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TSJC

Sanidad deberá devolver 89.300 euros deducidos del contrato de Valdecilla

25/08/2020
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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha anulado una resolución de la Consejería de Sanidad dictada en junio de 2018 por la que aplicaba deducciones por importe de 89.303 euros a la facturación del mes de enero de ese año de Smart Hospital Cantabria (SHC), la sociedad que presta una docena de servicios no clínicos en el centro sanitario. Las deducciones fueron realizadas por fallos de calidad y disponibilidad en la prestación del colaboración público privada suscrita en 2014.

SANTANDER, 23 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC ha estimado el recurso interpuesto por SHC en octubre contra la resolución, que a su admitía parcialmente el recurso de alzada interpuesto por la asociación empresarial frente a otra del director gerente del centro hospitalario por la que se aplicaban automáticamente esas deducciones, y las aminoraba de 90.708 euros a los 89.303 ahora anulados en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.

La mercantil solicitaba la nulidad del acuerdo por el que se practicaban 25 deducciones -18 en el servicio de limpieza- por el citado importe al entender que se estaban vulnerando los pactos contractuales y por apreciar también infracción del principio de cooperación leal en la ejecución de los contratos, así como vulneración de los principios de interdicción de la arbitrariedad, proporcionalidad y objetividad.

El SHC argumentó entre otras cosas que la administración no estaba usando la plataforma informática establecida para aplicar las deducciones ante incumplimientos en el contrato pese a que es una herramienta "adecuada e idónea" y funcionaba "correctamente" además.

También se quejaba de la ausencia de una metodología "clara y precisa" para evaluar la calidad del servicio, y de que se imponían las deducciones en base a indicadores "genéricos" y calculados de forma "subjetiva".

Y negaba en cualquier caso incumplimientos que dieron lugar a las deducciones practicas en enero de 2018, que no ha sido "acreditadas" además, por lo que a juicio de Smart Hospital Cantabria suponen "un enriquecimiento injusto de la administración".

El TSJC apunta en el fallo que la aplicación de deducciones vincula a la mercantil, pero la aplicación de las mismas solo es procedente si se aplican conforme a los términos contractuales, que entre otras cosas incluyen una plataforma para su gestión y que, como reconoce la propia administración, no utilizó, por lo que deben ser anuladas.

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