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TJUE

El TJUE multa a Irlanda y Rumanía por no aplicar normas europeas contra el blanqueo de capitales

20/07/2020
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha impuesto multas de 3 millones y 2 millones de euros a Rumanía e Irlanda, respectivamente, por no haber trasladado de forma completa a sus legislaciones nacionales la directiva sobre prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

BRUSELAS, 16 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Europea llevó a estos dos Estados miembros ante el tribunal de Luxemburgo en agosto de 2018 por incumplir el plazo para transponer la normativa comunitaria a pesar de que habían recibido ya dos advertencias. El plazo había expirado el 26 de junio de 2017.

En un principio, Bruselas pidió al TJUE que impusiera a los dos países, por un lado, una multa coercitiva a partir del pronunciamiento de la sentencia y, por otro, el pago de una cantidad a tanto alzado.

Tras haber aprobado completamente tanto Bucarest como Dublín la directiva europea antiblanqueo de forma completa, el Ejecutivo comunitario renunció a pedir una multa coercitiva diaria pero mantuvo su pretensión de que los jueces europeos condenasen a los dos socios al pago de una sanción a tanto alzado.

Rumanía e Irlanda, sin embargo, sostenían que esta reclamación además de no estar justificada tampoco era proporcionada. También consideraban que Bruselas no había motivado "de manera detallada y caso por caso" su decisión de solicitar las multas a tanto alzado.

Sin embargo, la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la UE ha dado la razón a la Comisión Europea y ha condenado a Rumanía y a Irlanda a pagar multas a tanto alzado de 3 millones y 2 millones de euros, respectivamente.

Los jueces europeos han concluido que ninguno de los dos países habían adoptado las disposiciones de la directiva ni habían comunicado las medidas al Ejecutivo comunitario cuando venció el plazo estipulado en la propia directiva.

Además, el tribunal con sede en Luxemburgo ha recordado que la obligación de comunicar las medidas de transposición se refiere a la obligación de los socios comunitarios "de transmitir información suficientemente clara y precisa" sobre las mismas.

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