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Modificación del Reglamento interno del Consejo

14/12/2020
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Decisión (UE, EURATOM) 2020/2030 del Consejo de 10 de diciembre de 2020 por la que se modifica su Reglamento Interno (DOUE de 11 de diciembre de 2020) Texto completo.

DECISIÓN (UE, EURATOM) 2020/2030 DEL CONSEJO DE 10 DE DICIEMBRE DE 2020 POR LA QUE SE MODIFICA SU REGLAMENTO INTERNO

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 240, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1)

Cuando el Consejo adopta un acto por mayoría cualificada debe comprobarse que los Estados miembros que constituyen la mayoría cualificada representan como mínimo el 65 % de la población de la Unión.

(2)

Ese porcentaje se calcula con arreglo a las cifras de población que establece el anexo III del Reglamento Interno del Consejo (en lo sucesivo, “Reglamento Interno”) (1).

(3)

El artículo 11, apartado 6, del Reglamento Interno establece que, con efectos a partir del 1 de enero de cada año, el Consejo ha de modificar las cifras establecidas en el citado anexo con arreglo a los datos de que disponga la Oficina Estadística de la Unión Europea a 30 de septiembre del año anterior.

(4)

Procede, por tanto, modificar el Reglamento Interno en consecuencia para el año 2021.

(5)

De conformidad con el artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, el artículo 240 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea se aplica a la Comunidad Europea de la Energía Atómica.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo III del Reglamento Interno se sustituye por el texto siguiente:

“ANEXO III

Cifras de la población de la Unión y de la población de cada Estado miembro para la aplicación de las disposiciones relativas a la votación por mayoría cualificada en el Consejo

Tabla omitida.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

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