VALLADOLID, 16 Oct. (EUROPA PRESS) -
En concreto, el Tribunal ratifica la orden SAN/1078/2020, de 14 de octubre, por la que se adoptan medidas sanitarias preventivas para la contención del COVID-19 en Medina durante el periodo de siete días naturales a contar desde su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL n.º 213/2020, de 14 de octubre de 2020).
Asimismo, el TSJCyL ha ratificado también la orden SAN/1072/2020, de 13 de octubre, por la que se adoptan medidas sanitarias preventivas para la contención del COVID-19 en el municipio de San Pedro de Latarce (Valladolid) durante el plazo de 14 días naturales a contar desde su publicación en el BOCYL, lo que ha tenido lugar en el BOCYL n.º 212 de 13 de octubre.
El Tribunal además resuelve que la Administración deberá comunicar a la Sala de lo Contencioso-Administrativo cualquier incidencia que afecte sustancialmente a la ejecución de las medidas ratificadas o determinen, en su caso, la procedencia de alzar las mismas, al igual que deberá solicitar la ratificación de la prórroga de las medidas si fuera acordada por la autoridad sanitaria.