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CGPJ

El CGPJ autoriza a los jueces a notificar las resoluciones de procedimientos en curso por vía telemática

22/04/2020
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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado autorizar a los órganos judiciales a que adopten las medidas necesarias para poder notificar las resoluciones que dicten en los procedimientos en curso, tanto los declarados esenciales como los que no lo son. Advierten de que esa notificación debe hacerse por vía telemática siempre que sea posible.

MADRID, 20 (EUROPA PRESS)

En un comunicado, el órgano de gobierno de los jueces señala que este acuerdo afecta tanto a resoluciones de trámite como a las que ponen fin al procedimiento, y matiza que si se enmarca en el seno de un procedimiento no declarado esencial, "no dará lugar al levantamiento de los plazos que fueron suspendidos en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto de 14 de marzo por el que se declaró el estado de alarma.

Subrayan asimismo que cuando estas resoluciones notificadas den lugar a un plazo que no se encuentre suspendido por tratarse de uno de los supuestos urgentes o esenciales, es aconsejable "que se haga constar expresamente en la propia resolución".

EL AUMENTO SIGNIFICATIVO DE LA TRAMITACIÓN DE PROCEDIMIENTOS

Por otro lado, desde el CGPJ explican que el levantamiento de las limitaciones a la presentación de escritos procesales a través de medios telemáticos acordada el pasado 13 de abril "conlleva un aumento significativo en la tramitación de procedimientos judiciales". Añaden que este hecho ha exigido la adopción de estas nuevas medidas a fin de atender la necesidad de notificación de las resoluciones generadas.

En este sentido, recuerdan que el incremento de la actividad en los juzgados no puede implicar "una mayor afluencia física presencial en los órganos judiciales que ponga en riesgo la salud de las personas", y recomiendan atenerse a lo que la autoridad sanitaria vaya estableciendo en cada momento.

UNA CIRCULAR DE JUSTICIA

Al hilo, el Ministerio de Justicia ha dictado este lunes también una circular por la que se recomienda a los letrados de la Administración de Justicia que notifiquen a las partes esas resoluciones que se dicten en los procesos judiciales en curso durante la vigencia de la prórroga del estado de alarma.

En un comunicado señalan que esa recomendación se refiere a las resoluciones que se dicten en cualquier proceso, no solo en los declarados esenciales. Además inciden en esa circular de la Secretaría General de la Administración de Justicia en que siempre que sea posible las notificaciones se harán por medios telemáticos y, en ningún caso, su realización implicará un aumento de la presencia física de los funcionarios en las sedes judiciales más allá de lo que dicten las resoluciones.

Además, desde el ministerio aclaran que la recomendación no afecta a la suspensión de plazos procesales acordado por el Gobierno al declarar el estado de alarma. "Los plazos a que dé lugar la notificación comenzarán a correr cuando corresponda", añaden.

En este sentido, indican que el objetivo de esta circular es agilizar el incremento de la tramitación procesal, consecuencia de la resolución del Ministro de Justicia de 13 de abril y la del Consejo General del Poder Judicial de la misma fecha que levantó las limitaciones a la presentación de escritos por medios telemáticos.

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