Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 25/09/2020
 
 

TSJCV

El TSJCV anula el nombramiento de Empar Marco como directora general de À Punt

25/09/2020
Compartir: 

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha anulado el nombramiento de la anterior directora general de la Societat Anònima de Mitjans de Comunicació de la Comunitat Valenciana, en la que se integran la radio y la televisión públicas valencianas, À Punt, Empar Marco, al considerar que dos miembros de la comisión evaluadora de los candidatos incurrían en causa de incompatibilidad.

VALÈNCIA, 23 Sep. (EUROPA PRESS) -

De este modo, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal valenciano estima la apelación de un aspirante --el periodista Pere Valenciano-- contra la sentencia previa de un juzgado que desestimó su recurso por falta de legitimación activa.

En su sentencia, facilitada por el TSJCV, la sala cita jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional y reconoce al recurrente "un interés legítimo y directo" en este asunto, aunque no pidiera la adjudicación de la plaza, "sino la revisión de todo el proceso de selección con el fin de conseguir la mayor limpieza y transparencia en su desarrollo".

OTROS MOTIVOS

Además, estima otros motivos de su recurso de apelación como la causa de incompatibilidad que concurría en dos de los componentes de la comisión que evaluó a los aspirantes y la falta de explicación durante el proceso de "las razones o justificación de las puntuaciones otorgadas" a los diferentes candidatos.

Respecto al primer motivo, el tribunal establece que uno de los consejeros del ente público, y a la vez miembro de la comisión evaluadora, incurría en una causa de incompatibilidad al seguir figurando como apoderado y estar casado con la administradora de la Sociedad Publicaciones Turia SL, editora de la Cartelera Turia.

También incurría en causa de incompatibilidad, de acuerdo al fallo, otra integrante de ese consejo rector y del órgano de evaluación, por ser secretaria general de una federación del sindicato UGT.

La sala admite que el recurrente denunciara esas incompatibilidades al promover el recurso ante el juzgado de lo contencioso y no antes, al conocer la composición de la comisión evaluadora, ante "la ausencia de indicación de recursos contra las bases de la convocatoria", precisa.

Igualmente, estima su alegación sobre la ausencia de razones o justificación de las puntuaciones dadas a los aspirantes, pues "cualquier afectado por determinada calificación tiene derecho a que le sea comunicada la motivación de la misma y de la puntuación que hayan sido aplicadas por el órgano calificador". La sentencia puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

Cabe recordar que Empar Marco fue relevada en el cargo por el actual director general, Alfred Costa, que tomó posesión como nuevo director general de À Punt el pasado 9 de marzo, tras ganar el concurso público convocado.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El nuevo modelo de Registro Civil impulsado por Justicia alcanza ya al 50% de la población
  2. Actualidad: La AN condena al excomisario de Barajas a 5 años de cárcel por dar un trato VIP en el aeropuerto a cambio de regalos
  3. Estudios y Comentarios: Confederal y federal; por Francisco Sosa Wagner, catedrático universitario
  4. Tribunal Constitucional: El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad desestima el Recurso de Inconstitucionalidad del PP y confirma que el País Vasco y Navarra tienen competencia para gestionar el ingreso mínimo vital
  5. Actualidad: Félix Bolaños sitúa la digitalización en el centro de la modernización histórica de la Justicia
  6. Estudios y Comentarios: Una casa sin cimientos; por Consuelo Madrigal Martínez-Pereda, Académica de Número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España
  7. Tribunal Supremo: En caso de tortura la acreditación de los hechos alegados debe valerse del criterio de la prueba más allá de toda duda razonable
  8. Libros: BLANCO LÓPEZ, M.ª Ángeles: Música y Derecho. La educación musical como medio de integración social y su evolución histórica hacia la configuración de un nuevo Derecho, Iustel, 334 Páginas
  9. Actualidad: El Supremo hace responsable a la banca de restituir anticipos con letras de cambio en la compra de viviendas
  10. Tribunal Supremo: La cesión del coche de empresa no está sujeta al IVA, aunque la empresa se haya deducido parte del Impuesto soportado por la adquisición del vehículo mediante renting

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana