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Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón

18/03/2020
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Resolución de 4 de marzo de 2020, de la Directora Gerente del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón, por la que se determina la estructura organizativa interna de este Centro (BOA de 17 de marzo de 2020). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 4 DE MARZO DE 2020, DE LA DIRECTORA GERENTE DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA AGROALIMENTARIA DE ARAGÓN, POR LA QUE SE DETERMINA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA INTERNA DE ESTE CENTRO.

Mediante la Ley 29/2002, de 17 de diciembre, se creó el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón (CITA en adelante), como una entidad de derecho público, dotada de personalidad jurídica y patrimonio propio, a la que se le atribuye funciones en materia de investigación, transferencia y formación en el ámbito agroalimentario; entidad adscrita al Departamento de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón competente en materia de investigación agroalimentaria.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 29/2002, de 17 de diciembre, según redacción dada por la Ley 26/2003, de 30 de diciembre Vínculo a legislación, de Medidas Tributarias y Administrativas, este Centro tiene la consideración de organismo público de investigación.

Los Estatutos del CITA se aprobaron mediante el Decreto 124/2009, de 7 de julio Vínculo a legislación, del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 136, de 16 de julio de 2009.). Esta norma tiene por objeto recoger los elementos organizativos propios de un centro de investigación y transferencia de conocimientos, desarrollando algunos preceptos de la Ley 29/2002, de 17 de diciembre, a fin de que pueda desempeñar sus funciones con plenitud.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/2002, de 17 de diciembre, los Estatutos del CITA establecen que este Centro dispondrá de los siguientes órganos de dirección y asesoramiento:

El Consejo Rector, la Comisión Permanente y el Director Gerente, como órganos de dirección.

El Comité Científico, como órgano de asesoramiento.

La regulación de la estructura organizativa interna del CITA se establece en el capítulo II de sus Estatutos. Así, su artículo 33 determina que el Centro se organiza internamente en unidades directivas, dependientes del Director Gerente, y unidades básicas de apoyo integradas en las unidades directivas. Además, existirá una Comisión de Dirección como órgano interno de asesoramiento del Director Gerente.

El artículo 34 establece que existirán dos unidades directivas: la Dirección de Investigación y la Dirección de Gestión. Y el artículo 36 que estas direcciones se organizarán en unidades básicas, que podrán ser unidades de investigación y desarrollo tecnológico (unidades de I + D) o unidades de apoyo administrativo. Además, existirá un Área de Infraestructuras, bajo la dependencia directa del Director Gerente, encargada de mantener las instalaciones científico-técnicas del CITA y prestar servicios de apoyo a la I+D. Las unidades de I + D dependen de la Dirección de Investigación, mientras que las unidades de apoyo administrativo dependen de la Dirección de Gestión.

En aplicación del marco jurídico expuesto, la evolución de la estructura organizativa del CITA ha sido la siguiente:

En primer lugar, en cuanto a los órganos de dirección y asesoramiento, y teniendo en cuenta que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 29/2002, de 17 de diciembre, la Comisión Permanente tendrá carácter potestativo, no se ha estimado oportuna hasta la fecha su constitución.

Para velar por el cumplimiento de la legislación vigente en materia de experimentación animal, agentes biológicos y organismos modificados genéticamente, los Estatutos crearon el Comité Ético de Experimentación animal y el Bioseguridad, respectivamente. Asimismo, con objeto de promover la calidad orientada hacia la mejora continua en todas las actividades desarrolladas, también se creó el Comité de Calidad.

Por otra parte, mediante la Resolución de 2 de enero de 2014, de la Dirección Gerencia del CITA ("Boletín Oficial de Aragón", número 14, de 22 de enero de 2014), modificada por la Resolución de 18 de enero de 2017, se creó la nueva estructura de unidades I+D ("Boletín Oficial de Aragón", número 22, de 2 de febrero de 2017), integrada por las siguientes:

Economía Agroalimentaria y de los Recursos Naturales.

- Hortofruticultura.

- Producción y Sanidad Animal.

- Sanidad Vegetal.

- Recursos Forestales.

- Suelos y Riegos.

El Plan Estratégico del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón (2014-2020), aprobado por el Gobierno de Aragón el 17 de diciembre de 2013, contempla la existencia de las siguientes unidades de apoyo a la investigación:

- El Área de Laboratorios de Análisis y Asistencia Tecnológica (ALAAT).

- El Área de Información, Documentación y Cultura Científica.

- El Área de Informática y Telecomunicaciones.

- El Área de Fincas y Mantenimiento general.

- La Oficina de Transferencia de la Investigación del CITA (OTRI).

Mediante el Acuerdo de 28 de noviembre de 2017, del Gobierno de Aragón, se modificó la plantilla del personal propio del CITA. En esta modificación se crea el puesto de Director/a de la Oficina de Proyectos. Conforme al informe justificativo de la creación de este puesto, esta Oficina absorbe las funciones correspondientes a la OTRI.

La Resolución de la Dirección Gerencia del CITA, de 12 de diciembre de 2019, creó la Estación de Examen Técnico DHE (Distinción, Homogeneidad y Estabilidad) de Prunus pérsica (melocotonero) y Prunus dulcis (almendro), dependiente directamente de la Dirección Gerencia.

Por su parte, las unidades de apoyo administrativo y las unidades dependientes del Área de Infraestructuras se han ido configurando a través de las relaciones de puesto de trabajo del Centro.

Finalmente, a iniciativa del Jefe de la unidad I+D de Sanidad Vegetal, se ha promovido que la denominación de esta sea la de unidad I+D de Protección Vegetal, habiéndose recabado un informe favorable del Presidente del Comité Científico del CITA.

Además, existen otros órganos colegiados no integrados en la estructura organizativa del CITA derivados de la aplicación de la normativa sectorial: Comités de Empresa, Comité de Seguridad y Salud, Comisión de Formación, Comisión de Acción Social y Comisión de Igualdad.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 32 de los Estatutos del CITA, corresponde a la Directora Gerente, oídos el Consejo Rector y el Comité Científico, aprobar la estructura organizativa interna del CITA. En este sentido, han sido oídos el Presidente del Comité Científico y el Consejo Rector del CITA, en la sesión de este órgano celebrada el 5 de diciembre de 2019, que han dado su conformidad a la creación de las antedichas unidades técnicas que, existentes "de facto", no tenían un suficiente reconocimiento formal.

En virtud de lo expuesto, resuelvo

Aprobar la estructura organizativa interna del CITA, que figura como anexo.

Esta Resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Anexo

Omitido.

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