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  • EDICIÓN DE 08/09/2020
 
 

Subvenciones a PYMES para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales

08/09/2020
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Resolución de 1 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se modifica parcialmente la distribución de créditos establecida por la Resolución de 26 de junio de 2019, por la que se convocan para el año 2019 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales, con sujeción a las bases reguladoras establecidas por la Orden de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, de 13 de junio de 2018 (BOJA de 7 de septiembre de 2020). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 2020, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO Y BIENESTAR LABORAL, POR LA QUE SE MODIFICA PARCIALMENTE LA DISTRIBUCIÓN DE CRÉDITOS ESTABLECIDA POR LA RESOLUCIÓN DE 26 DE JUNIO DE 2019, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2019 SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, A MICROEMPRESAS, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (PYME) DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, CON SUJECIÓN A LAS BASES REGULADORAS ESTABLECIDAS POR LA ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y COMERCIO, DE 13 DE JUNIO DE 2018

Mediante Resolución de 26 de junio de 2019, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se convocan para el año 2019 subvenciones, en Régimen de Concurrencia Competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales, con sujeción a las bases reguladoras establecidas por la Orden de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio de 13 de junio de 2018 (BOJA núm. 125, de 2.7.2019).

El punto 2 del resuelvo octavo de citada resolución de convocatoria establece la distribución de los créditos aprobados para la convocatoria y fija las cuantías máximas entre los diferentes ámbitos territoriales y funcionales de competitividad contemplados en la misma, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.1 Vínculo a legislación de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial.

Por otro lado, en el punto 4 del mismo resuelvo octavo se establece que, si tras la resolución de concesión existiesen créditos sobrantes, de los fijados en el citado punto 2, en alguno de los ámbitos territoriales y funcionales establecidos, éstos se distribuirán con los mismos criterios de distribución territorial que los iniciales, previa modificación de la distribución de los créditos aprobados, entre los ámbitos territoriales y/o funcionales de la convocatoria en las existan solicitudes que aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en dichos ámbitos, de forma que, respetando el orden de evaluación establecido, se posibiliten resoluciones complementarias para la concesión de las subvenciones que incluyan dichas solicitudes.

A la vista de los créditos anteriormente referidos, fijados para las provincias de Granada, Málaga y Sevilla, y teniendo en cuenta las Resoluciones de concesión de la convocatoria emitidas en dichas provincias, se constatan los siguientes créditos sobrantes, respecto a los inicialmente previstos:

CUADRO OMITIDO

Por otro lado, en la provincia de Granada existe a la fecha la necesidad de conceder dos nuevos expedientes en la Línea A), Modalidad M1, a resulta de la estimación de sendos recursos administrativos presentados por las entidades solicitantes, que suponen una necesidad de crédito total de 23.051,12 € en la posición presupuestaria G/31C/77100 de dicha provincia para proceder a la concesión de los respectivos expedientes de subvención.

Así mismo, en la misma Línea A), Modalidad M1, de la provincia de Granada existen solicitudes que aún cumpliendo todos los requisitos, no han resultado beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en dicho ámbito, para las que sería necesario un crédito total de 626.573,85 €, en la posición presupuestaria G/31C/77100 de dicha provincia.

De igual forma, en el mismo ámbito de concurrencia de la provincia de Granada, en la Línea B), Modalidad M1, existe a la fecha también la necesidad de conceder un nuevo expediente, a resulta de la estimación del recurso administrativo presentado por la entidad solicitante, por un importe total de 15.000,00 €, a conceder con cargo a la misma posición presupuestaria G/31C/77100 de dicha provincia.

Por tanto, a la vista de lo anteriormente expuesto, se hace necesario un reajuste de los créditos máximos destinados entre los ámbitos funcionales de las provincias señaladas, al objeto de poder finalizar la convocatoria del año 2019 en la provincia de Granada, procediendo a la concesión de todas aquellas solicitudes pendientes de resolver así como aquellas que aún cumpliendo todos los requisitos, no han sido concedidas por agotamiento del crédito disponible en los respectivos ámbitos funcionales, y en concreto los referidos a la posición presupuestaria G/31C/77100, para la financiación de los proyectos acogidos a la Modalidad M1 de las líneas A) y B).

Finalmente, de acuerdo con lo previsto en el apartado 9.4. de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, la propuesta de modificación de la autorización del gasto previsto en la Resolución de 26 de junio de 2019, de convocatoria, para su adaptación a las necesidades descritas anteriormente ha sido sometida a la previa fiscalización por la Intervención competente, quedando fiscalizada de acuerdo con la normativa de aplicación en fecha 20 de Agosto de 2020 por la Intervención Provincial de Granada de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía.

En virtud de lo anterior, y de conformidad con el Decreto 100/2019, de 12 de febrero Vínculo a legislación, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, la Orden de 13 de junio de 2018, de bases reguladoras y la Resolución de 26 de junio de 2019, de convocatoria,

RESUELVO

Primero. Modificación de distribución de créditos.

Se modifica la distribución de los créditos máximos fijados en el punto 2 del resuelvo octavo de la Resolución de 26 de junio de 2019, por la que se convocan las subvenciones para el año 2019, entre los ámbitos funcionales de competitividad contemplados para las provincias de Granada, Málaga y Sevilla, en el siguiente sentido:

a) Para subvenciones a PYME incluidas en el apartado A) del resuelvo segundo, por desarrollar alguna de las actividades económicas que durante 2018 reflejaron en la Comunidad Autónoma de Andalucía mayores índices de incidencia por accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales.

a.1) Modalidad M1. Actividades y proyectos que contemplen inversiones dirigidas a la incorporación de medidas especificadas en la planificación preventiva de la empresa.

CUADRO OMITIDO

b) Para subvenciones a PYME incluidas en el apartado B) del resuelvo segundo, por desarrollar alguna de las actividades económicas del sector industrial de Andalucía.

b.1) Modalidad M1. Actividades y proyectos que contemplen inversiones dirigidas a la incorporación de medidas especificadas en la planificación preventiva de la empresa.

CUADRO OMITIDO

Segundo. Efectos.

La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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