Diario del Derecho. Edición de 24/10/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 01/07/2020
 
 

Europa - TEDH

El TEDH condena a España a pagar 14.600 euros a un ciudadano por no revisar una multa por evadir capitales

01/07/2020
Compartir: 

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a España a indemnizar con 9.600 euros por daños morales más 5.000 euros en concepto de gastos a un ciudadano que fue multado por Hacienda tras ser descubierto en Barajas, desde donde tenía planeado volar a Buenos Aires, con un maletín que contenía 154.800 euros que no había declarado y que le fueron confiscados con excepción de 1.000 euros.

MADRID, 30 Jun. (EUROPA PRESS) -

El tribunal de garantías europeo considera que en este caso se ha vulnerado el artículo 2 del Protocolo n.º 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, lo que hubiera obligado a que la sanción administrativa que se le impuso fuera revisada por la justicia.

La multa impuesta a este ciudadano, Martin S.I. -que vivía entre España y Argentina- en agosto de 2011 fue equivalente al monto total confiscado, si bien éste interpuso recurso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid que lo desestimo alegando que el caso no estaba abierto a revisión debido a una reciente reforma de la jurisdicción administrativa. La citada reforma había modificado el mínimo a partir del cual la sanción podía ser recurrida ante los tribunales.

La sentencia del TSJ de Madrid fue recurrida en amparo ante el Tribunal Constitucional, que rechazó el recurso alegando ausencia de contenido constitucional de la reclamación, razón por la que el caso ha llegado finalmente al TEDH. El tribunal resuelve que se ha vulnerado el derecho del reclamante a que la sanción fuera revisada y condena a España a indemnizarle.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El TS da 15 días al Gobierno para cumplir la orden sobre los menores extranjeros solicitantes de asilo en Canarias
  2. Tribunal Supremo: El Tribunal Supremo da la razón a la Universidad de Granada y deniega a un profesor asociado el derecho a lucrar el complemento por actividad docente investigadora
  3. Actualidad: El TS rechaza por falta de competencia una demanda de Vito Quiles contra Puente
  4. Tribunal Supremo: Los trabajadores de Paradores de Turismo de España que reduzcan la jornada por motivos familiares y de conciliación, tienen derecho al abono del plus de distancia en el mismo importe que venían percibiendo con anterioridad a la reducción
  5. Actualidad: El Supremo pide a EEUU datos de Twitter por la causa contra 'Alvise' por difundir una PCR falsa de Illa
  6. Actualidad: El TEDH inadmite la queja "infundada" de Otegi por la revisión del 'caso Bateragune'
  7. Actualidad: La presidenta del Supremo reivindica ante los niños la labor de los jueces
  8. Estudios y Comentarios: Autónomos: ¿quién paga la red?; por Jahel Queralt, profesora lectora Serra Húnter en la Facultad de Derecho de la Universidad Pompeu Fabra
  9. Estudios y Comentarios: La constitucionalización del aborto, o el final definitivo de la lealtad constitucional; por Agustín Ruiz Robledo, Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada y Visiting Professor de la BITS Law School de Bombay
  10. Tribunal Supremo: Los comuneros no pueden convocar directamente una reunión sin haber requerido previamente al presidente de la Comunidad de Propietarios

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana