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Audiencia de Barcelona

La Audiencia de Barcelona descarta que altos mandos de Policía ordenaran "mayor violencia" el 1-O

12/05/2021
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La Audiencia de Barcelona ha rechazado investigar a los mandos responsables de la Policía Nacional en Cataluña por las cargas del 1-O, al considerar que "no hay ningún indicio de la existencia de una instrucción concreta de actuar el 1 de octubre de 2017 con contundencia o usar una mayor violencia que la imprescindible".

BARCELONA, 11 (EUROPA PRESS)

En un auto consultado por Europa Press, desestima los recursos que 10 acusaciones y particulares e Irídia presentaron contra la decisión del Juzgado de Instrucción 7, que en abril de 2020 rechazó investigar a los mandos del dispositivo.

Ahora, los magistrados de la Sección 3 de la Audiencia de Barcelona sostienen que las acusaciones quieren una "imputación genérica de todos los mandos" del dispositivo, y rechazan su petición.

"No hay ningún dato que permita afirmar, ni siquiera indiciariamente, la existencia de un operativo policial diseñado expresamente para impedir el ejercicio de derechos, más allá del hecho de votar que constituía el objeto del mandato judicial, ni para imputar las lesiones causadas a los ciudadanos a los mandos superiores" afirman al descartar imputar a los máximos responsables policiales del dispositivo.

Las acusaciones pidieron investigar al entonces jefe superior de Policía en Cataluña, al jefe de la brigada provincial de información, al comisario de la unidad central de información, a los jefes de grupo y al jefe de las Unidades de Intervención de la Policía (UIP) --el grupo antidisturbios--, conocido como 'Marte' durante el dispositivo.

En este sentido, los jueces remarcan que fue el secretario de Estado de Seguridad quien elaboró el dispositivo policial con 6.500 agentes, y que para él no se pide la imputación.

Recuerdan que planificó el dispositivo por instrucción del TSJC, que ordenaba "el uso mínimo de la fuerza, la afectación mínima a la convivencia, garantizar la seguridad de los agentes y personas, y si se generara algún riesgo, proceder a la retirada del material sin cerrar los colegios".

JEFES DE GRUPOS ANTIDISTURBIOS

El auto distingue entre los altos mandos y los inspectores jefes de cada núcleo de antidisturbios o UIP, mandos medios: Algunos ya han declarado en instrucción y el juez no ve indicios de que actuaran contra las órdenes de sus superiores.

"Consideramos que no procede tomarles declaración como imputados a todos y con carácter general en esta causa principal, como se pide por las partes recurrentes, sin perjuicio de la actuación concreta en cada colegio concreto", y los magistrados señalan que en las piezas separadas que investigan las cargas en cada colegio electoral deberá valorarse las posibles responsabilidades de estos mandos intermedios.

Los jueces de la Audiencia de Barcelona recuerdan que los jefes de grupo tienen "un grado de autonomía amplio aunque sujetos a las instrucciones y principios de actuación básicos", y remarcan que un agente no necesita autorización de ningún superior para usar la porra.

Aplauden que el juez instructor no quiera convertir el caso "en una especie de 'causa general' contra la totalidad de los agentes" que intervinieron el 1-O, pero remarcan que hay actuaciones que sí deben investigarse.

Señalan que "hubo casos de extralimitación de la fuerza por agentes policiales, de uso de violencia innecesaria y desproporcionada, que deberá valorarse en cada colegio electoral y en cada caso", y no descartan que en este punto puedan atribuirse responsabilidades a jefes de grupo o de operativos.

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