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TC

El TC estudiará si el TS vulneró derechos de Puigdemont al mantener la orden de detención tras ser elegido eurodiputado

17/07/2020
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El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado por unanimidad admitir a trámite el recurso de amparo presentado por el expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont y el exconsejero catalán Toni Comín --ambos huidos de la justicia española-- contra la decisión del Tribunal Supremo de mantener las órdenes nacionales de detención que pesaban contra ellos con anterioridad a que fueran elegidos diputados en el Parlamento Europeo.

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)

El tribunal de garantías considera que en el recurso concurre "una especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina en este tribunal".

Asimismo, los magistrados del TC consideran que el asunto suscitado también plantea "una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social o económica", según dice una providencia con fecha de este martes.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo dictó un auto el pasado 13 de noviembre en el que confirmaba la decisión adoptada el 15 de junio de 2019 por el juez instructor del 'procés', Pablo Llarena, de no levantar la orden de detención nacional que pesaba contra el expresidente catalán y el que fuera su consejero desde antes de que se presentarán como candidatos a las elecciones al Parlamento y europeo de mayo de ese año y pese a que habían resultado electos.

ARGUMENTOS DEL SUPREMO

El Supremo destacó que los razonamientos del juez Llarena fueron claros y no arbitrarios al fundar el mantenimiento de las órdenes de detención y prisión en la "incuestionable persistencia de la situación de rebeldía de los acusados y en su procesamiento por graves delitos".

Añadieron que para aplicar el privilegio de la inmunidad que alegaban Puigdemont y Comín no basta con tener condición de europarlamentario electo sino que es obligatorio haber adquirido la condición de eurodiputado, algo que en ese momento aún no había sucedido.

El Tribunal Constitucional, que ha designado al magistrado Cándido Conde-Pumpido como ponente de la sentencia que se dicte en su día, requiere al Supremo que remita la certificación o fotocopia averada del auto de 5 de noviembre de 2019, que resuelve la apelación contra autos de 15 de junio y 13 de septiembre de 2019 dictados por el magistrado instructor.

Asimismo, rechaza la petición de suspender estas resoluciones al no apreciar la urgencia excepcional, pues, tal y como indica la providencia, han quedado sin efecto al ser sustituidas por otras posteriores.

El 14 de octubre de 2019, día en el que se dictó la sentencia del Supremo por el 'procés' independentista, el juez Llarena reactivó las ordenes europeas e internacionales de detención y entrega contra el expresidente de la Generalitat y el exconsejero, que habían sido retiradas en marzo de 2018 tras la decisión de un tribunal alemán de entrega a Puigdemont sólo por el delito de malversación y no por rebelión, por el que había sido procesado por el 'procés'. El magistrado instructor confirmó su decisión el pasado 10 de enero mediante un auto.

No obstante, el tribunal de garantías acuerda formar pieza separada y conceder un plazo de tres días al fiscal y a los solicitantes de amparo para que efectúen las alegaciones que consideren convenientes.

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