MADRID, 18 (EUROPA PRESS)
En un comunicado, apuntan que de esta manera, el Ejecutivo de Pedro Sánchez resuelve con rango normativo las caducidades de esos asientos registrales. El texto aprobado recalca que esta medida tendrá vigencia mientras dure el estado de alarma y en caso de que se den prórrogas.
El Real-Decreto matiza además que el cómputo de los plazos correspondientes para la caducidad se reanudará "al día siguiente de la finalización del estado de alarma o de su prórroga". Y desde el Colegio de Registradores recuerdan que trámites como los recursos gubernativos, las notificaciones de defectos, las notificaciones del artículo 199 de la Ley Hipotecaria y otros, "quedan suspendidos por tratarse de trámites administrativos".
De igual forma, advierten de que también quedan suspendidos los trámites referidos al Registro Mercantil y de Bienes Muebles, si bien en el Decreto se ocupan de algunos de ellos referidos a la vida societaria. La suspensión también afecta al plazo de vigencia de las certificaciones de reserva de denominación del Registro Mercantil Central, en la constitución o cambio de denominación de sociedades y demás entidades inscribibles.