MADRID, 23 EUROPA PRESS)
Según el auto hecho público este martes, ha de mantenerse la suspensión porque "la vigencia del plan impugnado podría ocasionar unos perjuicios a la política exterior española que, en el caso de que finalmente fuera declarado inconstitucional, serían de imposible reparación".
Esos perjuicios consiste, a juicio del tribunal de garantías, en que el plan menoscaba la posición y la imagen internacional de España, en cuanto que su ejecución de "carácter omnicomprensivo y los objetivos que persigue van en detrimento del interés general que se expresa en la acción exterior española".