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Derivación particular para el acceso a la Red Ferroviaria

04/11/2020
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Decreto 13/2020, de 29 de octubre, por el que se aprueba el proyecto regional para una derivación particular para el acceso a la Red Ferroviaria en Villadangos del Páramo (León) (BOCYL de 3 de noviembre de 2020). Texto completo.

DECRETO 13/2020, DE 29 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL PROYECTO REGIONAL PARA UNA DERIVACIÓN PARTICULAR PARA EL ACCESO A LA RED FERROVIARIA EN VILLADANGOS DEL PÁRAMO (LEÓN).

La actividad de la Junta de Castilla y León en materia de ordenación del territorio se ejerce, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, entre otros instrumentos, a través de Proyectos Regionales, que han de tener por objeto los de planificar y proyectar la ejecución inmediata de infraestructuras, servicios, dotaciones e instalaciones de utilidad pública o interés social, que se consideren de interés para la Comunidad, tal y como se señala en el artícul.o 20.1 letra c) de la propia Ley.

El Proyecto Regional para una derivación particular para el acceso a la red ferroviaria en Villadangos del Páramo (León), tiene por objeto planificar y proyectar la ejecución de una infraestructura consistente en un ramal ferroviario que conecte la línea de ferrocarril León-A Coruña con el Polígono Industrial de Villadangos del Páramo salvando, mediante sendos pasos elevados, la carretera nacional 120 y la autopista AP-71.

La ejecución de una infraestructura de esta magnitud, de alcance supramunicipal al afectar a los términos de Villadangos del Páramo, Valverde de la Virgen y Chozas de Abajo, reúne una serie de caracteres que permiten su calificación como de interés para la Comunidad en el ejercicio de sus competencias de ordenación del territorio.

Ello es así por cuanto, en primer lugar, promoverá y facilitará el desarrollo de la actividad industrial de la mercantil promotora del instrumento, para la que resulta estratégica la reducción de costes logísticos y que correrá con los gastos de la inversión proyectada en tanto que sujeto beneficiario de la expropiación forzosa necesaria para su ejecución; en segundo lugar, permitirá la creación de un entorno más atractivo para la implantación de nuevas empresas y el funcionamiento de las ya instaladas en el polígono industrial de Villadangos del Páramo al habilitar su intermodalidad ferroviaria; en tercer lugar, reducirá la dependencia de la industria existente, y de las que puedan implantarse en el futuro, del transporte motorizado por carretera, en línea con los objetivos de la política común europea de transporte, minorando el tráfico de vehículos pesados por la AP-71 y la CN-120 con el consiguiente beneficio ambiental asociado al uso del trasporte ferroviario, más eficiente energéticamente y menos contaminante. Por último, a este beneficio ambiental ha de unirse el vinculado con la mejora de la seguridad vial en la AP-71 y la CN-120.

La aprobación de este Proyecto Regional comportará, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2 de la Ley 10/1998, la declaración de utilidad pública e interés social y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos que resulten necesarios para su ejecución, a efectos de su expropiación forzosa, ocupación temporal o modificación de servidumbres.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Fomento y Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 29 de octubre de 2020

DISPONE

Artículo único. Aprobación del Proyecto Regional para una derivación particular para el acceso a la red ferroviaria en Villadangos del Páramo (León).

1. Se aprueba el Proyecto Regional para una derivación particular para el acceso a la red ferroviaria en Villadangos del Páramo (León), promovido a iniciativa de la mercantil Villadangos Intermodal, S.L., que consta de la siguiente documentación:

Memoria del Proyecto Regional, con 5 capítulos:

Capítulo 1. Introducción.

Capítulo 2. Memoria Informativa.

Capítulo 3. Memoria Justificativa.

Capítulo 4. Servidumbres y afecciones sectoriales.

Capítulo 5. Plan de Etapas y Estudio económico-financiero.

Anexo 1. Proyecto básico y de construcción.

Anexo 2. Proyecto de expropiaciones.

Anexo 3. Estudio de impacto ambiental.

Anexo 4. Informe técnico de prospección arqueológica.

2. La documentación que conforma el Proyecto Regional estará disponible íntegramente en la página web de la Junta de Castilla y León www.jcyl.es/plau así como, en soporte físico, en las oficinas del Servicio Territorial de Fomento de León, ubicadas en la Avenida Peregrinos s/n, 24008 León, publicándose como anexo a este Decreto la Memoria Justificativa.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera.- Grado de aplicación.

A los efectos del artículo 6 de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, las determinaciones de este proyecto regional son de carácter pleno.

Segunda.- Modificación del planeamiento vigente.

Este proyecto regional no incluye alteraciones de la planificación sectorial vigente. En cuanto al planeamiento urbanístico, este proyecto regional modifica directamente las Normas Urbanísticas Municipales de Villadangos del Páramo (León), el Plan Parcial del Polígono Industrial de Villadangos del Páramo, las Normas Urbanísticas Municipales de Valverde de la Virgen (León) y las Normas Urbanísticas Municipales de Chozas de Abajo (León).

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Habilitación normativa.

Se autoriza al titular de la Consejería competente en materia de transportes y al titular de la Consejería competente en materia de urbanismo para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de este decreto.

Segunda.- Entrada en vigor.

Este decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 29 de octubre de 2020.

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