Diario del Derecho. Edición de 07/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 04/06/2020
 
 

Audiencia Provincial de Madrid

La Audiencia Provincial de Madrid falla que la cláusula IRPH-Cajas de una hipoteca de Sabadell no es abusiva

04/06/2020
Compartir: 

La Sección Vigésimo Octava de la Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado íntegramente un recurso de apelación presentado contra Banco Sabadell, fallando que la aplicación de la cláusula hipotecaria denominada IRPH-Cajas no es abusiva.

MADRID, 3 Jun. (EUROPA PRESS) -

Los demandantes solicitaron la declaración de nulidad de la cláusula tercera bis de la escritura de un préstamo hipotecario suscrito con Sabadell en 2005 por la que se pactó un interés variable y se estableció como tipo de referencia para su cálculo el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años de las cajas de ahorro (más conocido como IRPH-Cajas) y, subsidiariamente, el tipo medio a más de tres años del conjunto de entidades (IRPH-Conjunto de entidades), todo ello con un diferencial de 0,1 puntos.

El Juzgado de Primera Instancia desestimó la demanda y la Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso que se interpuso entonces.

La sentencia establece el criterio de la sala y es la primera que dictan los tribunales madrileños desde la resolución sobre esta materia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE,) el pasado 3 de marzo.

El tribunal declara que en el caso presente no está justificada la pretensión de los demandantes de falta de transparencia en la cláusula IRPH-Cajas, ya que a juicio de los magistrados no es aplicable la doctrina jurisprudencial según la cual la abusividad, entendida como desequilibrio sustancial en perjuicio del consumidor, es inherente a la falta de transparencia en la medida que esa falta de transparencia le impide comparar correctamente entre las diferentes ofertas existentes en el mercado.

La sentencia señala que, en la cláusula IRPH, la frustración de expectativas que se denuncia por el demandante no se genera por un comportamiento indeseable y no previsto del índice elegido (IRPH), sino por la correlación apreciable entre el comportamiento de dicho índice y el de otro índice que es por completo ajeno al contrato (el Euríbor).

"En definitiva, en el caso de la cláusula IRPH ni el exquisito cumplimiento del deber de información evitaría la clase de desequilibrio que se denuncia, ni su total incumplimiento sería capaz de provocarlo", señala el fallo, contra el que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: La Audiencia Nacional acuerda investigar los pagos en metálico del PSOE a Ábalos y Koldo García
  2. Estudios y Comentarios: La amnistía y el Tribunal Constitucional (I); por Ramón Trillo, expresidente de Sala del Tribunal Supremo
  3. Actualidad: El TEDH descarta que el Tribunal Supremo vulnerara los derechos de Turull, Junqueras y Sànchez
  4. Tribunal Supremo: La nulidad de pleno derecho del acto administrativo no afecta a su eficacia y ejecutividad, por lo que el particular afectado por el acto nulo debe reaccionar frente al mismo si no quiere soportar sus efectos
  5. Tribunal Supremo: Para beneficiarse de la reducción del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones por transmisión de participaciones de una empresa familiar, basta con disponer de un local afecto a una actividad y contar con un trabajador contratado a jornada completa
  6. Estudios y Comentarios: La explotación política de la inmigración; por Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal y abogado
  7. Tribunal Supremo: El requisito de haber cumplido 45 años en la fecha del hecho causante para acceder a la prestación en favor de familiares no se ha de juzgar con perspectiva de género al afectar por igual a mujeres y hombres
  8. Actualidad: El TS resolverá si los padres pueden pelear en los tribunales la concesión de la eutanasia a un hijo mayor de edad
  9. Legislación: Medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico
  10. Tribunal Supremo: El éxito de la acción de desahucio por precario entre coherederos no queda impedido por la circunstancia de que el demandado, poseedor en exclusiva, sea titular de la cuota mayoritaria en la comunidad hereditaria

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana