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Módulos de los servicios de abogados de oficio

La Junta de Andalucía abre a consulta pública previa la orden que aprobará los módulos de los servicios de abogados de oficio

04/01/2021
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La Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local que dirige el vicepresidente de la Junta, Juan Marín, ha abierto el trámite de consulta pública previa para el procedimiento de elaboración de su proyecto de orden por la que se aprobarán los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita prestados en el turno de guardia por los profesionales de la Abogacía.

SEVILLA, 2 Ene. (EUROPA PRESS) -

De esta manera, en virtud de este proceso, la ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en dicho proyecto de orden a través del buzón de correo electrónico '[email protected]', indicando su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que representen.

El plazo para participar en este proceso de consulta pública previa quedó abierto el pasado 29 de diciembre y se prolonga hasta el próximo 20 de enero, según la información publicada por la Consejería de Justicia en su página web, consultada por Europa Press.

Con este proyecto de orden, el departamento que dirige Juan Marín pretende "actualizar, racionalizar y determinar los módulos y bases de compensación económica por las actuaciones profesionales realizadas en el turno de guardia para la prestación del servicio de asistencia letrada a la persona investigada, detenida o presa, así como para los casos específicos en los que expresamente se regule la asistencia letrada al beneficiario o beneficiaria de la justicia gratuita".

También se quiere con esta orden "desarrollar el artículo 46 del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la comunidad autónoma de Andalucía y finalizar con la aplicación como derecho transitorio de los baremos establecidos en la orden de 7 de abril de 2020, por la que se determina el número de guardias que corresponde realizar a los Colegios de Abogados de Andalucía durante el ejercicio 2020, así como el baremo a aplicar para su compensación económica".

En relación con la compensación económica por las actuaciones profesionales realizadas en el turno de guardia para la prestación del servicio de asistencia letrada a la persona investigada, detenida o presa, así como para los casos específicos en los que expresamente se regule la asistencia letrada al beneficiario de la justicia gratuita, el artículo 46 del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía dispone que reglamentariamente, "por orden de la consejería competente en materia de asistencia jurídica gratuita, se determinarán los baremos aplicables para la compensación económica de las actuaciones profesionales realizadas en el turno de guardia".

Por su parte, la disposición transitoria primera del Decreto 102/2020, de 21 de julio, por el que se modifica el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto 67/2008, de 26 de febrero, establece que, "mientras no entre en vigor la orden de la consejería competente en materia de asistencia jurídica gratuita prevista en el artículo 46 del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, serán de aplicación para el pago de la compensación económica de las actuaciones profesionales realizadas en el turno de guardia los baremos establecidos en la orden de 7 de abril de 2020".

Esta última es la orden por la que se determina "el número de guardias que corresponde realizar a los Colegios de Abogados de Andalucía durante el ejercicio 2020, así como el baremo a aplicar para su compensación económica".

NECESIDAD DE LA ORDEN SOMETIDA A CONSULTA

La Consejería de Justicia entiende que "se hace necesario, por tanto, proceder a la elaboración y aprobación de una orden mediante la que se determinen los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita prestados en el turno de guardia por los profesionales de la abogacía".

De este modo, los objetivos de este proyecto de orden sometido a consulta pública previa son, según especifica la Consejería y por un lado, "actualizar, racionalizar y determinar los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita prestados en el turno de guardia por los profesionales de la abogacía", y, por otro, "cumplir con el mandato normativo o de elaboración de norma jurídica del artículo 46 del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía".

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