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Ayudas a Inversiones en la mejora de la Bioseguridad de las explotaciones ganaderas

29/04/2021
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Resolución 22E/2021, de 30 de marzo, del Director General de Desarrollo Rural, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para 2021 de las Ayudas a Inversiones en la mejora de la Bioseguridad de las explotaciones ganaderas. Identificación BDNS: 555563 (BON de 28 de abril de 2021). Texto completo.

RESOLUCIÓN 22E/2021, DE 30 DE MARZO, DEL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO RURAL, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y LA CONVOCATORIA PARA 2021 DE LAS AYUDAS A INVERSIONES EN LA MEJORA DE LA BIOSEGURIDAD DE LAS EXPLOTACIONES GANADERAS. IDENTIFICACIÓN BDNS: 555563.

Conforme al artículo 50 1.a) de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral (LORAFNA), Navarra ostenta, en virtud de su régimen foral, competencia exclusiva en materia de agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía.

El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente mantiene especial interés en el mantenimiento y mejora de la competitividad del sector agrario. A este respecto, es evidente la profundidad y velocidad de los cambios del escenario técnico-económico y de mercado en el que se desenvuelve el sector primario. Ello le obliga a una adaptación equivalente con el objetivo de mantener los niveles de competitividad y eficiencia que aseguren su sostenibilidad.

Las enfermedades animales pueden causar graves pérdidas económicas en las explotaciones ganaderas, tanto individualmente, como de manera conjunta a zonas más extensas, incluso a nivel de comunidad o de país. La implementación de medidas de prevención es una de las herramientas más eficientes para evitar pérdidas.

La inversión en bioseguridad puede considerarse una mejora necesaria que contribuye al fortalecimiento de todo el sector ganadero en su conjunto en tanto que aumenta la confianza de socios comerciales, permite una mayor producción y una mejora de la calidad sanitaria de las producciones, disminuye el riesgo de entrada de enfermedades en las explotaciones, y de producirse la infección, reduce su capacidad de difusión.

Por otro lado, la bioseguridad se ha convertido en uno de los asuntos centrales en materia sanitaria, lo que se ve reflejado en la incorporación de la misma como aspecto fundamental dentro de las medidas de prevención que se postulan en la nueva Ley de Sanidad Animal Europea publicada a finales de 2015 (Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento europeo y del Consejo de 9 de marzo de 2016).

En consecuencia el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente pone en marcha la presente línea de ayudas a inversiones en mejora de la bioseguridad de las explotaciones ganaderas de Navarra, que tienen como finalidad la mejora de los niveles de seguridad sanitaria suficientes en la cabaña ganadera tanto en los riesgos de difusión de enfermedades entre explotaciones ganaderas como en la posible influencia de la fauna silvestre como reservorio y fuente de contagio de algunas enfermedades que afectan a la fauna doméstica.

Las ayudas recogidas en esta convocatoria se encuadran en las previstas en el artículo 14 del Reglamento (UE) número 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Previamente a la aprobación de esta norma, la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europea, acusó recibo del formulario de información resumida comunicado por Comunidad Foral de Navarra, y registró el proyecto de norma arriba indicado como la ayuda SA. 55340.

Las ayudas a Inversiones en la mejora de la Bioseguridad de las explotaciones ganaderas se encuadran en el artículo 14 del Reglamento (UE) número 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado de funcionamiento de la Unión Europea.

Dado que se cumplen los requisitos establecidos en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, y que la vigencia del presente régimen de ayudas se extiende hasta el 31 de diciembre de 2020, de conformidad con el Reglamento (UE) número 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. No obstante su periodo de aplicación, teniendo en cuenta que el procedimiento legislativo relativo a la reforma de la PAC aún sigue en curso y la adopción del marco jurídico, incluidos los actos delegados y de ejecución subsiguientes, puede demorarse algún tiempo, el Reglamento (UE) 2020/2008 de la Comisión de 8 de diciembre de 2020 por el que se modifica el Reglamento (UE) número 702/2014 (UE) en lo que respecta a su período de aplicación la prorrogado su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.

La Comunidad Foral de Navarra en atención a la prórroga de los instrumentos de ayuda estatal y de los regímenes existentes que expiraban a 31 de diciembre de 2020, pretende aprobar para el ejercicio 2021 la correspondiente convocatoria de ayudas a Inversiones en la mejora de la Bioseguridad de las explotaciones ganaderas.

A la presente resolución le es de aplicación la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Institucional Foral, y el Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1. Aprobar la convocatoria y las bases reguladoras para 2021 de las ayudas a las medidas de bioseguridad de las explotaciones ganaderas.

2. Registrar las bases reguladoras y la convocatoria en la Base de Datos del Gobierno de Navarra de Subvenciones (BDGNS).

3. Aprobar el modelo sobre la obligación de declaración de transparencia, al que se puede acceder a través del siguiente enlace:

http://www.navarra.es/appsext/DescargarFichero/default.aspx?CodigoCompleto=Portal@@@epub/BON/IMPRESOSG/001_Transparencia_C.pdf

4. Autorizar un gasto en el ejercicio 2021 de 250.000,00 euros para atender los compromisos derivados de esta resolución, con cargo a la partida 720004 72230 7700 412105 “Inversiones mejora de bioseguridad en explotaciones ganaderas” de los Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio 2021.

El crédito autorizado podrá incrementarse en una cuantía máxima de 750.000 de euros, con cargo a la partida 720004 72230 7700 412104 “Ayudas a inversiones de cooperativas de uso en común de maquinaria” de los Presupuestos Generales de Navarra del ejercicio 2021, de conformidad con las condiciones establecidas en la letra a) del número artículo 31.3) de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre de Subvenciones, y condicionado a la existencia de disponibilidad presupuestaria.

La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la publicación del crédito finalmente disponible en la Base de Datos Nacional de subvenciones y en el Boletín de Navarra, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.

Esta publicación no implicará la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes, ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver la convocatoria.

5. El plazo de presentación de las solicitudes será de será de treinta días a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

6. Las zonas de montaña, alta montaña y distintas de las de montaña con limitaciones naturales significativas son las que se recogen en el Anexo V de la Orden Foral 76/2020, de 18 de mayo, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que convoca, para la campaña 2020, la Solicitud Única relativa a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería financiados por el FEAGA y a determinadas ayudas del Programa de Desarrollo Rural y de Estado, las solicitudes de derechos a la Reserva Nacional, la presentación de solicitudes de modificación al SIGPAC y la notificación anual a efectos de su inscripción en el Registro General de la Producción Agrícola.

7. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

8. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Anexos

Omitidos.

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