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  • EDICIÓN DE 11/05/2020
 
 

Comité de Dirección que gestionará y coordinará todos los recursos sanitarios, de gestión y de voluntariado

11/05/2020
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Orden de 5 de mayo de 2020, de la Consejera de Salud, por la que se deroga la Orden de 18 de marzo de 2020, de la Consejera de Salud, por la que se crea el Comité de Dirección que gestionará y coordinará todos los recursos sanitarios, de gestión y de voluntariado, disponibles en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para hacer frente a la crisis provocada por el coronavirus (Covid-19) (BOPV de 8 de mayo de 2020). Texto completo.

ORDEN DE 5 DE MAYO DE 2020, DE LA CONSEJERA DE SALUD, POR LA QUE SE DEROGA LA ORDEN DE 18 DE MARZO DE 2020, DE LA CONSEJERA DE SALUD, POR LA QUE SE CREA EL COMITÉ DE DIRECCIÓN QUE GESTIONARÁ Y COORDINARÁ TODOS LOS RECURSOS SANITARIOS, DE GESTIÓN Y DE VOLUNTARIADO, DISPONIBLES EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO, PARA HACER FRENTE A LA CRISIS PROVOCADA POR EL CORONAVIRUS (COVID-19).

Mediante la Orden de 18 de marzo de 2020, publicada en el BOPV n.º 56, de 20 de marzo de 2020, de la Consejera de Salud, se procedió a crear el Comité de Dirección que gestiona y coordina todos los recursos sanitarios, de gestión y de voluntariado disponibles en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco para hacer frente a la crisis provocada por el coronavirus (Covid-19).

La función principal de dicho órgano es proponer a la Consejera de Salud, para su adopción, el establecimiento de las medidas especiales en materia de recursos humanos y medios que se establecen en la Orden SND/232/2020, de 15 de marzo Vínculo a legislación, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, dictada en desarrollo y aplicación de lo previsto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo Vínculo a legislación, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

Tras varias semanas de gestión de la pandemia, los indicadores actuales de evolución de la misma (por ejemplo, el número reproductivo básico (R0) que en la fecha de creación del comité de dirección se situaba en 1,75 ha descendido hasta situarse en valores, el día 29 de abril de 2020, de alrededor del 0,80), sitúan la fase actual en una fase de contención cuyo objetivo final es evitar el retorno a una situación en que la curva epidemiológica vuelva a tener una tendencia ascendente.

Este cambio de fase implica que, salvo excepciones, ya no es preciso el empleo de recursos sanitarios privados para complementar al sistema sanitario público. Asimismo, ya no se hace necesario gestionar la fase de contención, de la misma forma que la gestión de otros recursos como los del voluntariado no tienen que formar parte de la misión del comité de dirección.

Finalmente, las tareas de asesoramiento a la Consejera de Salud, que también contemplaba dicha orden, pueden desarrollarse por los órganos y en la forma previstos en el Decreto 80/2017, de 11 de abril Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud.

De hecho la orden ya fue modificada por Orden de 17 de abril de 2020, de la Consejera de Salud (publicada en el BOPV núm. 79, de 27 de abril de 2020), al objeto de dejar sin efecto la previsión contenida en su resuelvo quinto y residenciar en los órganos correspondientes de Osakidetza-Servicio vasco de salud las funciones atribuidas en su momento a la Dirección de Aseguramiento y Contratación Sanitarias del Departamento de Salud.

En cualquier caso, la propia orden en su resuelvo séptimo establece que “La vigencia de esta Orden se extenderá en tanto dure la situación de estado de alarma decretado por el gobierno estatal y en tanto subsistan las necesidades de coordinación en el sector con ocasión de la crisis producida”.

Todo lo anterior nos lleva a concluir que, en el momento actual, las indicadas necesidades de coordinación no resultan precisas y se pueden desarrollar, tanto dicha tarea de coordinación como el resto de las actividades contempladas por la orden, por órganos preexistentes a la fecha de entrada en vigor de la Orden de 18 de marzo de 2020, por lo que actualmente ya no resulta necesario un Comité de Dirección como el creado por aquella.

Por ello, en virtud de las competencias atribuidas a este órgano por el artículo 4.1 Vínculo a legislación y 2 Vínculo a legislación del Decreto 80/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud, y en ejercicio de la habilitación atribuida por el resuelvo duodécimo de la Orden SND/232/2020, de 15 de marzo Vínculo a legislación, citada, dictada al amparo del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo Vínculo a legislación, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19,

RESUELVO:

Primero.- Derogar la Orden de 18 de marzo de 2020, de la Consejera de Salud, por la que se crea el Comité de Dirección que gestionará y coordinará todos los recursos sanitarios, de gestión y de voluntariado, disponibles en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco para hacer frente a la crisis provocada por el coronavirus (Covid-19).

Segundo.- La presente Orden se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco y surtirá efectos desde el día de su adopción.

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