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Mapa Sanitario de Asturias

09/04/2021
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Decreto 16/2021, de 26 de marzo, de octava modificación del Decreto 112/1984, de 6 de septiembre, por el que se aprueba, con carácter definitivo, el Mapa Sanitario de Asturias, y se dictan normas para su puesta en práctica (BOPA de 8 de abril de 2021). Texto completo.

DECRETO 16/2021, DE 26 DE MARZO, DE OCTAVA MODIFICACIÓN DEL DECRETO 112/1984, DE 6 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA, CON CARÁCTER DEFINITIVO, EL MAPA SANITARIO DE ASTURIAS, Y SE DICTAN NORMAS PARA SU PUESTA EN PRÁCTICA.

Preámbulo

I

En ejercicio de la competencia exclusiva del Estado sobre las bases y coordinación general de la sanidad reconocida en el artículo 149.1.16.ª Vínculo a legislación de la Constitución y con el objeto de hacer efectivo el derecho a la protección de la salud reconocido en su artículo 43 Vínculo a legislación, se aprobó la Ley 14/1986, de 25 de abril Vínculo a legislación, General de Sanidad.

Esta norma, en su artículo 56, prevé que las Comunidades Autónomas delimitarán y constituirán en su territorio demarcaciones denominadas Áreas de Salud para organizar un sistema sanitario coordinado e integral. Estas Áreas se constituyen en las estructuras geográficas y funcionales fundamentales del sistema sanitario, responsabilizadas de la gestión unitaria de los centros y establecimientos del Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma en su demarcación territorial y de las prestaciones sanitarias y programas sanitarios a desarrollar por ellos.

Con anterioridad a la aprobación de la citada ley, el Real Decreto 137/1984, de 11 de enero Vínculo a legislación, sobre estructuras básicas de salud, había regulado la delimitación de la Zona de Salud como marco territorial de la atención primaria de salud.

Por su parte, el Principado de Asturias, en ejercicio de la competencia de desarrollo legislativo en materia de sanidad e higiene, en el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, recogida en el artículo 11.2 del Estatuto de Autonomía, aprobó el Decreto 84/1984, de 14 de junio, sobre ordenación sanitaria territorial del Principado de Asturias, y el Decreto 112/1984, de 6 de septiembre, por el que se aprueba, con carácter definitivo el Mapa Sanitario de Asturias, y se dictan normas para su puesta en práctica, que derogó el anterior. A través de estas disposiciones se adaptó el Mapa Sanitario de Asturias a la filosofía y criterios de actuación introducidos en la ordenación sanitaria por el Real Decreto 137/1984, de 11 de enero Vínculo a legislación.

Posteriormente, el artículo 19 Vínculo a legislación de la Ley del Principado de Asturias 1/1992, de 2 de julio, del Servicio de Salud del Principado de Asturias, ordenó el sistema sanitario de la Comunidad Autónoma en demarcaciones territoriales denominadas áreas de salud, que constituyen, a su vez, las unidades funcionales y de gestión fundamentales del Servicio de Salud del Principado de Asturias y estableció el número de áreas de salud, las localidades cabeceras de área, donde se ubica el Centro de referencia para la atención especializada, y los concejos incluidos en cada una de las áreas de salud.

Con posterioridad a la transferencia de competencias en materia de atención sanitaria efectuada al amparo del Real Decreto 1471/2001, de 27 de diciembre, sobre traspaso al Principado de Asturias de las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud, la Ley del Principado de Asturias 7/2019, de 29 de marzo Vínculo a legislación, de Salud, que derogó la Ley 1/1992, de 2 de julio Vínculo a legislación, configura el Mapa Sanitario del Principado de Asturias como el principal instrumento de planificación territorial sanitaria de la Comunidad Autónoma para la correcta asignación de los recursos, incluyendo la sectorización de los servicios, conforme prevé su artículo 15.1, que establece su ordenación en Áreas de Salud, Zonas Básicas y Especiales de Salud y Distritos de Salud. Estas demarcaciones territoriales se regulan a su vez en los artículos 16 a 18 de la citada ley. Su artículo 15.2 dispone que la aprobación y la modificación del Mapa Sanitario se llevará a cabo mediante decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de sanidad y habiendo oído al Consejo de Salud del Principado de Asturias.

Al tener en cuenta en su elaboración un conjunto de indicadores que provienen de diversos ámbitos (el sociodemográfico, el de disponibilidad de recursos sanitarios y el de accesibilidad de los servicios) la variación de éstos determina que el mismo sea esencialmente mutable, adaptándose en cada momento a la realidad sociológica que abarca.

En ese sentido cabe recordar que, aprobado por Decreto 112/1984, de 6 de septiembre, el Mapa Sanitario de Asturias, ha sido modificado varias veces desde entonces; en tal sentido pueden citarse, el Decreto 53/1986, de 30 de abril; el Decreto 45/1987, de 28 de mayo; el Decreto 117/1989, de 27 de diciembre; el Decreto 44/1995, de 30 de marzo; el Decreto 87/2001, de 2 de agosto; el Decreto 80/2006, de 29 de junio, y la última de ellas mediante el Decreto 9/2007, de 31 de enero.

II

En el tiempo transcurrido desde la última modificación del Mapa Sanitario se han producido cambios en la distribución de la población y en la consiguiente demanda de atención sanitaria, lo que ha determinado la incorporación o supresión de Centros de Salud y Consultorios Periféricos, que en unos casos ya se ha hecho efectiva y en otros se encuentra en fase de planificación o ejecución. El Mapa Sanitario que se recoge en el anexo de este decreto refleja el resultado de ese proceso.

En este sentido, se crean el Centro de Salud La Calzada II, en la Zona Básica de Salud V.2 Gijón-La Calzada (Área V), y los Consultorios Periféricos de Nuevo Roces, en la Zona Básica de Salud V.7 Gijón-Contrueces-Vega-La Camocha-Nuevo Roces, y del Valle de Turón, en la Zona Básica de Salud VII.3 Mieres-Figareo-Uxo-Turón.

Al mismo tiempo se suprimen los siguientes consultorios periféricos:

a) Consultorio Periférico Balmonte en la Zona Básica de Salud I.5 Vegadeo-Castropol-San Tirso de Abres.

b) Consultorio Periférico Presno en la Zona Básica de Salud I.5 Vegadeo-Castropol-San Tirso de Abres.

c) Consultorio Periférico Ricastiel.lu en la Zona Básica de Salud II.1 Tineo/Tinéu.

d) Consultorio Periférico Cibea en la Zona Básica de Salud II.2 Cangas del Narcea.

e) Consultorio Periférico Los Campos en la Zona Básica de Salud III.5 Corvera.

f) Consultorio Periférico Sotu en la Zona Básica de Salud VI.3 Parres.

g) Consultorio Periférico El Llegu en la Zona Básica de Salud VII.3 Mieres-Figareo-Uxo-Turón.

h) Consultorio Periférico Turón La Cuadriella en la Zona Básica de Salud VII.3 Mieres-Figareo-Uxo-Turón.

Por otra parte, se ha dado una denominación a cada una las Zonas Básicas y Especiales de Salud del Mapa Sanitario, incluyendo en la misma el nombre o los nombres de los concejos incluidos u otra referencia a su ámbito territorial. En anteriores revisiones del Mapa Sanitario no se había llegado a atribuir una denominación a todas las zonas.

Asimismo, se ha realizado una delimitación más precisa de algunas Zonas Básicas de Salud para adaptarlas a la situación actual.

Finalmente se han adaptado los nombres de las entidades de población, cuando estos hayan sido actualizados, a la toponimia oficial del Principado de Asturias.

III

La tramitación de la presente disposición se adecua a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 33.2 Vínculo a legislación de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, el proyecto de disposición se ha sometido a información pública y a trámite de audiencia. De acuerdo con el artículo 15.2 Vínculo a legislación de la Ley del Principado de Asturias 7/2019, de 29 de marzo, se ha oído al Consejo de Salud del Principado de Asturias.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Salud, de acuerdo con el Consejo Consultivo del Principado de Asturias, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión de 26 de marzo de 2021,

DISPONGO

Artículo único.-Modificación del Decreto 112/1984, de 6 de septiembre, por el que se aprueba, con carácter definitivo, el Mapa Sanitario de Asturias, y se dictan normas para su puesta en práctica.

El Decreto 112/1984, de 6 de septiembre, por el que se aprueba, con carácter definitivo, el Mapa Sanitario de Asturias, y se dictan normas para su puesta en práctica, queda modificado como sigue:

Uno.-La disposición final primera queda redactada del siguiente modo:

“La revisión del Mapa Sanitario del Principado de Asturias se acometerá como máximo cada cinco años desde la entrada en vigor de la última modificación que se apruebe.”

Dos.-El anexo queda modificado en los términos que se recogen en el anexo del presente decreto.

Disposición derogatoria única.-Derogación normativa

1. Quedan derogadas la disposición adicional única y la disposición final primera del Decreto 80/2006, de 29 de junio, de sexta modificación del Decreto 112/1984, de 6 de septiembre por el que se aprueba el Mapa Sanitario de Asturias y se dictan normas para su puesta en práctica.

2. Quedan, asimismo, derogadas a la entrada en vigor del presente decreto las disposiciones de igual o inferior rango emanadas de los órganos de la Comunidad Autónoma que se opongan a lo establecido en el mismo.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Anexo

La ordenación sanitaria territorial del Principado de Asturias quedará configurada por los límites geográficos de la propia demarcación administrativa. Se estructura en ocho Áreas administrativas, denominadas Áreas de Salud:

Número I, con cabecera en Jarrio.

Número II, con cabecera en Cangas del Narcea.

Número III, con cabecera en Avilés.

Número IV, con cabecera en Oviedo.

Número V, con cabecera en Gijón/Xixón.

Número VI, con cabecera en Arriondas/Les Arriondes.

Número VII, con cabecera en Mieres del Camín.

Número VIII, con cabecera en Llangréu/Langreo.

Cuando se cite una calle u otro tipo de vía sin hacer mención a su exclusión o delimitación de determinados números, se entenderá su inclusión íntegra en la Zona Básica de salud.

ÁREA SANITARIA I

Zona Básica de Salud I.1 Valdés-Trevías.

Comprende el territorio de las parroquias de Alienes, Arcayana, Ayones, Cadavéu, Caneiru (excepto los lugares de Caroyas y Cueva, que se incluyen en la Zona Básica de Salud I.2), Carcéu, Castañéu, Muñás, Paredes y Trevías, todas ellas pertenecientes al concejo de Valdés.

Centro de Salud: Trevías.

Consultorios Periféricos: Ayones, Cadavéu, Carcéu, Muñás, Paredes y Queirúas.

Zona Básica de Salud I.2 Valdés- L.luarca.

Comprende el territorio del resto del concejo de Valdés, formado por las parroquias de Barcia, L.luarca, La Montaña, Outur y Santiagu, y los lugares de Caroyas y Cueva, de la parroquia de Caneiru.

Centro de Salud: L.luarca.

Consultorio Periférico: Belén (La Montaña).

Zona Básica de Salud I.3 Navia-Coaña/Cuaña.

Comprende el territorio de los concejos de Coaña/Cuaña y Navia.

Centro de Salud: Navia.

Consultorios Periféricos: Puerto de Vega (Navia) y El Espín (Coaña/Cuaña).

Zona Básica de Salud I.4 Tapia-El Franco.

Comprende el territorio de los concejos de El Franco y Tapia de Casariego.

Centro de Salud: Tapia.

Consultorio Periférico: A Caridá (El Franco).

Zona Básica de Salud I.5 Vegadeo-Castropol-San Tirso de Abres.

Comprende el territorio de los concejos de Castropol, San Tirso de Abres y Vegadeo.

Centro de Salud: Vegadeo.

Consultorios Periféricos: Figueras (Castropol), Castropol y San Tiso (San Tirso de Abres).

Zona Especial de Salud 1.1 Taramundi.

Comprende el territorio del concejo de Taramundi.

Consultorio Local: Taramundi.

Zona Especial de Salud 1.2 Oscos.

Comprende el territorio de los concejos de Santa Eulalia, San Martín y Villanueva de Oscos.

Consultorios Locales: Santalla (Santa Eulalia de Oscos), Samartín (San Martín de Oscos) y Vilanova (Villanueva de Oscos).

Zona Especial de Salud 1.3 Grandas de Salime-Pesoz.

Comprende el territorio de los concejos de Grandas de Salime y Pesoz.

Consultorios Locales: Grandas de Salime y Pezós/Pesoz.

Zona Especial de Salud 1.4.Boal.

Comprende el territorio del concejo de Boal.

Consultorio Local: Bual.

Zona Especial de Salud 1.5 Villayón.

Comprende el territorio de concejo de Villayón.

Consultorios Locales: Villayón y Ponticella.

Zona Especial de Salud 1.6 Eilao.

Comprende el territorio del concejo de Eilao.

Consultorio Local: Eilao.

ÁREA SANITARIA II

Zona Básica de Salud II.1 Tineo/Tinéu.

Comprende el territorio del concejo de Tineo/Tinéu, excepto los lugares de Moure y Tamallanes que se incluyen en la Zona Especial de Salud. 2.1 Allande.

Centro de Salud: Tinéu

Consultorios Periféricos: Navelgas, Bárzana, Xera, Tuña y Soutu.

Zona Básica de Salud II.2 Cangas del Narcea.

Comprende el territorio del concejo de Cangas del Narcea.

Centro de Salud: Cangas del Narcea

Consultorios Periféricos: Bisuyu, Tubongu, San Xiulianu y La Venta.

Zona Especial de Salud 2.1 Allande.

Comprende el territorio del concejo de Allande, incluyendo los lugares de Moure y Tamallanes que pertenecen al concejo de Tinéu

Consultorios Locales: Pola de Allande y Berducedo.

Zona Especial de Salud 2.2 Ibias.

Comprende el territorio del concejo de Ibias.

Consultorios Locales: San Antolín de Ibias y Tormaleo.

Zona Especial de Salud 2.3 Degaña.

Comprende el territorio del concejo de Degaña.

Consultorios Locales: Zarréu y Degaña.

ÁREA SANITARIA III

Zona Básica de Salud III.1 Avilés-Sabugo.

Comprende el territorio del concejo de Avilés limitado al Norte y Oeste, por el concejo de Castrillón. Al Este, por la ría de Avilés. Al Sur, por las calles Emile Robin, plaza de Pedro Menéndez, Rui Pérez (las tres excluidas de esta Zona Básica e incorporadas a la Zona Básica de Salud III.10, junto con la exclusión del n.º 2 de la Avda. de los Telares, que se incorpora a la Zona Básica de Salud III.10), Cuba, Alcalde Francisco Orejas Sierra, José Cueto (excluido el n.º 76, que se incorpora a la Zona Básica de Salud III.2), Victoria Kent hasta su cruce con María Lejárraga, María Lejárraga y su continuación por la AS-320 (carretera de La Plata) hasta su límite con el concejo de Castrillón.

Se incluye en esta Zona Básica la parroquia de San Cristoba/San Cristóbal de Entreviñas, excepto las poblaciones de Gaxín y El Caliero, que se adscriben a la Zona Básica de Salud III.2.

Centro de Salud: Sabugo

Zona Básica de Salud III.2 Avilés-Carbayedo-El Quirinal.

Comprende el territorio del concejo de Avilés limitado al Norte, con la Zona Básica de Salud III.1 (se incluye el n.º 76 de la calle José Cueto). Al Este, por calle Alcalde Francisco Orejas Sierra, Claudio Luanco (las dos calles excluidas de esta Zona Básica), se continúa con una línea imaginaria hasta Dr. Severo Ochoa, Dr. Severo Ochoa, Avda. de Portugal, Río San Martín, Buenavista (las tres últimas calles están excluidas de esta Zona Básica e incluidas en la Zona Básica de Salud III.3) hasta el límite con el concejo de Corvera. Al Sur, por la AS-237 (carretera Avilés-Grau/Grado), excluyendo los barrios de La Carriona y Miranda que se incluyen en la Zona Básica de Salud III.3. Al Oeste, por el concejo de Castrillón.

Se incluyen las poblaciones de Gaxín y El Caliero de la parroquia de San Cristoba/San Cristóbal de Entreviñas.

Centro de Salud: Quirinal

Zona Básica de Salud III.3 Avilés-La Magdalena-La Carriona-Illas.

Comprende el territorio del concejo de Avilés limitado al Noreste, por la Avda. de Cervantes (números pares) y Gutiérrez Herrero. Al Este, con la Travesía Canapés y su prolongación por la variante de la N-632, que se continúa a través de una línea imaginaria que llega hasta el límite con el concejo de Corvera. Al Sur, con el concejo de Corvera. Al Oeste, por la Avda. de Portugal, Río San Martín y Buenavista y AS-237 (carreta Avilés-Grado).

Incluye la parroquia de La Madalena de Corros, el concejo de Illas y las poblaciones de Miranda y La Cruz d´Illes, tanto las partes de ambas que corresponden al concejo de Avilés como al concejo de Castrillón.

Centro de Salud: La Magdalena.

Consultorios Periféricos: La Carriona (Avilés) y La Llaguna (Illas).

Zona Básica de Salud III.4 Avilés-Villalegre-La Luz-Llaranes.

Comprende el territorio del concejo de Avilés limitado al Oeste, con las zonas básicas III.3 y III.10. Al Sur y Este, con el concejo de Corvera. Al Norte, con la Zona Básica de Salud III.10 mediante la línea de ferrocarril FEVE, desde el cruce con la Travesía Canapés hasta el límite con el concejo de Corvera.

Centro de Salud: Villalegre-La Luz

Consultorio Periférico: Llaranes.

Zona Básica de Salud III.5 Corvera.

Comprende el territorio del concejo de Corvera de Asturias.

Centro de Salud: Las Vegas/Les Vegues-Los Campos.

Consultorios Periféricos: Cancienes y Trasona/Tresona.

Zona Básica de Salud III.6 Cudillero.

Comprende el territorio del concejo de Cudillero.

Centro de Salud: Cudillero

Consultorios Periféricos: Oviñana y San Martín de Luiña.

Zona Básica de Salud III.7 Pravia-Muros-Soto del Barco

Comprende el territorio de los concejos de Muros, Pravia y Soto del Barco.

Centro de Salud: Pravia.

Consultorios Periféricos: Muros, San Esteban (Muros), L´Arena (Soto del Barco) y Sotu (Soto del Barco).

Zona Básica de Salud III.8 Castrillón.

Comprende el territorio del concejo de Castrillón, excepto las partes de La Cruz d´Illes y Miranda correspondientes a este concejo, que se incluyen en la Zona Básica de Salud III.3.

Centro de Salud: Piedrasblancas.

Consultorio Periférico: Raíces Nuevo/La Fundición-Salinas.

Zona Básica de Salud III.9 Gozón.

Comprende el territorio del concejo de Gozón, excepto la parroquia de Llaviana, que se incluye en la Zona Básica de Salud III.10.

Centro de Salud: Lluanco/Luanco.

Consultorio Periférico: Mazaneda.

Zona Básica de Salud III.10 Avilés-Centro.

Comprende el territorio urbano del concejo de Avilés limitado al Norte, por el concejo de Gozón. Al Oeste, por la calle Emile Robin (se incluye el n.º 2 de la Avda. de los Telares), Plaza de Pedro Menéndez, Rui Pérez, Cuba, Alcalde Francisco Orejas Sierra (las dos últimas calles se excluyen de esta Zona Básica y se incluyen en la Zona Básica de Salud III.1), Claudio Luanco, se continúa con una línea imaginaria hasta Dr. Severo Ochoa (esta última calle se excluye de esta Zona Básica y se incluye en la Zona Básica de Salud III.2). Al Sur, por Avda. Cervantes (números impares), Gutiérrez Herrero (excluida de esta Zona Básica e incluida en la Zona Básica de Salud III.3), Travesía Canapés hasta su intersección con la línea del ferrocarril de FEVE, continuándose por ésta hasta el límite con el concejo de Corvera. Al Este, con los concejos de Corvera y Gozón.

Se incluye en esta Zona Básica la parroquia de Llaviana, del concejo de Gozón.

Centro de Salud: Llano Ponte.

Consultorios Periféricos: Valliniello/Navarro (Avilés) y El Poblao (Gozón).

ÁREA SANITARIA IV

Zona Básica de Salud IV.1 Oviedo Centro-Noroeste.

Comprende el territorio del casco urbano de Oviedo/Uviéu limitado al Norte, por las calles General Elorza (números impares), Plaza General Primo de Rivera (números del 5 al 8). Al Este, por las calles Adelantado de La Florida, Plaza del Campo de la Vega. Al Sur, por las calles Azcárraga (números impares), Jovellanos (números impares), Argüelles (números pares), Paseo de los Álamos, Conde Toreno, Avda. de Galicia (números pares) hasta Real Oviedo, Plaza de América (números del 1 al 8). Al Oeste, con la calle Real Oviedo (números impares), Fundación Príncipe de Asturias, Plaza de los Ferroviarios y vías de Renfe hasta su intersección con la calle Nicolás Soria.

Centro de Salud: La Lila

Zona Básica de Salud IV.2 Oviedo Centro-Sur.

Comprende el territorio del casco urbano de Oviedo/Uviéu limitado al Norte, por las calles Azcárraga, Jovellanos (números pares de ambas calles), Argüelles (números impares), Paseo de los Álamos, Conde Toreno (excluida de esta Zona Básica e incluida en la Zona Básica de Salud IV.1), Avda. de Galicia (números impares) hasta la calle Real Oviedo, Plaza de América (números 9 al 15). Al Oeste, por la calle Hermanos Menéndez Pidal (números pares). Al Sur, por la calle Padre Vinjoy (números pares), González Besada, Muñoz Degrain (esta última calle se excluye de esta Zona Básica y se incluye en la Zona Básica de Salud IV.5). Al Este, por la calle Arzobispo Guisasola (números pares) hasta Padre Suárez, Padre Suárez (números pares) desde Arzobispo Guisasola hasta su intersección con la calle San Pedro de Mestallón, San Pedro de Mestallón, Juan Escalante de Mendoza (estas dos últimas calles no se incluyen en esta Zona Básica), Ronda Sur (números pares) desde el cruce con Juan Escalante de Mendoza, siguiendo por la Plaza del Campo de los Patos, hasta la intersección con la calle Azcárraga.

Centro de Salud: Paulino Prieto

Zona Básica de Salud IV.3 Oviedo-La Argañosa-San Claudio/San Cloyo-Las Regueras/Les Regueres.

Comprende el territorio de Oviedo/Uviéu limitado al Norte, por la calle Samuel Sánchez, Marcelino Suárez (números impares), se continúa con la línea marcada por el ferrocarril de Renfe a Trubia hasta el límite del concejo. Al Este, por la calle Real Oviedo (números pares). Al Sur, por la calle Avda. de Galicia (números pares) desde el cruce con Real Oviedo y Hnos. Menéndez Pidal hasta la calle Fuertes Acevedo, Fuertes Acevedo (números pares), Plaza de Occidente (excluida de esta Zona Básica e incluida en la Zona Básica de Salud IV.4), carretera N-634 (carretera de Galicia) hasta el límite del concejo.

Comprende, asimismo, el territorio rural del concejo de Oviedo formado por las parroquias de Lloriana, Santa Mariña de Piedramuelle, Sograndio, San Claudio/San Cloyo (incluyendo la población de Les Maces que pertenece a esta parroquia), así como el concejo íntegro de Las Regueras/Les Regueres.

Centro de Salud: La Ería de Buenavista.

Consultorios Periféricos: San Claudio/San Cloyo (Oviedo) y Santuyanu (Las Regueras/Les Regueres).

Zona Básica de Salud IV.4 Oviedo-El Cristo-Trubia.

Comprende el territorio del concejo de Oviedo limitado al Norte, por la calle Avda. de Galicia desde el cruce con Real Oviedo hasta Fuertes Acevedo, Fuertes Acevedo (números impares), Plaza de Occidente y se continúa por la N-634 (carretera de Galicia) hasta el límite del concejo. Al Este, por la calle Hermanos Menéndez Pidal (números impares), Padre Vinjoy (números impares), Plaza de Castilla y las autovías O-12 (Acceso Sur a Oviedo desde A-66) y autovía A-66 (Autovía Ruta de la Plata) hasta el límite del concejo. Al Suroeste, con los Concejos de La Ribera/Ribera de Arriba, Santo Adriano y Grado.

Comprende, asimismo, el territorio rural formado por las parroquias de Caces, Godos, Latores/Llatores, San Pedru Nora, Les Caldes, Puerto, Trubia y Udrión.

Centro de Salud: El Cristo

Consultorios Periféricos: Trubia y Les Caldes.

Zona Básica de Salud IV.5 Oviedo-Otero-Olloniego/Lluniego-Veguín.

Comprende el territorio del concejo de Oviedo limitado al Norte, por la calle González Besada (se excluye de esta Zona Básica y se incluye en la Zona Básica de Salud IV.2) hasta el cruce con Muñoz Degraín, Muñoz Degraín, Arzobispo Guisasola (números impares) hasta Padre Suárez, Padre Suárez (números impares) desde Arzobispo Guisasola hasta su intersección con la calle San Pedro de Mestallón, San Pedro Mestallón, Juan Escalante de Mendoza, Plaza del Cardenal Tarancón, inicio de la autovía O-11 (Acceso Este a Oviedo desde A-66) hasta la altura de la calle de Villafría, prolongándose horizontalmente en una línea imaginaria hasta el límite con el concejo de Siero, que la separa de la Zona Básica de Salud IV.6. Al Este, con los concejos de Siero y Langreo. Al Sur, con el concejo de Mieres. Al Oeste, por la Plaza de Castilla y las autovías O-12 (Acceso Sur a Oviedo desde A-66) y autovía A-66 (Autovía Ruta de la Plata) hasta el límite del concejo.

Comprende, asimismo, el territorio rural formado por las parroquias de Agüeria, Bendones, Veguín, Cruces, La Manjoxa, Pereda, Naves, Manzaneda, Olloniego/Lluniego y Santianes.

Centro de Salud: Otero.

Consultorios Periféricos: Olloniego/Lluniego, Veguín y La Manjoxa.

Zona Básica de Salud IV.6 Oviedo-Ventanielles-Colloto/Cualloto.

Comprende el territorio de Oviedo limitado al Norte, por el Bulevar San Julián de los Prados/Santuyano. Al Sur, por la Zona Básica de Salud IV.5. Al Este, con el concejo de Siero. Al Oeste, con la calle Adelantado de la Florida (se excluye de esta Zona Básica y se incluye en la Zona Básica de Salud IV.1), la Ronda Sur (números impares), Plaza del Cardenal Tarancón y la desviación de ésta hacia el inicio de la autovía O-11 (Acceso Este a Oviedo desde A-66).

Comprende, asimismo, las parroquias de Granda, perteneciente al concejo de Siero, Llimanes (parroquia perteneciente a Siero y Oviedo) y el Centro Comercial situado en el lugar de Paredes (parroquia de Lugones/Llugones).

Centro de Salud: Ventanielles.

Consultorio Periférico: Colloto/Cualloto.

Zona Básica de Salud IV.7 Oviedo-Teatinos.

Comprende el territorio del concejo de Oviedo limitado al Norte con las vías del ferrocarril de Renfe desde la Avenida de Pando hasta su cruce con una línea perpendicular imaginaria que llegaría hasta el n.º 26 de la carretera La Estrecha, Al Este, con una línea perpendicular imaginaria que partiendo de las vías del ferrocarril de Renfe llega hasta el n.º 26 de la carretera La Estrecha), carretera La Estrecha, números impares) hasta la calle Dr. Pedro González Quirós, Dr. Pedro González Quirós, Avda. Presidente Adolfo Suárez hasta la Plaza Oviedo Moderno CF Vínculo a legislación, Molinos de Sinicio y su prolongación hasta Bulevar San Julián de los Prados/Santuyano. Al Sur, por el Bulevar San Julián de los Prados/Santuyano desde su cruce con Ángel Cañedo hasta el cruce con la prolongación de la calle Molinos de Sinicio. Al Oeste, por la calle Ángel Cañedo desde el cruce con Bulevar San Julián de los Prados/Santuyano hasta el cruce con la calle Velázquez (se incluyen todos los número de este tramo), Velázquez, Bermúdez de Castro (números pares) desde el cruce con la calle Velázquez hasta la Pl. Luis Ruíz de la Peña, Fernando Villamil hasta su cruce con la Avda. del Cantábrico, Avda. del Cantábrico hasta su cruce con la Avenida de Pando (las dos últimas excluidas de esta Zona Básica e incluidas en la Zona Básica de Salud IV.8).

Se incluye íntegramente en esta Zona Básica toda la población de la zona denominada La Monxina, así como las poblaciones de Fitoria, El Pontón de Vaqueros, Toleo y Les Mates, pertenecientes a la parroquia de Oviedo.

Centro de Salud: Teatinos.

Zona Básica de Salud IV.8 Oviedo-Pumarín.

Comprende el territorio urbano del concejo de Oviedo limitado al Este y Norte por las Calles Ángel Cañedo desde el cruce con el Bulevar San Julián de los Prados/Santuyano hasta la calle Velázquez (se excluye este tramo de esta Zona Básica y se incluye en la Zona Básica de Salud IV.7), Velázquez (se excluye de esta Zona Básica y se incluye en la Zona Básica de Salud IV.7), Bermúdez de Castro (números impares) desde el cruce con la calle Velázquez hasta la Pl. Luis Ruíz de la Peña, Fernando Villamil desde la Plza. Luis Ruíz de la Peña hasta su cruce con la Avda. del Cantábrico, Avda. del Cantábrico hasta su cruce con la Avda. de Pando, Avenida de Pando hasta el cruce con las vías del ferrocarril de Renfe. Al Oeste, por las vías del ferrocarril Renfe desde la Avenida de Pando hasta su intersección con la calle Nicolás Soria, continuando hacia la Avda. de Santander. Al Sur, por la calle Gral. Elorza (números pares) desde la Avda. de Santander, se incluye la Plaza Gral. Primo de Rivera (los números del 1 al 4), Plaza de la Cruz Roja y Bulevar San Julián de los Prados/Santuyano hasta su cruce con la calle Ángel Cañedo.

Centro de Salud: Pumarín.

Zona Básica de Salud IV.9 Llanera.

Comprende el territorio del concejo de Llanera, excepto la parroquia de Pruvia y el lugar de Fonciello perteneciente a la parroquia de Lugo de Llanera, que se incluyen en la Zona Básica de Salud IV. 20.

Asimismo, se incluyen la parroquia de Brañes, perteneciente al concejo de Oviedo, y el lugar de Remoria perteneciente a la parroquia de Pruvia.

Centro de Salud: Posada de Llanera.

Consultorios Periféricos: Villabona, Arlós y Lugo de Llanera

Zona Básica de Salud IV.10 Noreña-Siero.

Comprende el territorio del concejo de Noreña y el territorio del concejo de Siero limitado al Este por la AS-376 (carretera Carbonera, Gijón/Xixón-Llangréu/Langreo).

Incluye asimismo las parroquias de Anes/Samartindianes y La Carrera, del concejo de Siero y situadas al Este de dicha carretera, con excepción de los lugares de Ferrera, Forfontía, Posá, Mudarre y La Parte pertenecientes a la parroquia de La Carrera, que se incluyen en La Zona Básica de Salud IV.12.

Se excluyen las parroquias de Viella y Bobes/Valbona, pertenecientes al concejo de Siero, que se incluyen en la Zona Básica de Salud IV.11.

Centro de Salud: Noreña.

Consultorio Periférico: El Berrón (Siero).

Zona Básica de Salud IV.11 Siero-Lugones/Llugones.

Comprende las parroquias de Lugones/Llugones, Bobes/Valbona y Viella pertenecientes al concejo de Siero, excepto la Urbanización La Fresneda (parroquia de Viella) que se incluye en la Zona Básica de Salud IV.20 y el Centro Comercial situado en el lugar de Paredes (parroquia de Lugones/Llugones), que se incluye en la Zona Básica de Salud IV.6.

Centro de Salud: Lugones/Llugones.

Zona Básica de Salud IV.12 Siero-Sariego.

Incluye el concejo de Sariego y el territorio del concejo de Siero situado al Este de la AS-376 (carretera Carbonera, Gijón/Xixón-Llangréu/Langreo).

Se excluyen las parroquias de Anes/Samartindianes y La Carrera, que se incluyen en la Zona Básica de Salud IV.10 (excepto los lugares de Ferrera, Forfontía, Posá, Mudarre y La Parte pertenecientes a la parroquia de La Carrera, que continúan en esta Zona Básica) y el lugar de La Barganiza de la parroquia de Anes/Samartindianes, que se incluye en la Zona Básica de Salud IV.20.

Centro de Salud: La Pola Siero.

Consultorios Periféricos: Vega (Sariego), Lieres (Siero), Carbayín Alto (Siero), Carbayín Bajo (Siero) y Valdesoto (Siero).

Zona Básica de Salud IV.13 Nava-Bimenes-Cabranes.

Comprende el territorio de los concejos de Bimenes, Cabranes y Nava.

Centro de Salud: Nava

Consultorios Periféricos: Santuyano/San Julián (Bimenes), Santolaya (Cabranes) y Ceceda/Cecea (Nava).

Zona Básica de Salud IV.14 Salas.

Comprende el territorio del concejo de Salas

Centro de Salud: Salas.

Consultorios Periféricos: Cornellana, La Espina y Malleza.

Zona Básica de Salud IV.15 Grado-Candamo/Candamu-Yernes y Tameza.

Comprende el territorio de los concejos de Candamo/Candamu, Grado y Yernes y Tameza.

Centro de Salud: Grau/Grado.

Consultorios Periféricos: Grullos (Candamo/Candamu), San Román (Candamo/Candamu), Vayu (Grado), Sama (Grado), Villabre (Yernes y Tameza) y Yernes (Yernes y Tameza).

Zona Básica de Salud IV.17 Oviedo-Vallobín-Samiguel.

Comprende el territorio del concejo de Oviedo limitado al Norte, con la Zona Básica de Salud IV.18. Al Oeste, con la Zona Básica de Salud IV.3. Al Sur, por la Línea del ferrocarril a Trubia desde el límite del concejo hasta la calle Marcelino Suárez, Marcelino Suárez (números pares), Los Pilares. Al Este, por calle Peña Santa de Enol (se excluye de esta Zona Básica), Avda. de los Monumentos (números impares), carretera del Naranco (números impares).

Se incluye la parroquia de Samiguel y las calles: Roberto Velázquez, Arquitecto Tioda, Francisco Reiter y Ramiro I Rey.

Centro de Salud: Concinos.

Consultorio Periférico: Les Campes.

Zona Básica de Salud IV.18 Oviedo-Naranco.

Comprende el territorio del concejo de Oviedo limitado Al Norte, por el concejo de Llanera (excluyendo la parroquia de Brañes, que se incluye en la Zona Básica de Salud IV.9). Al Oeste, por la carretera del Naranco (números pares), Avda. de Los Monumentos (números pares). Al Sur, por la calle Peña Santa de Enol (que se incluye en su totalidad), continuando por la Plaza de los Ferroviarios (que se excluye de esta Zona Básica y se incluye en la IV.1). Al Este por la vía férrea de Renfe, desde Plaza de los Ferroviarios hasta el límite del concejo de Oviedo con el de Siero.

Se incluye la entidad singular de Villamaxil, la calle Monseñor Óscar Arnulfo Romero y la calle Prados de la Fuente. Se excluye la población de Fitoria, que se incluye en la Zona Básica de Salud IV.7.

Centro de Salud: Naranco.

Zona Básica de Salud IV. 19 Oviedo-La Corredoria-Villaperi.

Comprende el territorio del concejo de Oviedo limitado al Norte por el concejo de Siero. Al Este, por el Bulevar San Julián de los Prados/Santuyano desde el concejo de Siero hasta el cruce con la prolongación de la calle Molinos de Sinicio.

Al Oeste por las vías de ferrocarril Renfe desde una línea imaginaria que partiría desde la urbanización “La Estrecha 26” hasta el límite del concejo.

Al Sur con la prolongación de la calle Molinos de Sinicio desde el Bulevar San Julián de los Prados/Santuyano, Molinos de Sinicio, Plaza Oviedo Moderno CF Vínculo a legislación, Presidente Adolfo Suárez, Dr. Pedro González Quirós (se excluye de esta Zona Básica y se incluye en la Zona Básica de Salud IV.7), carretera La Estrecha, números pares, carretera Oviedo/Uviéu-Gijón/Xixón) continuándose por una línea imaginaria que partiría desde la urbanización “La Estrecha 26” hasta las vías de ferrocarril de Renfe.

Incluye la población de La Granxa y Cuyences, pertenecientes a la parroquia de Oviedo, así como la parroquia de Villaperi. Se excluye la población de La Monxina, que se incluye en la Zona Básica de Salud IV.7.

Centro de Salud: La Corredoria

Zona Básica de Salud IV. 20 Siero-La Fresneda-Llanera.

Comprende la parroquia de Pruvia (excepto el lugar de la Remoria, que se incluye en la Zona Básica de Salud IV.9), la Urbanización de La Fresneda perteneciente a la parroquia de Viella (Siero), el lugar de Fonciello perteneciente a la parroquia de Lugo (Llanera) y el lugar de La Barganiza perteneciente a la parroquia de Anes/Samartindianes (Siero).

El límite con la Zona Básica de Salud IV.9 (Llanera) quedará establecido por la autovía A-66 (Autovía Ruta de la Plata).

Centro de Salud: La Fresneda.

Zona Especial de Salud 4.1 Belmonte de Miranda.

Comprende el territorio del concejo de Belmonte de Miranda.

Consultorio Local: Belmonte/Balmonte.

Zona Especial de Salud 4.2 Proaza-Quirós-Santo Adriano-Teverga.

Incluye los concejos de Proaza, Quirós, Santo Adriano y Teverga, excepto la parroquia de Pedroveya del Concejo de Quirós y la parroquia de Llavares del Concejo de Santo Adriano, que se incluyen en la Zona Especial de Salud 4.4.

Consultorios Locales: Proaza, Bárzana (Quirós) y Samartín (Teverga).

Zona Especial de Salud 4.3 Somiedo.

Comprende el territorio del concejo de Somiedo

Consultorios Locales: La Riera y Pola de Somiedo.

Zona Especial de Salud 4.4 Riosa-Morcín-La Ribera/Ribera de Arriba.

Incluye los Concejos de Morcín, La Ribera/Ribera de Arriba y Riosa, la parroquia de Pedroveya del Concejo de Quirós y la parroquia de Llavares del Concejo de Santo Adriano.

Consultorios Locales: La Vega (Riosa), Santolaya (Morcín), La Foz (Morcín), y Soto Ribera (La Ribera/Ribera de Arriba).

ÁREA SANITARIA V

Se configura en dos Distritos:

Distrito 1: Gijón Oeste-Carreño

Comprende las Zonas Básicas de Salud de Área Sanitaria V: V.1, V.2 y V.3

Centro de referencia: Hospital de Jove.

Distrito 2: Gijón Este-Villaviciosa

Comprende las restantes Zonas Básicas de Salud del Área Sanitaria V, de la V.4 a la V.14

Centro de referencia: Hospital Universitario de Cabueñes.

Zona Básica de Salud V.1 Carreño

Comprende el territorio del concejo de Carreño.

Centro de Salud: Candás

Consultorio Periférico: L´Empalme.

Zona Básica de Salud V.2 Gijón-La Calzada.

Comprende el territorio del concejo de Gijón limitado al Oeste, por los concejos de Carreño y Corvera de Asturias. Al Norte, por el mar Cantábrico. Al Este, por la calle Pachín de Melás (números impares), Avda. de Galicia (números pares) hasta su intersección con la calle Los Laboratorios, Los Laboratorios (números impares) hasta su cruce con Aurora Albornoz, Aurora Albornoz (números 3 y 4), calle Chile desde su cruce con Aurora Albornoz hasta su cruce con la Avda. Príncipe de Asturias, Avda. Príncipe de Asturias (números impares) desde su intersección con la calle Chile hasta su intersección con la Avda. de Juan Carlos I. Al Sur, por la Avda. de Juan Carlos I (se excluye de esta Zona Básica y se incluye en la Zona Básica de Salud V.3) y siguiendo la línea del ferrocarril Gijón-Madrid hasta el límite del concejo.

Comprende, asimismo, el territorio rural formado por las parroquias de Serín, San Andrés de los Tacones, Fresno, Puao y Veriña, hasta la línea del ferrocarril.

Centros de Salud: La Calzada I y La Calzada II

Zona Básica de Salud V.3 Gijón-El Natahoyo-Tremañes.

Comprende el territorio del casco urbano de Gijón/Xixón limitado al Norte, por el mar Cantábrico. Al Oeste, por la calle Pachín de Melás (números pares), Avda. de Galicia (números impares) desde el cruce con Pachín de Melás hasta su intersección con la calle Los Laboratorios, Los Laboratorios (números pares) hasta su cruce con Aurora Albornoz (n.º 4 de esta calle), Chile desde su cruce con Aurora Albornoz hasta su cruce Avda. Príncipe de Asturias, Avda. Príncipe de Asturias (números pares) desde su continuación con la calle Aurora Albornoz hasta su intersección con la Avda. de Juan Carlos I, se continúa por la Avda. de Juan Carlos I (se incluye en esta Zona Básica) siguiendo la línea del ferrocarril Gijón-Madrid hasta el límite del concejo. Al Este, desde la playa de Poniente, Plaza de la Estación del Norte, Dionisio Fernández Nespral y continuando con una línea imaginaria hasta su enlace con la calle Sanz Crespo (se excluyen todas ellas de esta Zona Básica y se incorporan a la Zona Básica de Salud V.4). Al Sur, por Sanz Crespo y su prolongación imaginaria paralela a la línea del ferrocarril hasta la autovía GJ-81 (Acceso Sur a Gijón desde A-8), continuando por las autovías A-8 (Autovía del Cantábrico) y A-66 (Autovía Ruta de la Plata) hasta el límite con las parroquias de L´Abadía Cenero y Fresno (se excluyen ambas de esta Zona Básica, L´Abadía Cenero se incluye en la Zona Básica de Salud V.14 y Fresno en la Zona Básica de Salud V.2).

Centro de Salud: El Natahoyo.

Consultorio Periférico: Tremañes.

Zona Básica de Salud V.4 Gijón-Centro-Cimavilla.

Comprende el territorio del casco urbano de Gijón/Xixón limitado al Norte, con el mar Cantábrico. Al Oeste, por la Playa de Poniente, Plaza de la Estación del Norte, Dionisio Fernández Nespral hasta su enlace imaginario con la calle Sanz Crespo, Sanz Crespo (números pares) hasta su intersección con la calle Llanes, Llanes (números pares) continuándose por Paseo de la Infancia (se excluye de esta Zona Básica y se incluye en la Zona Básica de Salud V.13), Decano Prendes Pando (números impares). Al Sur, por Manuel Llaneza (números pares) desde su intersección con la calle Decano Prendes Pando hasta su continuación con la Avda. Pablo Iglesias, Avda. Pablo Iglesias (números impares) desde la calle Manuel Llaneza hasta su cruce con la calle Cabrales. Al Este, por la calle Cabrales (números pares) desde el cruce con Pablo Iglesias hasta su intersección con la calle Covadonga, Covadonga (números pares) desde el cruce con la calle Cabrales hasta la Plaza San Miguel, Plaza San Miguel (se excluye de esta Zona Básica y se incluye en Zona Básica de Salud V.10), Capua (números pares) hasta el límite con el mar Cantábrico.

Centro de Salud: La Puerta la Villa

Zona Básica de Salud V.5 Gijón-Perchera.

Comprende el territorio del casco urbano de Gijón/Xixón limitado al Oeste, por la Autovía GJ-81 (Acceso Sur a Gijón desde A-8), desde el cruce con la calle Carlos Marx hasta su intersección con la prolongación imaginaria de la calle Dolores Ibárruri. Al Sur, por la calle Dolores Ibárruri (incluida íntegramente e incluida en la Zona Básica de Salud V.5) y su prolongación imaginaria hasta la Autovía GJ-81 (Acceso Sur a Gijón desde A-8). Al Sur y Este, por la Avenida de la Constitución Vínculo a legislación (números pares) desde el cruce con la calle Dolores Ibárruri hasta su intersección con la calle Carlos Marx. Al Este, por calle Carlos Marx (números impares) hasta su cruce con Sanz Crespo.

Centro de Salud: Perchera.

Zona Básica de Salud V.6 Gijón-Pumarín.

Comprende el territorio del casco urbano de Gijón/Xixón limitado al Norte, por la calle Pérez de Ayala (números pares) desde la intersección con la Avenida de la Constitución Vínculo a legislación hasta el cruce con la Avda. Schultz. Al Sur, por la calle Río Eo (números impares) desde el cruce con Avda. de la Constitución Vínculo a legislación hasta la intersección con la calle San Nicolás, San Nicolás (números pares) hasta su intersección con la Avda. de Schultz. Al Este, por la Avda. Schultz (números pares) desde el cruce con San Nicolás hasta la intersección con la calle Pérez de Ayala.

Centro de Salud: Severo Ochoa.

Zona Básica de Salud V.7 Gijón-Contrueces-Vega-La Camocha-Nuevo Roces.

Comprende el territorio urbano y semiurbano del concejo de Gijón que limita al Norte, con la calle Ana María (números pares), desde el cruce con la Avda. Schultz hasta la intersección con la Avda. del Llano. Desde aquí el límite se continúa bordeando el Parque de los Pericones por las calles: Avda. del Llano, desde el cruce con Ana María hasta la Plaza 3 de abril (excluida de esta Zona Básica e incluida en la Zona Básica de Salud V.8) desde donde se continúa con las calles Santiago Carrillo, María Moliner y Periodista F. Carantoña Dubert (todas ellas excluidas de esta Zona Básica e incluidas en la Zona Básica de Salud V.8). Al Este, por la carretera AS-377 (carretera Gijón/Xixón-Siero, números pares), desde el cruce con Periodista F. Carantoña Dubert hasta el límite de la parroquia de Granda, limitando con las Zonas Básicas V.9 y V.11. Se continúa por el límite de las parroquias de Granda, Vega, Llavandera y Caldones (todas ellas incluidas en esta Zona Básica), con las parroquias de Castiello Bernueces, Santurio y Deva (excluidas de esta Zona Básica e incluidas en la Zona Básica de Salud V.11), hasta finalizar en el límite del concejo de Villaviciosa. Al Oeste, por la Avda. Schultz (números impares) desde su intersección con la calle Ana María hasta el cruce con la calle San Nicolás, San Nicolás (números impares) hasta el cruce con la calle Río Eo, Río Eo (números impares) desde su cruce con la calle San Nicolás hasta su intersección con la AS-376 (carretera Carbonera, Gijón/Xixón-Llangréu/Langreo), AS-376 (carretera Carbonera Gijón/Xixón-Llangréu/Langreo, números impares) desde su intersección con Río Eo hasta su intersección con la calle Pío Baroja, Pío Baroja (números impares), Eduardo Varela (números impares) desde su cruce con Pío Baroja, Plaza Jacques Ives Cousteau (todo los números), Camino de los Caleros (números impares) desde el cruce con la calle Eduardo Varela hasta la intersección con la AS-376 (carretera Carbonera, Gijón/Xixón-Llangréu/Langreo), AS-376 (carretera Carbonera, Gijón/Xixón-Llangreu/Langreo, números impares), desde el cruce con el camino de los Caleros hasta el límite con el concejo de Siero, excluyendo la población de Roces y la parroquia de La Pedrera, que se incluyen en la Zona Básica de Salud V.14. Al Sur, con el concejo de Siero.

Comprende asimismo el territorio rural formado por las parroquias de Leorio/Llorio, Samartín de Güerces, Llavandera, Fano, Valdornón, Caldones, Vega y Granda.

Centro de Salud: Contrueces.

Consultorios Periféricos: Vega-La Camocha y Nuevo Roces.

Zona Básica de Salud V.8 Gijón-El Llano.

Comprende el territorio urbano del concejo de Gijón que limita al Norte, con la Avda. Manuel Llaneza (números impares) desde el cruce con la Avda. Schultz hasta la intersección con la Avda. Hermanos Felgueroso. Al Este, por Avda. Hermanos Felgueroso (números pares) desde el cruce con Manuel Llaneza hasta la intersección con la Ctra. de La Pola Siero. Al Sur, por calle Ana María (números impares) desde el cruce con la Avda. Schultz hasta la intersección con la Avda del Llano. Desde aquí el límite se continúa bordeando el Parque de los Pericones por las calles: Avda. del Llano, desde el cruce con Ana María hasta la Plaza 3 de abril, Santiago Carrillo, María Moliner, Periodista F. Carantoña Dubert. Al Oeste, por la Avda. Schultz (números impares) desde el cruce con la calle Ana María hasta Manuel Llaneza.

Centro de Salud: El Llano.

Zona Básica de Salud V.9 Gijón-El Coto-Ceares/Ciares-Viesques.

Comprende el territorio del concejo de Gijón que limita al Norte, con la Avda. Pablo Iglesias (números pares). Al Este, por la Plaza Arquitecto Manuel del Busto, Anselmo Solar (números pares), camino del Curullu (números pares) hasta su intersección con la Avda. de la Cordillera Cantábrica. Al Sur, por la Avenida de la Cordillera Cantábrica (números pares) desde su cruce con el Camino del Curullu hasta la intersección con la carretera de La Coría, la carretera de La Coría (números impares) desde la Avda. de la Cordillera Cantábrica hasta su cruce con la AS-377 (carretera Gijón/Xixón-Siero). Al Oeste, por la carretera AS-377 (carretera Gijón/Xixón-Siero, números impares) desde su intersección con la carretera de La Coría hasta la Avda. de Hermanos Felgueroso, Avda. Hermanos Felgueroso (números impares) hasta el cruce con la Avda. Pablo Iglesias.

Centro de Salud: El Coto.

Zona Básica de Salud V.10 Gijón-L´Arena

Comprende el territorio urbano del concejo de Gijón limitado Al Norte, por la calle Rufo García Rendueles desde la intersección con la calle Capua hasta el cruce con la calle Menéndez Pelayo. Al Este, con la calle Menéndez Pelayo (números impares) desde la Avda. Rufo García Rendueles hasta su cruce con la calle Marqués de Casa Valdés, Marqués de Casa Valdés (números pares) hasta la Avda. de la Costa, Avda. de la Costa (números pares) desde su intersección con Marqués de Casa Valdés hasta el cruce con la Avda. Pablo Iglesias. Al Sur, por la Avda. Pablo Iglesias (números impares) hasta su cruce con la calle Cabrales. Al Oeste, con la calle Cabrales (números impares) desde su intersección con la Avda. Pablo Iglesias hasta el cruce con la calle Covadonga, Covadonga (números impares) desde el cruce con la calle Cabrales hasta la Plaza San Miguel, Plaza San Miguel y Capua (números impares).

Centro de Salud: Zarracina.

Zona Básica de Salud V.11 Gijón-Parque-Somió.

Comprende el territorio del concejo de Gijón limitado al Norte, por el mar Cantábrico y la calle Rufo Rendueles hasta su cruce con Menéndez Pelayo. Al Oeste, por la calle Menéndez Pelayo (números pares) hasta su cruce con la calle Marqués de Casa Valdés, Marqués de Casa Valdés (números impares) hasta la Avda. de la Costa, Avda. de la Costa (números impares) desde el cruce con Marqués de Casa Valdés hasta su cruce con la calle Anselmo Solar, Anselmo Solar, Camino del Curullu (números impares) hasta su intersección con la Avda. de la Cordillera Cantábrica, Avda. de la Cordillera Cantábrica (números impares) desde su cruce con el Camino del Curullu hasta la intersección con la carretera de La Coría, carretera de La Coría (números pares) desde la Avda. de la Cordillera Cantábrica hasta su cruce con la AS-377 (carretera Gijón/Xixón-Siero), AS-377 (carretera Gijón/Xixón-Siero, números impares) desde la carretera de La Coría hasta el límite de la parroquia de Granda (excluida de esta Zona Básica de Salud e incluida en la Zona Básica de Salud V.7). Al Sur, se continúa por el límite de las parroquias de Castiello Bernueces, Santurio y Deva (incluidas las tres en esta Zona Básica), con las parroquias de Granda, Vega, Llavandera y Caldones (excluidas de esta Zona Básica las cuatro e incluidas en la Zona Básica de Salud V.7) hasta el concejo de Villaviciosa. Al Este, con el concejo de Villaviciosa.

Incluye las parroquias de Castiello Bernueces, Cabueñes, Santurio y Deva.

Centro de Salud: El Parque-Somió

Zona Básica de Salud V.12 Villaviciosa.

Comprende el territorio del concejo de Villaviciosa

Centro de Salud: Villaviciosa.

Consultorio Periférico: Venta les Ranes.

Zona Básica de Salud V.13 Gijón-Laviada.

Comprende el territorio del concejo de Gijón limitado al Norte, por la calle Sanz Crespo (números impares) desde su intersección con la calle Carlos Marx hasta el cruce con la calle Llanes, Llanes (números impares). Al Este, con la calle Paseo de la Infancia (números pares), Decano Prendes Pando (números pares) hasta el cruce con la calle Manuel Llaneza, Avda. Schultz (números pares) desde el cruce con la calle Manuel Llaneza hasta su intersección con la calle Pérez de Ayala. Al Sur, con la calle Pérez de Ayala (números impares) desde el cruce con la Avda. Schultz hasta la Avda. de la Constitución Vínculo a legislación. Al Oeste, con la calle Carlos Marx (números pares) desde su cruce con la Avda. de la Constitución Vínculo a legislación hasta su cruce con la calle Sanz Crespo.

Centro de Salud: Laviada.

Zona Básica de Salud V.14 Gijón-Roces-Montevil.

Comprende el territorio del concejo de Gijón limitado al Norte, por la calle Dolores Ibárruri (se excluye de esta Zona Básica y se incluye en la Zona Básica de Salud V.5) y su prolongación desde la intersección con la Autovía GJ-81 (Acceso Sur a Gijón desde A-8) hasta el cruce con la Avda. de la Constitución Vínculo a legislación, Avda. de la Constitución Vínculo a legislación (números impares) desde la calle Dolores Ibárruri hasta el cruce con la calle Río Eo, Río Eo (números pares), carretera AS-376 (carretera Carbonera, Gijón/Xixón-Llangréu/Langreo, números pares) hasta su intersección con la calle Pío Baroja, Pío Baroja (números pares). Al Este, por la calle Eduardo Varela (números pares), desde su cruce con Pío Baroja hasta su enlace con el camino de los Caleros, Camino de los Caleros (números pares) hasta su enlace con la carretera AS-376 (carretera Carbonera, Gijón/Xixón-Llangréu/Langreo), carretera AS-376 (carretera Carbonera, Gijón/Xixón-Llangréu/Langreo, números pares) hasta el límite del concejo de Siero. Al Sur, por el límite con Concejos de Llanera y Siero, incluyendo las parroquias rurales de L´Abadía Cenero, Porceyo, Ruedes y La Pedrera. Al Oeste, por la Autovía GJ-81 (Acceso Sur a Gijón desde A-8) desde su intersección con prolongación de la Calle Dolores Ibárruri, continuándose por la A-8 (Autovía del Cantábrico) y A-66 (Autovía Ruta de la Plata) hasta el concejo de Llanera.

Centro de Salud: Roces-Montevil.

ÁREA SANITARIA VI

Zona Básica de Salud VI.1 Piloña.

Comprende el territorio del concejo de Piloña.

Centro de Salud: Infiesto/L´Infiestu.

Consultorio Periférico: Villamayor.

Zona Básica de Salud VI.2 Colunga-Caravia.

Comprende el territorio de los concejos de Colunga y Caravia.

Centro de Salud: Colunga.

Consultorios Periféricos: Llastres (Colunga), Lliberdón (Colunga) y Caravia.

Zona Básica de Salud VI.3 Parres.

Comprende el territorio del concejo de Parres.

Excepto la parroquia de La Güera Deu, las poblaciones de Prestín y La Roza Parres de la parroquia de Parres y las poblaciones de Sobrepiedra y La Vega los Caseros de la parroquia de Villanueva, que se incluyen en la Zona Básica de Salud VI.4.

Comprende, asimismo, las parroquias de Margolles y Triongu pertenecientes al concejo de Cangas de Onís, con todos sus lugares y caserías.

Centro de Salud: Arriondas/Les Arriondes (Parres).

Zona Básica de Salud VI.4 Cangas de Onís-Onís-Amieva.

Comprende los concejos Amieva y Onís y el concejo de Cangas de Onís, excepto las parroquias de Margolles y Triongu, que se incluyen en la Zona Básica de Salud VI.3.

Incluye, asimismo, las siguientes parroquias y lugares del concejo de Parres: la parroquia La Güera Deu, las poblaciones de Prestín y La Roza de la parroquia de Parres y las poblaciones de Sobrepiedra y La Vega los Caseros de la parroquia de Villanueva.

Centro de Salud: Cangas de Onís.

Consultorios Periféricos: Benia (Onís) y Sames (Amieva).

Zona Básica de Salud VI.5 Ribadesella.

Comprende el territorio del concejo de Ribadesella

Centro de Salud: Ribadesella/Ribeseya.

Zona Básica de Salud VI.6 Llanes-Ribadedeva.

Comprende el territorio de los concejos de Llanes y Ribadedeva.

Centro de Salud: Llanes.

Consultorios Periféricos: Nueva (Llanes), Posada (Llanes), Pendueles (Llanes) y Colombres (Ribadedeva).

Zona Especial de Salud 6.1 Ponga.

Comprende el territorio del concejo de Ponga.

Consultorio Local: San Xuan de Beleño/San Juan de Beleño.

Zona Especial de Salud 6.2 Cabrales-Peñamelleras.

Comprende el territorio de los concejos de Cabrales, Peñamellera Alta/El Valle Altu de Peñamellera y Peñamellera Baja.

Consultorios Locales: Arenas (Cabrales), Carreña (Cabrales), Alles (Peñamellera Alta/El Valle Altu de Peñamellera) y Panes (Peñamellera Baja).

ÁREA SANITARIA VII

Zona Básica de Salud VII.1 Mieres-Norte.

Comprende el territorio del concejo de Mieres limitado al Norte, por los concejos de Oviedo y Langreo. Al Oeste, por el río Caudal, desde el Puente de La Perra hasta el Puente de La Pereda, continuándose por la línea del ferrocarril de Renfe hasta el límite del Concejo. Al Este, por el concejo de Langreo. Al Sur, desde el río Caudal, Manuel Llaneza (números pares) y su continuación por una línea imaginaria hasta el límite con el concejo de Langreo, incluyendo todas las poblaciones de la Sierra de Polio.

Incluye las parroquias de La Rebollá, La Peña, Santa Rosa y los núcleos de población situados en la AS-375 (carretera del Padrún, Oviedo/Uviéu-Campumanes) hasta el límite del concejo.

Centro de Salud: Mieres Norte

Consultorios Periféricos: La Rebollá y Returbiu.

Zona Básica de Salud VII.2 Mieres-Sur.

Comprende el territorio del concejo de Mieres limitado al Este, con el límite oeste de la Zona Básica de Salud VII.1, hasta el Puente de La Perra hasta el límite sur, Manuel Llaneza (números impares) desde Puente de La Perra, continuándose con el límite sur de la Zona Básica VII.1. Al Norte y Oeste, se continúa por el límite de los concejos de Oviedo, La Ribera/Ribera de Arriba, Morcín y Riosa. Al Sur, con las Zonas Básicas de Salud VII.3 y VII.4 y con todas las poblaciones de las parroquias de Gal.legos, Cuna y Santuyano, incluidas en esta Zona Básica.

Centro de Salud: Mieres Sur

Consultorios Periféricos: La Perea, Ablaña y Santuyano.

Zona Básica de Salud VII.3 Mieres-Figareo-Uxo-Turón.

Comprende el territorio del concejo de Mieres limitado al Norte, con las Zonas Básicas VII.1 y VII.2 (límite Sur de ambas) y los concejos de Langreo y San Martín del Rey Aurelio. Al Este, por el concejo de Laviana. Al Suroeste, con los concejos de Lena y Aller.

Centro de Salud: Figareo.

Consultorios Periféricos: Uxo, Santa Cruz, Valle de Turón, Santandrés y Urbiés.

Zona Básica de Salud VII.4 Lena.

Comprende el territorio del concejo de Lena.

Centro de Salud: La Pola.

Consultorios Periféricos: Vil.layana, Campumanes y Fierros.

Zona Básica de Salud VII.5 Bajo Aller-Morea/Moreda.

Comprende el territorio del concejo de Aller formado por las parroquias de Bo, Morea/Moreda, Murias, Nembra y Caborana.

Centro de Salud: Morea/Moreda.

Consultorios Periféricos: Caborana, Bo y Nembra.

Zona Básica de Salud VII.6 Alto Aller-Cabanaquinta/Cabañaquinta.

Comprende el territorio del concejo de Aller formado por las parroquias de Beyo, Cabanaquinta/Cabañaquinta, Casomera, Conforcos, Cuergo, L.lamas, Pel.luno, El Pino, Piñeres, Santibanes de la Fuente, Serrapio, Soto y Vega.

Centro de Salud: Cabanaquinta/Cabañaquinta.

Consultorios Periféricos: Col.lanzo, Piñeres, Casomera y Felechosa.

ÁREA SANITARIA VIII

Zona Básica de Salud VIII.1 Langreo-Riañu.

Comprende el territorio del concejo de Langreo limitado al Norte, por el concejo de Siero. Al Sur por el concejo de Mieres. Al Oeste, por el concejo de Oviedo. Al Sur y Este, por el territorio urbano del concejo de Langreo desde el comienzo de la calle Higinio Carrocera (incluida íntegramente en esta Zona Básica de Salud), la división entre las parroquias de La Venta y Barros con Lada y La Felguera (excluidas estas dos últimas de esta Zona Básica de Salud e incluidas en la VIII.2).

Se incluyen en esta Zona Básica las parroquias de Riañu, La Venta y Barros.

Centro de Salud: Riañu.

Consultorio Periférico: Barros.

Zona Básica de Salud VIII.2 Langreo-La Felguera-Tiuya/Tuilla-Lada.

Comprende el territorio del concejo de Langreo limitado al Norte y Este, con el concejo de Siero y San Martín del Rey Aurelio y con la Zona Básica de Salud VIII.1. Al Sur, con el concejo de Mieres. Al Este, con el límite entre las parroquias de Lada, La Felguera y Tiuya/Tuilla con Sama y Ciañu, incluyendo el territorio urbano del concejo de Langreo que se extiende desde el límite con la Zona Básica de Salud VIII.1 hasta el puente que se encuentra a continuación de la calle La Unión de La Felguera, comprendiendo todo el margen derecho del río Nalón hasta dicho puente y todo el margen izquierdo hasta el límite de la parroquia de Lada (incluida en esta Zona Básica).

Se incluyen en esta Zona Básica las parroquias de Lada, La Felguera y Tiuya/Tuilla.

Centro de Salud: La Felguera.

Consultorios Periféricos: Tiuya/Tuilla y Lada.

Zona Básica de Salud VIII.3 Langreo-Sama-Ciañu.

Comprende el territorio del concejo de Langreo limitado al Norte con la Zona Básica de Salud VIII.2. Al Sur y Oeste, con el concejo de Mieres. Al Este, con el concejo de San Martín del Rey Aurelio.

Se incluyen en esta Zona Básica las parroquias de Sama y Ciañu.

Centro de Salud: Sama.

Consultorios Periféricos: Ciañu y La Nueva.

Zona Básica de Salud VIII.4 San Martín del Rey Aurelio-Sotrondio-Blimea.

Comprende el territorio del concejo de San Martín del Rey Aurelio limitado al Norte, con el concejo de Bimenes. Al Oeste, con las parroquias de Cocañín y San Andrés de Llinares (excluidas de esta Zona Básica e incluidas en la Zona Básica de Salud VIII.6) y la Zona Básica de Salud VIII.3. Al Sur, con el concejo de Mieres. Al Este con el concejo de Laviana.

Se incluyen en esta Zona Básica las parroquias de Blimea, Santa Bárbara/Santa Bárbola y Samartín.

Centro de Salud: Sotrondio.

Consultorio Periférico: Blimea.

Zona Básica de Salud VIII.5 Laviana.

Comprende el territorio del concejo de Laviana.

Centro de Salud: La Pola Llaviana/Pola de Laviana.

Consultorios Periféricos: El Condao, Villoria y Los Barreros/Barredos.

Zona Básica de Salud VIII.6 San Martín del Rey Aurelio-El Entrego.

Comprende el territorio del concejo de San Martín del Rey Aurelio limitado al Norte, con los concejos de Siero y Bimenes. Al Oeste con el concejo de Langreo. Al Sur y Este, con las parroquias de Santa Bárbara/Santa Bárbola, Samartín y Blimea, pertenecientes a la Zona Básica de Salud VIII.4.

Incluye las parroquias de Cocañín y San Andrés de Llinares.

Centro de Salud: L´Entregu/El Entrego.

Consultorio Periférico: La Güeria Carrocera.

Zona Especial de Salud 8.1 Caso-Sobrescobio.

Comprende los concejos de Caso y Sobrescobio.

Consultorios Locales: Coballes (Caso), El Campu (Caso) y Ruseco/Rioseco (Sobrescobio).

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