Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 06/11/2020
 
 

Audiencia Provincial de Las Palmas

Condenan a 8 años de cárcel al patrón de una patera en la que una mujer y un bebé perdieron la vida ahogadas

06/11/2020
Compartir: 

El juez de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas, Pedro Herrera, ha condenado de forma global a ocho años de prisión al patrón de una patera, que realizó el trayecto entre Marruecos y Gran Canaria en mayo de 2019, y en cuya travesía una mujer y un bebé de aproximadamente un año murieron ahogadas.

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 4 Nov. (EUROPA PRESS) -

En la sentencia se recoge que durante el viaje hubo una tercera persona, mujer, que también cayó al mar, si bien a "día de hoy se desconoce su identidad, situación y estado".

Así, en el fallo de la sentencia se recoge que el patrón de aquella embarcación irregular es condenado a un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y dos delitos de homicidio imprudente en concurso ideal, obligando a indemnizar con 72.438 euros a la madre del bebé fallecido y con 93.135 euros a la hija de la mujer que perdió la vida durante el viaje, según el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

Además el magistrado expone en su fallo que el acusado "movido por móviles no concretados pero no humanitarios, se encargó de dirigir y pilotar la patera propulsada a motor que trasladó, desde una playa del norte de Marruecos a la costa canaria, a un grupo de unas 30 personas, de los que al menos 17 --once mujeres, tres hombres y tres niñas de corta edad--, eran de origen subsahariano, siendo el resto de viajeros de origen magrebí".

Para hacer esta travesía el precio del pasaje, según recoge la sentencia, cada ocupante tuvo que abonar unos 1.000 euros. Asimismo se entiende probado que la patera salió de la costa marroquí unos cinco días antes de que arribara a una zona de tierra próxima al Puerto de Arguineguín, en Mogán (Gran Canaria) en la noche del 16 de mayo de 2019.

El ahora condenado patroneó la embarcación irregular desde su salida hasta su llegada a Canarias, siendo sustituido "de manera ocasional" por otros ocupantes de origen magrebí que no han sido identificados, valiéndose de un dispositivo GPS para no perder el rumbo.

El fallo dice que "poco antes de alcanzar el objetivo perseguido", el patrón "ejecutó, de manera precipitada y arriesgada, la maniobra de aproximación a tierra, lo que provocó la colisión de la nave con una roca y la caída de algunas de las personas al mar".

Esto provocó que al menos dos personas, una mujer de mediana edad que viajaba con su hija menor --nacida el 28 de junio de 2011-- y que actualmente sigue en territorio canario bajo tutela gubernativa, y una bebé de aproximadamente un año de edad que viajaba con su madre perdieran la vida.

El fallecimiento de ambas se produjo por asfixia mecánica por sumersión primaria completa (anoxia anóxica) debido a la imposibilidad de realizar un adecuado intercambio de oxígeno, indica.

Asimismo, momentos antes del impacto, el acusado "saltó al agua, llegó a la orilla y logró en principio escapar del control policial, siendo finalmente localizado en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria donde fue detenido el pasado 31 de mayo de 2019 y puesto a disposición judicial para seguidamente, en concreto el 3 de junio de 2019, quedar en situación prisión provisional, medida cautelar que fue ratificada el 10 de junio de ese año y que al día de hoy se mantiene vigente".

La patera en la que viajaban era de cortas dimensiones, (5,5 metros de eslora y 2,5 metros de manga), "frágil, inestable, inapropiada para una travesía de varios días e inadecuada para el transporte de ese número de personas, las cuales por tal motivo viajaban apiladas y en una posición incómoda que debían mantener de manera casi permanente".

Además, expone la sentencia, carecía de cualquier sistema de seguridad, ya que tenía un número insuficiente de chalecos salvavidas reflectantes, que además no estaban homologados y no eran aptos para su cometido. Asimismo, no disponía de víveres ni de bebidas para poder atender con suficiencia las necesidades vitales de todos ellos.

La sentencia es susceptible de recurso ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana