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  • EDICIÓN DE 01/03/2021
 
 

Medidas sanitarias

01/03/2021
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Resolución por la que se prorrogan las medidas sanitarias previstas en la Resolución de la Consejería de Sanidad de 13 de enero de 2021 por la que se aprueba la decimotercera modificación de la Resolución de 18 de junio de 2020, por la que se establecen las medidas sanitarias aplicables en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el período de nueva normalidad, y se adoptan medidas de prevención de la tercera ola de la pandemia (BOCA de 26 de febrero de 2021). Texto completo.

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE PRORROGAN LAS MEDIDAS SANITARIAS PREVISTAS EN LA RESOLUCIÓN DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD DE 13 DE ENERO DE 2021 POR LA QUE SE APRUEBA LA DECIMOTERCERA MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE 18 DE JUNIO DE 2020, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS MEDIDAS SANITARIAS APLICABLES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA DURANTE EL PERÍODO DE NUEVA NORMALIDAD, Y SE ADOPTAN MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE LA TERCERA OLA DE LA PANDEMIA.

El artículo 2 del Decreto 2/2020, de 18 de junio, del Presidente de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se remite a la aplicación del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio Vínculo a legislación, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como a las medidas que se adopten por el Consejero de Sanidad, como autoridad sanitaria de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.a) Vínculo a legislación de la Ley 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria, o cualesquiera otras que resulten de aplicación durante este periodo.

Las citadas medidas fueron adoptadas mediante Resolución de la Consejería de Sanidad de 18 de junio de 2020 (Boletín Oficial de Cantabria extraordinario n.º 50, de 18 de junio de 2020;

corrección de errores en el Boletín Oficial de Cantabria extraordinario n.º 53 de 29 de junio de 2020), resultando posteriormente modificadas en diversas ocasiones.

Particularmente, la Resolución de la Consejería de Sanidad de 13 de enero de 2021 por la que se aprueba la decimotercera modificación de la Resolución de 18 de junio de 2020, por la que se establecen las medidas sanitarias aplicables en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el período de nueva normalidad, y se adoptan medidas de prevención de la tercera ola de la pandemia (BOC extraordinario n.º 4, de 14 de enero de 2021), adoptó en sus apartados tercero y cuarto las medidas de cierre de las zonas interiores de los establecimientos de hostelería y restauración y de cierre de casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas, respectivamente. En ambos casos se preveía el mantenimiento de la eficacia de la medida durante 30 días naturales pudiendo ser objeto de prórroga en función de la evolución de la situación epidemiológica. Posteriormente, las citadas medidas fueron prorrogadas por un plazo de 14 días naturales mediante Resolución de la Consejería de Sanidad de 12 de febrero de 2021 (BOC extraordinario n.º 11, de 12 de febrero de 2021), surtiendo efectos a las 00.00 horas del día 15 de febrero de 2021, y finalizando, por ello, el día 28 de febrero de 2021.

Sentado lo anterior, consta en el expediente informe de la Dirección General de Salud Pública, de fecha 25 de febrero de 2021, que señala que "a fecha de 25 febrero de 2021, de acuerdo con la evaluación de riesgo en base a las "Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19" del Consejo Interterritorial del SNS, los principales indicadores epidemiológicos y asistenciales de Cantabria se han situado durante tres días en umbrales compatibles con el nivel de alerta 2, sin que se haya llegado a consolidar aún".

Se manifiesta asimismo en el mencionado informe que "con el fin de consolidar la tendencia decreciente registrada y finalizando el próximo día 1 de marzo las medidas recogidas en la resolución del consejero de sanidad del 12 de febrero de 2021 (BOC Extraordinario num. 11), se propone que las mismas mantengan la eficacia durante 5 días naturales, surtiendo efectos desde las 00.00 horas del día 1 de marzo de 2021. Esta evaluación de riesgo está sujeta a constante revisión en base a los cambios que puedan registrarse en los indicadores y las actualizaciones que puedan producirse sobre el "Documento de actuaciones de respuesta coordinada frente a la pandemia", pudiendo prorrogarse, modificarse o dejarse sin efecto en función de ello".

En su virtud, vistos el artículo 25.3 del Estatuto de Autonomía para Cantabria, el artículo 26.1 Vínculo a legislación de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, el artículo 3 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en materia de Salud Pública, el artículo 54 Vínculo a legislación de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, a propuesta de la Dirección General de Salud Pública, y de conformidad con el artículo 59.a) Vínculo a legislación de la Ley de Cantabria 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria, RESUELVO Primero. Prórroga de la medida de cierre de las zonas interiores de los establecimientos de hostelería y restauración.

1. Se prorroga la eficacia de la medida de cierre al público de las zonas interiores de los establecimientos de hostelería y restauración, adoptada por la Resolución de la Consejería de Sanidad de 13 de enero de 2021 por la que se aprueba la decimotercera modificación de la Resolución de 18 de junio de 2020, por la que se establecen las medidas sanitarias aplicables en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el período de nueva normalidad, y se adoptan medidas de prevención de la tercera ola de la pandemia.

2. La presente medida mantendrá su eficacia durante 5 días naturales, pudiendo prorrogarse, modificarse o dejarse sin efecto en función de la evolución de los indicadores epidemiológicos y de impacto sanitario.

Segundo. Prórroga de la medida de cierre de casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas.

1. Se prorroga la eficacia de la medida de cierre de los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas conforme establezca la normativa sectorial en materia de juego, adoptada por la Resolución de la Consejería de Sanidad de 13 de enero de 2021 por la que se aprueba la decimotercera modificación de la Resolución de 18 de junio de 2020, por la que se establecen las medidas sanitarias aplicables en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el período de nueva normalidad, y se adoptan medidas de prevención de la tercera ola de la pandemia.

2. La presente medida mantendrá su eficacia durante 5 días naturales, pudiendo prorrogarse, modificarse o dejarse sin efecto en función de la evolución de los indicadores epidemiológicos y de impacto sanitario.

Tercero. Eficacia.

La presente Resolución surtirá efectos a las 00.00 horas del día 1 de marzo de 2021.

Cuarto. Recursos.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Sanidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria, o directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

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