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El Supremo anula la obligación de contar con un vehículo de menos de cinco meses para el transporte de mercancías

01/10/2020
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El Tribunal Supremo ha anulado el artículo de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres que establece la obligatoriedad de contar con al menos un vehículo que no supere la antigüedad de cinco meses para obtener una licencia de transporte público de mercancías.

MADRID, 30 Sep. (EUROPA PRESS) -

En una sentencia de la Sala III de los Contencioso-Administrativo, el Alto Tribunal justifica que no se ha demostrado la existencia de una "razón imperiosa" de interés general para que se haga necesario introducir esta medida, que cree "limitativa".

En concreto, considera que esta obligación supone una "injustificada barrera de acceso" a la actividad en el sector del transporte, ya que introduce una "evidente distorsión" en el mercado, afectando así a la competencia efectiva.

De hecho, la sentencia, que estima un recurso de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), explica que la competencia se ve limitada sobre todo cuando se exige este vehículo a nuevos operadores, con el sobrecoste que esto conlleva, frente al "claro beneficio" de los operadores ya instalados en el mercado.

"Resulta evidente que la exigencia del requisito de tener, al menos, un vehículo con una antigüedad que no supere los cinco meses contados desde su primera matriculación para poder obtener una licencia de transporte público de mercancías nueva representa un óbice limitativo al principio de libertad de la actividad económica en materia de transporte", aclara la sentencia.

La CNMC impugnó este primer inciso del artículo 2, apartado veintidós, del Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modificaba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) y otras normas complementarias en materia de formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de documentos de control en relación con los transportes por carretera, de transporte sanitario por carretera, de transporte de mercancías peligrosas y del Comité Nacional del Transporte por Carretera.

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