Diario del Derecho. Edición de 28/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 02/07/2020
 
 

TC

El TC anula el alza de los pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades

02/07/2020
Compartir: 

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha declarado inconstitucional el aumento de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades. De esta forma, el alto tribunal ha estimado por unanimidad la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional sobre esta regulación de los pagos fraccionados.

MADRID, 1 Jul. (EUROPA PRESS) -

Dicha norma, que aún sigue vigente, introdujo una serie de modificaciones en el cálculo del pago fraccionado de las empresas con facturación superior a 10 millones de euros, para las que se incrementaba el importe del pago, fijándose para el mismo una cuantía mínima del 23% del resultado contable, sin otros ajustes, y del 25% para bancos y refinerías.

El exministro de Hacienda del Gobierno del PP, Cristóbal Montoro, aprobó el aumento de los pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades para intentar recaudar 8.000 millones de euros más con la intención de enjugar las cifras de déficit de aquel año.

El tipo mínimo del pago fraccionado, que actúa como un adelanto de la liquidación del impuesto, se había aplicado entre 2012 y 2015, año éste en el que tipo se situó en el 12%. No obstante, con la reforma fiscal de 2015 se eliminó, pero la caída de los ingresos por Sociedades hasta junio de 2016 llevó al Gobierno en funciones de Rajoy a dar marcha atrás y volverlo a establecer, incluyendo además un incremento.

La sentencia, cuyo ponente ha sido el magistrado Juan Antonio Xiol Ríos, aborda, en primer lugar, la posible vulneración de los límites materiales del real decreto-ley.

En concreto, la Audiencia Nacional planteaba la vulneración del artículo 86.1 de la Constitución, ya que el decreto-ley no puede afectar a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, entre los que se encuentra el "deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos" del artículo 31.1 de la Carta Magna.

Aplicando la doctrina constitucional sobre los límites de los reales decretos-leyes en el ámbito tributario, la sentencia razona que, por el tributo afectado, que es uno de los principales del sistema tributario español, y por la entidad de la modificación que se introduce en él, que alcanza a los elementos principales del pago fraccionado, se afecta al deber de contribuir.

La medida controvertida no incide en la cuantía final del impuesto, sino que se refiere a un pago a cuenta, pero el Tribunal enfatiza que afecta de forma sustancial a su cuantificación y lo hace respecto de las empresas de mayor tamaño que, aunque relativamente pocas en número, son las que aportan más de la mitad de la recaudación del impuesto.

Aunque la cuestión de inconstitucionalidad también planteaba la posible vulneración del principio de capacidad económica, el Tribunal no aborda este aspecto, al estimar el primer motivo sobre el uso del decreto-ley.

Por último, como en otras ocasiones, la sentencia declara que no pueden considerarse situaciones susceptibles de ser revisadas con fundamento en ella ni las decididas mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada (art.40.1 LOTC), ni tampoco, en este caso concreto, por exigencia del principio de seguridad jurídica (art.9.3 CE), las consolidadas en vía administrativa por no haber sido impugnadas en tiempo y forma.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: La Audiencia Nacional investiga el incidente de Vallecas como posible terrorismo yihadista
  2. Estudios y Comentarios: El primer viaje de León XIV: Turquía y el Líbano; por Rafael Navarro-Valls, catedrático Emérito y Profesor de Honor Vitalicio de la Universidad Complutense de Madrid
  3. Actualidad: El Supremo revisa hoy la libertad de Ábalos y Koldo tras situarles a un paso de juicio por la trama de mascarillas
  4. Actualidad: El TS envía a Ábalos y Koldo a prisión por riesgo "extremo" de fuga ante el juicio por la trama de mascarillas
  5. AN, TSJ, AAPP: Establece la AN que no informar a los representantes de los trabajadores de los algoritmos empleados por la empresa para la asignación de libranzas, vulnera el derecho a la libertad sindical
  6. Estudios y Comentarios: Críticas “políticas” a la condena al fiscal general; por Agustín Pérez-Cruz, catedrático de Derecho Procesal en la Universidad de Oviedo
  7. Estudios y Comentarios: Dean Spielmann, Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE, y la autoamnistía; por Enrique Gimbernat, catedrático emérito de la Universidad Complutense de Madrid
  8. Legislación: Estrategia de Acción Exterior y ante la Unión Europea de la Junta de Andalucía 2025-2030
  9. Tribunal Supremo: Se condena al tío de una menor por las lesiones producidas por el atropello con una bicicleta (kart) conducido por la niña, al ser quien la alquiló y se la proporcionó a su sobrina
  10. Actualidad: El TJUE establece que todo Estado miembro debe reconocer el matrimonio homosexual contraído en otro país de la UE

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana