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Premios Valedora del Pueblo a los mejores trabajos fin de grado (TFG) y trabajos fin de máster (TFM) en materia de igualdad y derechos de las mujeres

27/04/2021
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Se aprueba la convocatoria de la segunda edición de los premios Valedora del Pueblo a los mejores trabajos fin de grado (TFG) y trabajos fin de máster (TFM) en materia de igualdad y derechos de las mujeres.

BASES

Primera. Objeto

Estas bases tienen como objeto regular la concesión de los II premios Valedora del Pueblo a los mejores trabajos fin de grado (TFG) y trabajos fin de máster (TFM) en materia de igualdad y derechos de las mujeres.

Segunda. Requisitos

Los trabajos deberán destacar por su elevado valor en materia de igualdad y derechos de las mujeres.

Los derechos sobre los trabajos presentados no podrán estar cedidos a terceros con carácter de exclusividad.

Los trabajos deberán haber sido leídos, defendidos o juzgados y aprobados, según proceda, ante cualquier universidad gallega durante el curso académico 2020/21.

Los trabajos serán presentados en idioma gallego o castellano. En caso de que se presentaran en idioma distinto de los anteriores, deberá aportarse traducción.

Tercera. Solicitudes

Las solicitudes se ajustarán a los modelos de instancia que figuran como anexos I y II, que estarán a disposición de las personas interesadas en la dirección electrónica de la Valedoría del Pueblo (www.valedordopobo.gal), y de la Universidad de Santiago de Compostela (www.usc.es), de la Universidad de A Coruña (www.udc.es) y de la Universidad de Vigo ( www.uvigo.es), y en el registro de la Valedoría del Pueblo (calle del Hórreo n.º 65, 15701 Santiago de Compostela, A Coruña), de 9.00 a 14.00 y de 16.30 a 19.00 horas, de lunes a viernes, y en los registros de las universidades firmantes.

Con las solicitudes se presentará la siguiente documentación:

a) Trabajos fin de grado (TFG) y trabajos fin de máster (TFM) en formato papel y en formato electrónico (CD o pendrive en formato word, libreoffice o latex), totalmente anonimizados (anexo I).

b) Asimismo, se adjuntará un sobre cerrado que en el exterior indique el título del trabajo y en su interior la persona autora, el departamento, la facultad y la universidad (anexo II). Este permanecerá en custodia del secretario general de la institución hasta el fallo del jurado, momento en que se abrirá.

Las personas interesadas podrán presentar su solicitud únicamente a uno de los premios.

Las identificaciones que resulten precisas en aplicación de la normativa de registros serán custodiadas únicamente por los funcionarios responsables de los mismos y permanecerán ocultas para el jurado.

Cuarta. Lugar y plazo de presentación

Los trabajos, dirigidos a la Valedora del Pueblo, se presentarán en el registro de la Valedoría del Pueblo o en los registros de la Universidad de Santiago de Compostela, de la Universidad da A Coruña o de la Universidad de Vigo, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

En el supuesto de que no se presenten en el registro de las entidades convocantes deberá enviarse, dentro del plazo de presentación, una comunicación vía e-mail ([email protected]), en la que se detalle el medio utilizado de presentación, evitando la identificación personal, según el modelo que consta en el anexo III.

Las solicitudes se presentarán a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y hasta el 15 de octubre de 2021. Las personas interesadas podrán consultar las bases de la convocatoria en el DOG y en las páginas web de la Valedoría del Pueblo y de las universidades gallegas.

Si la solicitud no reúne los datos o los documentos exigidos, la persona interesada dispondrá de 10 días hábiles para corregir la falta o aportar los documentos preceptivos desde la recepción de la notificación de subsanación. En caso de que no lo hubiera hecho, será considerada desistida de su petición.

Sin perjuicio de lo anterior, se podrá requerir a la persona solicitante para que aporte cuantos datos, documentos complementarios y aclaraciones resulten necesarios para la valoración del trabajo presentado. De no hacerlo, será considerada desistida de su petición.

Las comunicaciones se realizarán exclusivamente a través de la dirección de correo electrónico proporcionada por las personas solicitantes.

Quinta. Jurado

1. El jurado estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidencia: Dolores Fernández Galiño, Valedora del Pueblo.

Vocales:

María Xosé Portero García, adjunta a la Valedora del Pueblo.

Antonio López, rector de la Universidad de Santiago de Compostela o persona en la que delegue, elegida por su trayectoria profesional y personal en materia de igualdad.

Julio Abalde, rector de la Universidad de A Coruña o persona en la que delegue, elegida por su trayectoria profesional y personal en materia de igualdad.

Manuel Reigosa, rector de la Universidad de Vigo o persona en la que delegue, elegida por su trayectoria profesional y personal en materia de igualdad.

Verónica Pérez-Outumuro Souto, asesora de la Valedoría del Pueblo en materia de género.

Secretaría: Fernando de Andrés, secretario general de la Valedoría del Pueblo.

2. Una vez constituido el jurado, se publicará la relación nominal de sus componentes en la página web de la Valedoría del Pueblo.

3. De manera orientativa, el procedimiento a seguir por el jurado será:

a) Cada integrante del jurado dará a cada trabajo, según su acreditado saber, una puntuación de 0 a 2.

b) Pasarán a la siguiente fase aquellos trabajos que obtuvieran la puntuación máxima de, por lo menos, un miembro del jurado de la Valedoría y, por lo menos, un miembro del jurado en representación de las universidades.

c) De los trabajos que pasen a la segunda fase, cada miembro del jurado, según su acreditado saber, propondrá una antología de aquellos trabajos que considere que pueden optar a cada premio, exponiendo sucintamente las razones de su propuesta.

d) En la última fase la deliberación y votación comenzará por los trabajos que hayan obtenido mayores apoyos, sucintamente expuestos entre los miembros del jurado.

4. Para lo no dispuesto en estas bases, serán de aplicación las normas contenidas en los capítulos II, sección tercera, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público.

Sexta. Fallo

Una vez valorados los trabajos fin de grado (TFG) y trabajos fin de máster (TFM) presentados, el jurado emitirá el fallo en el plazo máximo de seis meses contados a partir del día de finalización del plazo de presentación.

Las decisiones se tomarán por mayoría, teniendo la presidencia del jurado voto de calidad en caso de empate.

El jurado podrá otorgar premio ex aequo al mejor trabajo fin de grado (TGF) o al mejor trabajo fin de máster (TFM). En este caso, se les otorgará el diploma acreditativo, dividiendo la cuantía económica fijada entre las personas premiadas en cada categoría.

En el caso de considerar que los trabajos presentados no tienen la calidad suficiente, se podrá declarar alguno o todos los premios desiertos.

El fallo del jurado será inapelable y se publicará en el Diario Oficial de Galicia y en las páginas web de las entidades convocantes.

Séptima. Aceptación de las bases y autorización a las entidades convocantes de los premios para la publicación

La participación en esta convocatoria supone la aceptación expresa de las presentes bases, así como la autorización a la Valedora del Pueblo para la publicación, por cualquier medio, de los trabajos premiados. A efectos de su publicación, se podrá solicitar la adaptación del trabajo a lo habitual de las publicaciones institucionales.

Octava. Dotación y tramitación de los premios

1. El jurado podrá conceder los siguientes premios:

- Premio al mejor trabajo fin de grado (TFG): 1.000 € y diploma acreditativo.

- Premio al mejor trabajo fin de máster: 1.000 € y diploma acreditativo.

2. Los premios se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 01.02.111B 480.00 de la institución de la Valedora del Pueblo para 2021, en la que existe crédito adecuado y suficiente.

3. El pago de los premios estará sujeto a las retenciones y al régimen fiscal que sea de aplicación.

4. Una vez notificado el premio, las personas premiadas deberán aportar, en el plazo de quince días, la siguiente documentación:

- Certificado académico especificando el título del trabajo, director/a del mismo, calificación obtenida y, en su caso, fecha de lectura y tribunal que la juzgó.

- Acreditación de estar al corriente de sus obligaciones con la Hacienda estatal y autonómica y con la Seguridad Social.

- Copia del certificado de cuenta bancaria de su titularidad.

- Declaración responsable sobre el régimen fiscal de las personas premiadas.

Novena. Revocación de los premios

El incumplimiento de las condiciones que se hubieran tenido en cuenta para la concesión de los premios podrá dar lugar a su revocación, así como al reintegro de las cantidades percibidas.

Décima. Datos de carácter personal

Las instituciones convocantes publicarán en su página web oficial las distintas fases de tramitación del procedimiento de concesión de los premios, por lo que la presentación de la solicitud lleva implícita la autorización para el tratamiento necesario de los datos de las personas presentadas y de su publicación en la página web institucional.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, se informa de que los datos personales recogidos en la solicitud de participación en la convocatoria se incorporarán a un fichero para su tratamiento, con la finalidad de la gestión de este procedimiento. Los/las solicitantes podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la ley mediante un escrito dirigido a la Valedoría del Pueblo.

Decimoprimera. Facultades de la Valedora del Pueblo

Se faculta a la Valedora del Pueblo a dictar las resoluciones necesarias para el adecuado desarrollo de esta convocatoria.

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