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Artesanía con A de Andalucía

05/05/2021
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Resolución de 27 de abril de 2021, de la Dirección General de Comercio, por la que se convoca el procedimiento para la selección de piezas que formarán parte de la Exposición Itinerante “Artesanía con A de Andalucía” (BOJA de 3 de mayo de 2021). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 27 DE ABRIL DE 2021, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO, POR LA QUE SE CONVOCA EL PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN DE PIEZAS QUE FORMARÁN PARTE DE LA EXPOSICIÓN ITINERANTE “ARTESANÍA CON A DE ANDALUCÍA”.

El III Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía, aprobado por el Decreto 624/2019, de 27 de diciembre, contempla entre sus actuaciones el desarrollo y promoción de la Exposición Itinerante de Artesanía de Andalucía, que tiene como objetivo fundamental promocionar y dar visibilidad a los oficios artesanos y a los productos artesanos andaluces.

La Orden de 7 de abril Vínculo a legislación de 2021 establece el procedimiento para la selección de las piezas que formarán parte de la exposición Itinerante “Artesanía con A de Andalucía”.

De acuerdo con el artículo 3 de la citada orden, la convocatoria para la selección de las piezas a exponer se realizará mediante resolución de la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de artesanía.

Atendiendo al artículo 7 de la misma norma, el examen de las solicitudes se llevará a cabo por un órgano colegiado denominado comisión técnica, que realizará el análisis de las solicitudes y de la documentación acreditativa presentada, y cuyas personas integrantes serán nombradas por la persona titular de la Dirección General de Comercio.

De acuerdo con el artículo 8.2 de la mencionada orden, el Jurado se constituirá para cada convocatoria estableciendo la resolución de convocatoria su composición.

En virtud de lo anterior, y en ejercicio de las atribuciones conferidas,

RESUELVO

Primero. Convocatoria.

Convocar el procedimiento para la selección de las piezas que formarán parte de la Exposición Itinerante “Artesanía con A de Andalucía”.

Segundo. Normativa reguladora.

La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Orden de 7 de abril de 2020, por la que establece el procedimiento para la selección de las piezas que formarán parte de la Exposición Itinerante “Artesanía con A de Andalucía”.

Tercero. Requisitos.

Podrán presentar las solicitudes para participar en el procedimiento de selección de las piezas que formarán parte de la Exposición Itinerante “Artesanía con A de Andalucía”, los sujetos artesanos, personas físicas o jurídicas, inscritas en el Registro de Artesanos de Andalucía, que cumplan a la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos establecidos en el artículo 2 Vínculo a legislación de la Orden de 7 de abril de 2021:

a) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones legales vigentes.

b) No haber sido objeto de sanción, por la Administración, por la comisión de infracciones graves o muy graves contempladas en los artículos 24 Vínculo a legislación y 25 Vínculo a legislación de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía, en los últimos tres años a contar desde la fecha de presentación de las candidaturas.

c) No haber sido objeto de sanción o condena, en los últimos tres años, a contar desde la fecha de presentación de las candidaturas, por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme, por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias o contrarias a la consecución de la igualdad de género, a la igualdad de oportunidades, o a la accesibilidad universal de las personas con discapacidades, por la legislación vigente.

d) No haber sido objeto de sanción o condena, en los últimos tres años, a contar desde la fecha de presentación de las candidaturas, por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme, por prácticas contrarias a la protección de los derechos e intereses legítimos de los consumidores y usuarios.

Cuarto. Plazo de presentación.

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Vínculo a legislación.

Quinto. Presentación de solicitudes.

Las solicitudes, dirigidas a la Directora General de Comercio, se presentarán en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través del portal juntadeandalucia.es de acuerdo a lo establecido en los artículos 4 Vínculo a legislación y 5 Vínculo a legislación de la Orden de 7 de abril de 2021, mediante el formulario de solicitud conforme al modelo que se incorpora como anexo a la presente Resolución, que se encuentra disponible en la página web de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en la siguiente dirección electrónica:

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/transformacioneconomiaindustriaconocimiento yuniversidades/areas/comercio/artesania.html

Sexto. Nombramiento de la Comisión Técnica:

La comisión técnica definida en el artículo 7.3 Vínculo a legislación de la Orden de 7 de abril de 2021 estará compuesta por las personas que se indican a continuación:

a) Presidencia: Don Salvador Puentes Otero, Jefe de Servicio de Promoción Comercial y Artesana, que podrá ser sustituido, en su caso, por la persona en la que delegue.

b) Vocalías: Doña Dolores Díaz Méndez y doña Ana María Jaén Rojas, adscritas al Servicio de Promoción Comercial y Artesana, que podrán ser sustituidas por don Manuel Rodríguez López y don Aurelio Palanco Yaque.

c) Secretaría: Don Juan Antonio Sayago Muñoz, Jefe de Sección de Promoción Instituc. Feriales, que podrá ser sustituido, en su caso, por doña Rosa Maria Rodríguez Pérez Jefa de Sección de Fomento de Artesanía.

Séptimo: Nombramiento del jurado.

a) Presidencia: Doña Lorena Garrido Serrano, Directora General de Comercio, que podrá ser sustituida, en su caso, por la persona en la que delegue.

b) Vicepresidencia: Doña María José López López, Subdirectora de la Dirección General de Comercio, que podrá ser sustituida, en su caso, por la persona en la que delegue.

c) Como vocales:

Doña María Belén Ordóñez Castillo y don Crescencio Peña García, Jefes de Servicio de Comercio de la Delegaciones Territoriales de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en las provincias de Jaén y de Córdoba respectivamente, como personas titulares de los Servicios competentes en materia de artesanía, que podrán ser sustituidos por doña María Dolores Linares Morena y don Juan José Gil Álvarez Jefes de Servicio de Comercio de la Delegaciones en Granada y Huelva respectivamente.

Doña Montserrat Barragán Jane, Jefa de Servicio de Museos, en representación de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico que podrá ser sustituida por don José Mario García Cáceres, Jefe de Servicio de Planificación.

Don Rafael Rodríguez Obando, Director del Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla, persona de reconocido prestigio en materia de artesanía, que podrá ser sustituido, en su caso, por Doña Elena Hernández de la obra.

d) Secretaría: don Salvador Puentes Otero, Jefe de Servicio de Promoción Comercial y Artesana de la Dirección General de Comercio, que podrá ser sustituido, en su caso, por don José Antonio Espinosa Reina, Jefe de Servicio de Planificación Presupuestaria y Coordinación Administrativa.

Octavo: Fallo y publicación.

Conforme al artículo 11 Vínculo a legislación de la Orden de 7 de abril de 2021, el fallo del Jurado será motivado y en él figurará el nombre de las piezas y talleres artesanos seleccionados para participar en la Exposición Itinerante “Artesanía con A de Andalucía”. Dicho fallo se hará público en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de Comercio.

El plazo máximo para resolver y publicar el fallo del Jurado será de tres meses, a contar desde el día siguiente a la terminación del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiere dictado y publicado resolución expresa, las personas interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo, de acuerdo con el artículo 25.1.a) Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Noveno. Eficacia de la resolución y recursos.

La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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