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La Audiencia Nacional rechaza devolver al juez De Prada al tribunal de la caja 'b' del PP

27/01/2021
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El Pleno de la Sala de lo Penal la Audiencia Nacional ha rechazado devolver al juez José Ricardo de Prada al tribunal que comenzará a juzgar el próximo 8 de febrero al extesorero del PP Luis Bárcenas, entre otros acusados, por la presunta caja 'B' de la formación política, tal y como solicitó una acusación popular.

MADRID, 26 (EUROPA PRESS)

Según han informado fuentes jurídicas a Europa Press, el Pleno estudió el pasado viernes el incidente de nulidad presentado por la Asociación de Abogados Demócratas de Europa (Adade) contra la decisión de apartar al magistrado de este tribunal, y ha acordado desestimarlo.

Este punto del día de la reunión fue presidido por el presidente de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal, Alfonso Guevara --magistrado que preside el tribunal que juzga a los tres acusados de pertenecer a la célula yihadista que atentó en Cataluña en 2017--, ya que la presidenta de la Sala de lo Penal, Concepción Espejel, se apartó al haber sido recusada en distintas piezas de la trama Gürtel y del procedimiento relacionado con la presunta financiación irregular del PP, han señalado las fuentes consultadas.

Con la decisión adoptada por el Pleno, el juez De Prada, a quien se atribuyen los planteamientos introducidos en la sentencia dictada por la Audiencia Nacional en mayo de 2018 sobre la existencia de una contabilidad paralela en la formación política, no volverá al tribunal que juzgará el pago de la reforma de la sede de los 'populares' en la calle Génova de Madrid con dinero presuntamente procedente de la caja 'b'.

APARTADO EN 2019

El Pleno acordó en octubre de 2019 apartar a este magistrado de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal al considerar que su imparcialidad como miembro de este tribunal está "comprometida" tras dicha resolución, cuyos argumentos sirvieron al PSOE a presentar la moción de censura contra el Gobierno de Mariano Rajoy, quien, además, está citado a declarar como testigo en el juicio.

Así, estimaba los incidentes de recusación planteados por Bárcenas, condenado a 29 años de cárcel por la primera época de actividades de la trama Gürtel (1999-2005), y por el PP, condenado como partícipe a título lucrativo en esta misma sentencia.

Después de que el Tribunal Supremo confirmara el pasado mes de octubre el grueso de la sentencia sobre los primeros años de la Gürtel, Adade pidió que se anulara la recusación de De Prada al entender que no cabe "mantener en vigor las censuras a la sentencia (...) pues ya ha sido aceptada" por el alto tribunal.

La asociación, que apoyó su escrito en la jurisprudencia del Supremo, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, resaltó, en otros argumentos, que en este caso, no se está ante una intervención de De Prada en anterior instancia "sino de otro procedimiento diferente".

"NO SE EXTRALIMITÓ", SEGÚN LA ACUSACIÓN POPULAR

Así, recordó que el pronunciamiento de De Prada no obedecía tanto a una toma de postura del magistrado recusado sino que resultaba necesario para un adecuado conocimiento de la causa por lo que el tribunal de instancia "no se extralimitó".

El Supremo estimó parte de los argumentos que el presidente del tribunal que juzgó los primeros años de la trama corrupta, Ángel Hurtado, expuso en su voto particular contra determinadas expresiones alusivas a la constatación de una 'caja B' que, en su opinión, eran innecesarias.

Aún así, apuntó que "en modo alguno resulta reprochable que para configurar el contexto en que los hechos enjuiciados suceden, se mencione el resultado de los diferentes medios de prueba practicados relacionados con el Partido Popular, cuando precisamente es el nexo común que sirve de amalgama al conjunto de episodios y actuaciones recogidos en la declaración de hechos probados".

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