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Medidas relativas a la presentación y pago de determinados impuestos

22/05/2020
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Resolución de 15 de mayo de 2020, del Director General de Tributos, por la que se amplían los plazos previstos en la Orden HAP/316/2020, de 14 de abril, por la que se adoptan medidas relativas a la presentación y pago de determinados impuestos gestionados por la Comunidad Autónoma de Aragón motivadas por la vigencia del estado de alarma (BOA de 21 de mayo de 2020). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 15 DE MAYO DE 2020, DEL DIRECTOR GENERAL DE TRIBUTOS, POR LA QUE SE AMPLÍAN LOS PLAZOS PREVISTOS EN LA ORDEN HAP/316/2020, DE 14 DE ABRIL, POR LA QUE SE ADOPTAN MEDIDAS RELATIVAS A LA PRESENTACIÓN Y PAGO DE DETERMINADOS IMPUESTOS GESTIONADOS POR LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN MOTIVADAS POR LA VIGENCIA DEL ESTADO DE ALARMA.

La Orden HAP/316/2020, de 14 de abril, adopta diversas medidas relativas a la presentación y pago de determinados impuestos gestionados por la Comunidad Autónoma de Aragón motivadas por la vigencia del estado de alarma ("Boletín Oficial de Aragón", número 75, de 16 de abril de 2020). Su disposición final primera, en el apartado 1, habilita al Director General de Tributos para que, mediante Resolución, prorrogue la ampliación de los plazos a que se refiere esta Orden, si así lo requiere la persistencia de la situación de emergencia, y dicte las instrucciones correspondientes para la efectiva aplicación de las medidas contempladas en la Orden. Ante la incertidumbre respecto a la prolongación de dicho estado de alarma, así como la inseguridad jurídica en el ámbito tributario que pueden provocar las medidas sobre la restricción de la movilidad ciudadana y las consecuencias que éstas pueden tener en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, resulta conveniente ampliar preventivamente los plazos previstos en la citada Orden.

En su virtud, resuelvo:

Único. Los plazos contemplados en el primer párrafo del apartado 1 del artículo 1 y en el apartado 1 del artículo 2 de la Orden HAP/316/2020, de 14 de abril, por la que se adoptan diversas medidas relativas a la presentación y pago de determinados impuestos gestionados por la Comunidad Autónoma de Aragón motivadas por la vigencia del estado de alarma, se amplían por periodo de un mes adicional a los previstos en dicha Orden, respecto a los mismos impuestos y con el mismo cómputo que el regulado en dicha norma.

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