Diario del Derecho. Edición de 09/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 19/03/2020
 
 

Audiencia de Madrid

La Audiencia de Madrid permanecerá abierta para atender diligencias "urgentes" e "inaplazables"

19/03/2020
Compartir: 

El presidente de la Audiencia Provincial de Madrid, Juan Pablo González Herrero, ha acordado que estas dependencias judiciales permanezcan abiertas para atender exclusivamente diligencias "urgentes" e "inaplazables" con motivo de la limitación de la actividad judicial que registran los órganos judiciales de la región por la expansión del coronavirus.

MADRID, 17 Mar. (EUROPA PRESS) -

Así lo informa el Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) en su página web en la que publican el acuerdo gubernativo 82/20 por el que queda sin efecto el acuerdo gubernativo 81/20, dictado el pasado domingo, en lo que se refiere al cierre de las dependencias de la Audiencia Provincial.

Según este nuevo acuerdo, permanecerán abiertas en horario de audiencia pública (de 9 a 14 horas) para atender en exclusiva las diligencias que los presidentes de sección consideren urgentes e inaplazables.

Así, del acuerdo gubernativo 81/20 permanecen vigentes medidas, que entraron en vigor a las 12:00 horas del día 16 de marzo hasta el día 28 de marzo. Entre las medidas, figura que los presidentes de las secciones penales y de familia establecerán turnos integrados por un gestor o tramitador y un auxilio judicial (2 funcionarios) para la tramitación de las diligencias que los Presidentes de cada sección consideren urgentes e inaplazables en los términos establecidos por la Instrucción del CGPJ y Acuerdo de la Sala de Gobierno.

Conforme al acuerdo, dichos funcionarios permanecerán en situación de localización permanente y a disposición del presidente de la sección competente.

En los servicios comunes de registro y reparto el LAJ responsable establecerá turnos integrados por un funcionario gestor/tramitador para las secciones civiles y un gestor/tramitador para las secciones penales y uno de auxilio judicial para ambas que permanecerán en las dependencias de registro y reparto.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana