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  • EDICIÓN DE 13/04/2020
 
 

TSJC

El TSJC insta a Cataluña a dar mascarillas y protección al personal de ambulancias

13/04/2020
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha requerido a la Conselleria de Salud de la Generalitat y al CatSalut para que entregue, "con carácter urgente e inmediato", material de protección contra el coronavirus a los empleados de todos los servicios de ambulancias de Cataluña, ya sean o no de traslados urgentes.

BARCELONA, 7 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Social ha estimado así las medidas cautelarísimas solicitadas por el sindicato Usoc, y en el auto de este martes, consultado por Europa Press, los magistrados detallan que se deberá dotar a los trabajadores de batas impermeables, mascarillas FPP2 y FPP3, gafas de protección, guantes, recipientes de residuos, solución alcohólica para desinfección, y productos de desinfección para los vehículos.

La misma sala ya ha adoptado medidas cautelarísimas para entregar material de protección a trabajadores de servicios esenciales a raíz de las peticiones del sindicato Médicos de Cataluña (el martes 31 de marzo), del sindicato de Mossos d'Esquadra Uspac (el miércoles 1 de abril), y de la Trisindical de Mossos (el martes 6), que los magistrados consideran "sustancialmente idénticas" a las de Usoc.

El sindicato solicitó que la entrega de material se hiciera en 24 horas, aunque el tribunal no fija ningún plazo, como hizo en los casos anteriores, y el auto, que no admite recurso, destaca frente a los acuerdos previos que esta petición "presenta la singularidad de tener como actuantes al personal de ambulancias que presta sus servicios para todos los centros hospitalarios, domicilios, y espacios habilitados para el mismo efecto".

Como ya hizo para los médicos y los agentes de Mossos, la sala toma el acuerdo sin escuchar a las partes y lo justifica por la urgencia de la medida, y señala que "los riesgos relacionados con la exposición al coronavirus en el ámbito laboral concurren en el personal sanitario asistencial y no asistencial, en supuestos de atención a casos confirmados o en investigación".

CONOCEN "LA ESCASEZ"

Los magistrados dicen, como también hicieron en los anteriores autos de medidas cautelarísimas para entregar material de protección, sobre la falta de recursos: "Esta Sala no ignora la existencia de escasez de estos medios --hecho que ya hemos tildado de notorio en otras resoluciones--; ahora bien, no integra el objeto de esta resolución, ni de nuestra competencia, declarar la prioridad que las autoridades gubernativas han de establecer" al repartir el material.

"La prevención de riesgos ha de pasar forzosamente por dotar a quienes se encuentran expuestos a los mismos de los necesarios equipos de protección", consideran los magistrados, y recuerdan que, si bien el real decreto de estado de alarma centra las competencias en el Ministerio de Sanidad, también mantiene en las administraciones autonómicas y locales la gestión de los servicios sanitarios, y deben asegurar su correcto funcionamiento.

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