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  • EDICIÓN DE 18/03/2020
 
 

Normas reguladoras de las convocatorias de expresiones de interés, para la selección y ejecución de proyectos en el marco del Programa Operativo Feder

18/03/2020
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Resolución de 12/03/2020, de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, por la que se incorpora un nuevo anexo de operaciones al Acuerdo de Consejo de Gobierno de 22/01/2018, por el que se aprueban las normas reguladoras de las convocatorias de expresiones de interés, para la selección y ejecución de proyectos en el marco del Programa Operativo Feder Castilla-La Mancha 2014-2020 (DOCM de 17 de marzo de 2020). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 12/03/2020, DE LA AGENCIA DEL AGUA DE CASTILLA-LA MANCHA, POR LA QUE SE INCORPORA UN NUEVO ANEXO DE OPERACIONES AL ACUERDO DE CONSEJO DE GOBIERNO DE 22/01/2018, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS REGULADORAS DE LAS CONVOCATORIAS DE EXPRESIONES DE INTERÉS, PARA LA SELECCIÓN Y EJECUCIÓN DE PROYECTOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER CASTILLA-LA MANCHA 2014-2020.

La política de cohesión constituye la principal política de inversión de la Unión Europea. Su objetivo es apoyar la creación de empleo, la competitividad empresarial, el crecimiento económico, el desarrollo sostenible y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos en todas las regiones y ciudades de la Unión Europea.

La UE se propone lograr cinco objetivos específicos para 2020 en materia de empleo, innovación, educación, inclusión social y clima/energía. Cada Estado miembro se ha marcado sus propias metas nacionales en estos ámbitos.

La Comisión adopta la Decisión de Ejecución C (2015) 892 de 12.02.2015 por la que se aprueban determinados elementos del programa operativo Castilla-La Mancha, para el que se solicitan ayudas del Feder en el marco del objetivo de inversiones en crecimiento y empleo destinadas a Castilla la Mancha en España. La referida Decisión ha sido objeto de reciente modificación por Decisión de Ejecución de la Comisión C (2017) 8953 de 19.12.2017, por la que, además de modificarse determinados elementos del programa operativo, incorpora la Iniciativa Territorial Integrada en zonas despobladas.

De conformidad con lo contemplado en el artículo 120.3.c) del Reglamento (CE) n.º 1303/2013 del Parlamento y del Consejo Europeo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo, “El porcentaje de cofinanciación para cada eje prioritario y, en su caso, por categoría de región y Fondo, de programas operativos conforme al objetivo de inversión en crecimiento y empleo no excederá del 80% en el caso de las regiones menos desarrolladas de Estados miembros distintos de los mencionados en la letra b), y de todas las regiones cuyo PIB per cápita utilizado como criterio de subvencionabilidad en el período de programación 2007-2013 estuviera por debajo del 75% de la media de la Europa de los Veinticinco en el mismo período, pero cuyo PIB per cápita supere el 75% del PIB medio de la Europa de los Veintisiete, así como de las regiones definidas en el artículo 8, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 1083/2006 que reciban ayuda transitoria durante el período de programación 2007-2013”. En consecuencia, Castilla-La Mancha opta a una tasa de cofinanciación máxima respecto del gasto certificado del 80% sobre el total, debiendo ejecutar anualmente las sendas financieras programadas en un porcentaje del 100%, de forma adelantada.

Por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 22 de enero de 2018 se han aprobado las Normas Reguladoras de las convocatorias de Expresiones de Interés para la selección y ejecución de proyectos, en el marco del programa operativo Feder Castilla-La Mancha 2014-2020.

La Disposición final primera del citado Acuerdo habilita a los órganos gestores competentes en la materia a incorporar nuevos Anexos de operaciones, con el objeto de propiciar la selección de expresiones de interés, previo informe favorable del Organismo Intermedio Coordinador del Programa Operativo Feder.

En virtud de lo anteriormente expuesto, esta presidencia en el uso de las competencias atribuidas mediante Decreto 179/2010, de 1 de julio Vínculo a legislación, por el que se aprueban los estatutos del Organismo Autónomo Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, Resuelve:

Único. Incorporar un nuevo anexo de operaciones al Acuerdo de Consejo de Gobierno de 22/01/2018, por el que se aprueban las normas reguladoras de las convocatorias de expresiones de interés, para la selección y ejecución de proyectos en el marco del Programa Operativo Feder Castilla-La Mancha 2014-2020, como Anexo XII, operaciones a seleccionar relativas a la renovación de las infraestructuras de abastecimiento y saneamiento de las aguas, así como una mejora de la calidad de las aguas.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante la Presidencia de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime oportuno.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 10 y 14 de la Ley 29/1998 Vínculo a legislación, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14).

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la interposición de cualquier recurso podrá realizarse a través de medios electrónicos, salvo que se tenga obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos (como las personas jurídicas, las entidades sin personalidad y las personas físicas que representen a las anteriores), a través del correspondiente enlace de la página web de la Junta de Comunidades de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:

https://www.jccm.es/buscar/tramitesonline/tramites?title=RKGU

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