Diario del Derecho. Edición de 14/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 27/10/2020
 
 

Ayudas para la realización de proyectos de I+D+i

27/10/2020
Compartir: 

Resolución de 8 de octubre de 2020, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se realiza la distribución de créditos correspondiente a la convocatoria 2020 de ayudas para la realización de proyectos de I+D+i, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas calificadas como Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020) (BOJA de 26 de octubre de 2020). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 8 DE OCTUBRE DE 2020, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE UNIVERSIDADES, INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA, POR LA QUE SE REALIZA LA DISTRIBUCIÓN DE CRÉDITOS CORRESPONDIENTE A LA CONVOCATORIA 2020 DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE I+D+I, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A ENTIDADES PRIVADAS CALIFICADAS COMO AGENTES DEL SISTEMA ANDALUZ DEL CONOCIMIENTO, EN EL ÁMBITO DEL PLAN ANDALUZ DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E INNOVACIÓN (PAIDI 2020).

BDNS: 496409.

Mediante Orden del Consejero de Economía y Conocimiento de 7 de abril de 2017 (BOJA núm. 71, de 17 de abril) y su corrección de errores, se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas a la I+D+i, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020).

Por Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología (BOJA núm. 37, de 24 de febrero), se convocan ayudas para la realización de proyectos de I+D+i, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas calificadas como Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020), con sujeción a las bases reguladoras establecidas por la Orden del Consejero de Economía y Conocimiento de 7 de abril de 2017 (BOJA núm. 71, de 17 de abril) y su corrección de errores.

En el resuelve primero, Objeto, de la referida resolución de convocatoria, se establece que se convocan para el año 2020, en régimen de concurrencia competitiva, la línea de ayudas destinadas a la realización de proyectos de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) de los Agentes privados del Sistema Andaluz del Conocimiento conforme a las siguientes modalidades:

1. Proyectos de investigación orientados a los retos de la sociedad andaluza.

2. Proyectos de investigación en colaboración con el tejido productivo.

En el resuelve decimosegundo, Financiación, pago y justificación, de la referida Resolución de convocatoria, se determinan las posiciones presupuestarias correspondientes del presupuesto de la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad, en la actualidad Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, con cargo a las cuales se concederán las ayudas, así como las disponibilidades presupuestarias para la presente convocatoria.

Asimismo, en dicho apartado decimosegundo también se establece, en el punto 2, que la cuantía del crédito disponible será distribuida funcionalmente entre cada una de las modalidades de proyectos contempladas en esta convocatoria, con anterioridad al comienzo de la evaluación de las solicitudes, mediante la oportuna Resolución de declaración de distribución de créditos, la cual será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en los mismos medios de publicidad que la presente convocatoria. En caso de no agotarse el crédito disponible para cada una de las modalidades, la Comisión de Selección podrá proponer una distribución de estos remanentes entre las modalidades deficitarias, con objeto de incluir a aquellos solicitantes que, cumpliendo todos los requisitos, no hubieran resultado inicialmente beneficiarios por falta de disponibilidad presupuestaria.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes correspondiente a la convocatoria, se verifica que la totalidad de los proyectos presentados se corresponden con Proyectos de investigación orientados a los retos de la sociedad andaluza.

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional única de la Orden de 7 de abril de 2017, se faculta a la persona titular de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología para efectuar las convocatorias públicas de las ayudas reguladas en la misma y realizar cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo, interpretación y aplicación de dicha orden.

Por lo expuesto, en el uso de las facultades concedidas, esta Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología,

RESUELVE

Primero. Establecer la siguiente distribución por modalidades de los créditos disponibles para la convocatoria 2020 de ayudas para la realización de proyectos de I+D+i, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas calificadas como Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, con el límite máximo establecido en la convocatoria de 2.200.000 de euros:

1. Ayudas a proyectos de generación de conocimiento “frontera”: 2.200.000,00 euros

2. Ayudas a proyectos de investigación en colaboración con el tejido productivo: 0,00 euros.

Tercero. La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su notificación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 Vínculo a legislación, 14 Vínculo a legislación y 46.1, Vínculo a legislación de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente a su notificación, ante esta Consejería, de conformidad con lo previsto en los artículos 112.1, Vínculo a legislación 123 Vínculo a legislación y 124 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana