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Webinario La carrera funcionarial en la Administración gallega

05/01/2021
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La Escuela Gallega de Administración Pública convoca, en el marco del ciclo de conferencias sobre “Presente y futuro del empleo público en la Administración post Covid”, el webinario “La carrera funcionarial en la Administración gallega”.

BASES:

1. Objetivos.

Este seminario web tiene como objetivo analizar el régimen vigente de la carrera administrativa del funcionariado público, en sus distintas modalidades de carrera horizontal y vertical y promoción interna, prestando especial atención a la progresiva introducción de la carrera horizontal, contemplada por el EBEP y recogida en la Ley del empleo público de Galicia.

Tal como explica la exposición de motivos de esta Ley del empleo público de Galicia, dada la novedad y la complejidad de la configuración de un sistema de promoción profesional de este tipo, que, además, no supuso la supresión del sistema de carrera vertical y promoción interna ya existente, sino que vino a añadirse a él, su efectividad quedó aplazada al momento en el que por vía reglamentaria se procediese a su desarrollo pormenorizado.

No obstante, el apartado 4 añadido a la disposición transitoria octava de esta ley por la Ley 3/2018, de 26 de diciembre, ha introducido un sistema transitorio de reconocimiento de la progresión en la carrera administrativa, complementario al del grado personal, que anticipa la futura implantación de la carrera horizontal, y ello hace preciso su análisis en el contexto y desde la perspectiva referidos.

2. Contenidos.

Este seminario web abordará los siguientes contenidos:

I. Introducción: antecedentes históricos de la carrera administrativa del funcionariado público.

II. Ámbito de aplicación de las normas de la Ley del empleo público de Galicia sobre la carrera profesional y la promoción interna.

III. La carrera profesional de los funcionarios y las funcionarias de carrera.

III.1. Concepto y modalidades de la carrera profesional.

III.2. La carrera horizontal en la Ley del empleo publico de Galicia. El sistema transitorio de reconocimiento de la progresión en la carrera.

III.3. La carrera vertical: remisión a los sistemas de provisión de puestos de trabajo.

III.4. Relaciones entre carrera horizontal y vertical.

IV. La promoción interna de los funcionarios y las funcionarias de carrera.

IV.1. La promoción interna vertical.

IV.2. La promoción interna horizontal.

V. Conclusiones. Carrera profesional y evaluación del desempeño.

3. Personas destinatarias.

Esta actividad está dirigida al personal empleado público, en situación de servicio activo o asimilada, de la Administración autonómica gallega y de sus entes instrumentales y de la Administración local de la Comunidad Autónoma de Galicia.

4. Desarrollo.

Fecha: jueves, 21 de enero de 2021.

Modo de impartición: telepresencia.

Horario: de 12.00 a 13.30 horas.

Duración: 1,5 horas lectivas.

El funcionamiento básico de la plataforma de telepresencia requiere que cada alumno/a disponga de los siguientes componentes:

1. Ordenador de sobremesa, portátil o smartphone.

2. Conexión estable a internet.

3. Navegador web Google Chrome o Mozilla Firefox en las últimas versiones.

4. Altavoces (si el monitor o equipo no dispone de ellos).

5. Número de plazas: 60.

6. Inscripción.

1. Las solicitudes de participación en esta actividad formativa solo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección “https://egap.xunta.gal/matricula”. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

2. Las personas interesadas deberán seleccionar primero el área en la que está integrada esta actividad (Régimen jurídico y actividad financiera de las administraciones públicas) y después seleccionar el nombre del curso: Webinario La carrera funcionarial en la Administración gallega.

3. El plazo para la inscripción estará abierto desde las 8.00 horas del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta las 23.55 horas del día 14 de enero de 2021.

4. Antes de formalizar su inscripción en esta actividad, todas las personas deberán introducir o actualizar los datos de su área de matrícula, de acuerdo con los requisitos de selección establecidos en el punto 3 de esta convocatoria.

5. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de la actividad solicitada y pasarán al final de los listados de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

7. Comprobación de datos.

1. Para la tramitación del procedimiento se consultarán los datos de las personas interesadas necesarios para realizar el proceso de selección de esta actividad formativa.

2. La presentación de la solicitud comportará la autorización de la persona solicitante al órgano gestor para pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios de la EGAP.

3. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta deberán enviar un correo electrónico a [email protected], con la indicación expresa a este respecto, en el que deberán adjuntar la documentación que acredite la Administración a la que pertenezca, su situación administrativa y el tipo de personal.

8. Criterios de selección.

El orden de admisión vendrá determinado por la fecha y hora de presentación de las solicitudes hasta completar el número de plazas.

9. Publicación del listado del alumnado seleccionado.

En el apartado de esta actividad de la página web de la EGAP (https://egap.xunta.gal/) se publicará el listado de personas seleccionadas, así como también un número adecuado de reservas en caso de que el número de solicitudes recibidas fuera superior al número de plazas.

Se entenderá que las personas que no figuren en ninguno de los listados fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria, ocupan un puesto más alejado en el listado de espera o fueron excluidas de acuerdo con lo dispuesto en el apartado segundo, punto 6.º, de la Resolución de 4 de enero de 2008 por la que se actualizan los criterios de participación en las actividades formativas de la Escuela Gallega de Administración Pública (DOG núm. 7, de 10 de enero).

10. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y seguimiento.

1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. Renuncia:

a) Las personas seleccionadas sólo podrán renunciar a la actividad formativa:

• Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

• Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de las personas responsables de los centros directivos.

• Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia deberá ser comunicada enviando un correo electrónico a [email protected], como máximo el día 18 de enero de 2021, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE de 2 de octubre). En la página web de la escuela estará disponible un modelo de renuncia.

c) Las personas que incumplan lo previsto en los apartados a) y b) pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

3. Seguimiento y puntualidad:

a) Es obligatorio el seguimiento de la sesión de esta actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa se realizarán controles de seguimiento de esta actividad.

c) Respecto al no seguimiento:

1. El no seguimiento de la actividad deberá justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo especificado anteriormente perderán el derecho al certificado de seguimiento de esta actividad formativa.

2. Aquellas personas con un seguimiento inferior al 50 % de las horas lectivas de la actividad pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

11. Modificaciones.

1. La EGAP se reserva la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de esta actividad, así como la facultad de cancelarla si el escaso número de solicitudes no justificase su realización.

2. La EGAP garantizará en la acción derivada de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

12. Certificado oficial.

Al final de esta actividad se emitirá un certificado electrónico de seguimiento de esta actividad, descargable desde el área de matrícula (https://egap.xunta.gal/matricula/), a aquellas personas inscritas siempre que su seguimiento hubiera sido igual o superior al 90 % de las horas lectivas programadas. Este documento estará firmado electrónicamente por la EGAP e incluirá, de forma expresa, el contenido, la carga lectiva, la fecha y el modo de seguimiento de la actividad, así como un código de verificación electrónica (CVE) para contrastar su autenticidad.

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