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Segundo Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Puerto del Carmen

14/04/2021
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Resolución de 30 de marzo de 2021, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento, de la Sentencia de 21 de diciembre de 2018, dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, recaída en el procedimiento ordinario n.º 24/2014, promovido por D. Richard Fearn contra el Decreto 123/2013, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Segundo Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Puerto del Carmen (municipio de Tías, Lanzarote) (BOC de 13 de abril de 2021). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 30 DE MARZO DE 2021, POR LA QUE SE DISPONE LA PUBLICACIÓN, PARA GENERAL CONOCIMIENTO, DE LA SENTENCIA DE 21 DE DICIEMBRE DE 2018, DICTADA POR LA SECCIÓN SEGUNDA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS, RECAÍDA EN EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO N.º 24/2014, PROMOVIDO POR D. RICHARD FEARN CONTRA EL DECRETO 123/2013, DE 26 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL SEGUNDO PLAN DE MODERNIZACIÓN, MEJORA E INCREMENTO DE LA COMPETITIVIDAD DE PUERTO DEL CARMEN (MUNICIPIO DE TÍAS, LANZAROTE)

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, dictó Sentencia con fecha 21 de diciembre de 2018 en el procedimiento ordinario n.º 24/2014, promovido por D. Richard Fearn, contra el Decreto 123/2013, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Segundo Plan para la Modernización, Mejora e Incremento de la competitividad de Puerto del Carmen (municipio de Tías, Lanzarote).

Una vez notificada dicha sentencia, ya firme, procede su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento de lo prevenido en el art.º. 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio Vínculo a legislación, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

En su virtud, vistas las disposiciones legales de aplicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 118 Vínculo a legislación de la Constitución Española, el artículo 17.2 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo y 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio Vínculo a legislación, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

R E S U E L V O:

Dar publicidad en el Boletín Oficial de Canarias, para general conocimiento y cumplimiento, al Fallo de la Sentencia firme, de 21 de diciembre de 2018, en el procedimiento ordinario n.º 24/2014, promovido por D. Richard Fearn, contra el Decreto 123/2013, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Segundo Plan para la Modernización, Mejora e Incremento de la competitividad de Puerto del Carmen (municipio de Tías, Lanzarote) (BOC n.º 10, de 16.1.14), cuyo tenor literal es el siguiente:

"Que debemos estimar y estimamos el recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por la Procuradora Dña. Mercedes Ramírez Jiménez, en nombre y representación de D. Richard Fearn, contra el Decreto del Gobierno de Canarias, de aprobación definitiva del plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Puerto del Carmen, mencionado en el Antecedente Primero, el cual declaramos nulo de pleno derecho por haberse aprobado definitivamente sin el previo informe, preceptivo y vinculante, del artículo 117.2 de la Ley de Costas. Con imposición de las costas del proceso a la Administración demandada y Administraciones codemandadas, con el límite señalado en el último Fundamento."

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