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El TS valida la orden sobre menores del primer estado de alarma e impone 4.000 euros en costas al recurrente

15/02/2021
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha avalado las restricciones impuestas por el Gobierno durante el primer estado de alarma por la pandemia relativas a los desplazamientos de menores que habían sido recurridas por un abogado, estableciendo que las Orden dictada en abril de 2020 por el Ministerio de Sanidad no incurre en arbitrariedad y tampoco cabe imputarle la vulneración de derechos fundamentales de los menores de catorce años ni de sus padres.

MADRID, 12 (EUROPA PRESS)

Resuelve así el fondo del recurso presentado por un abogado valenciano, Curro Nicolau, que había solicitado en mayo la anulación de las órdenes dictadas por el Ministerio de Sanidad para trasladarse con su hija a su segunda residencia alegando tener acceso a pruebas médicas para descartar su contagio.

Al haber desestimado su recurso en todos sus términos el alto tribunal le impone el pago de las cosas procesales, que ascienden a 4.000 euros, según señala la resolución a la que ha tenido acceso Europa Press.

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