo anacrónico de estas situaciones", ya que a juicio de este colectivo, "no es de recibo que en pleno siglo XXI una mujer guardia civil tenga que luchar en los tribunales de justicia para poder cuidar dignamente a sus hijos menores", señala.

Finalmente, AUGC Cáceres reafirma que seguirá "confiando en la Justicia, ante la falta de voluntad para resolver las desigualdades por parte de los distintos gobiernos", así como por los derechos de sus afiliados, y emplazo al Gobierno y a la directora general de la Guardia Civil a "cejen en sus continuos intentos para limitar los derechos" de los guardias civiles y "hagan honor a ese supuesto feminismo del que tanto predican y tampoco ejercen", concluye.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Agenda: Congreso sobre la reforma de la Administración Pública 2025. La mirada de la abogacía
  2. Actualidad: El Supremo confirma que los permisos retribuidos deben disfrutarse siempre en días laborables
  3. Actualidad: El TS avala un desahucio por impago del IBI y la tasa de basuras aunque su cuantía no estaba en el contrato de alquiler
  4. Tribunal Supremo: El beneficiario de una pensión de jubilación anticipada por razón de la actividad tiene derecho a percibir el complemento de maternidad por aportación demográfica
  5. Actualidad: El TC ampara a un alumno de Policía sancionado por decir que era agente al ser sorprendido en una fiesta en pandemia
  6. Estudios y Comentarios: No habrá renovación del Constitucional; por Alfonso Villagómez Cebrián, Magistrado y doctor en Derecho
  7. Tribunal Supremo: El Supremo concede a una mujer víctima de violencia de género la autorización de residencia temporal y trabajo por circunstancias excepcionales a pesar de contar con antecedentes penales
  8. Estudios y Comentarios: La libertad de circulación y residencia no puede implicar sustraerse a las legítimas leyes del país; por José Luis Martínez López-Muñiz, Catedrático de Derecho Administrativo y profesor emérito de la Universidad de Valladolid
  9. Estudios y Comentarios: Este modelo de educación sexual no funciona; por Carme Guil, magistrada de la Audiencia de Barcelona y presidenta de la sección española del Grupo Europeo de Magistrados por la Mediación (Gemme)
  10. Tribunal Supremo: Para la adquisición de una servidumbre por título que no consta por escrito y sin contraprestación, se requiere para su validez que conste en escritura pública

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana